Texto de la norma
Núm. 189.—DECRETO del P. E. poniendo en estado de acusacion al general Santana.
Dios Patria y Libertad.—República Dominicana.—Manuel Jimenes,—Presidente de la República.
En la ciudad de Santo Domingo á los trece dias del mes de Mayo de mil ochocientos cuarenta y nueve, y sesto de la Patria,
se reunieron en consejo: el Sr. Presidente de la República y los Sers. Ministros que suscriben, para tomar en consideracion la conducta que el general de division Pedro Santana ha observado en las actuales circunstancias; y teniéndose presente: que con fecha 6 de este corriente mes se le dió órden para que entregase el mando absoluto del ejército de las fronteras del Sur al general Antonio Duvergé, y que se retirase para esta Capital con su estado mayor, lo que no ha verificado teniendo el mando.
Atendiendo: á que el Gobierno está informado que él ha hecho pedidos de tropa á diferentes Comandantes de comun, sin haberse dirijido por las vias regulares.
Atendiendo: que él contrarrestó la órden que se dió al general Cambiaso, gefe de nuestra flotilla, para que se retirase, reteniéndolo en la bahía de Ocoa.
Atendiendo: a que, segun los informes positivos y partes que se han dado al Gobierno, el dicho general Santana, sin ninguna órden marcha para esta Capital con el ejército de Azua, habiendo hecho arrestar al coronel Juan Ravelo y al comandante Juan María Albert y a otros varios amigos de la Administracion; y que de treinta cajas des municiones que se mandaron a Barahona pidió quince.
Cuyos hechos confirman: que el dicho general Santana conspira contra el Gobierno y trata de derrocarlo é introducir en la República y entre los ciudadanos la guerra civil.
Por estos motivos el Gobierno ordena: que el general Pedro Santana sea puesto en estado de acusacion y juzgado como conspirador y traidor a la Patria.
Advierte á todos los oficiales superiores y subalternos que le acompañan: que inmediatamente le abandonen y se retiren á sus hogares, so pena de ser juzgado tambien como traidores; y la misma advertencia se le hace á todos los que le acompañen y dieren favor y auxilio.
Se ordena: que ninguno obedezca á ninguna órden que emane de dicho General.
Que se proceda por la Comision militar de esta Capital, á juzgarle conforme á las leyes, dándosele comunicacion de esta resolucion al Soberano Congreso Nacional y á los Gefes Politicos de las Provincias para su publicacion y cumplimiento en la parte que á cada uno corresponde.—Firmados en el original.—Jimenes.—Dr. Caminero.—Felix Mercenario.—J. de la Concha.—Ramon F. Bidó.—Por copia conforme.—El Secretario de Estado del Interiór y Policía,—Felix Mercenario.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.