miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1586

CONVENCION celebrada, en la ciudad de Z-’ncrto Plata, entre 10s generales expedicionarios y el Drlegaclo del Gobierno en aquella Provincia

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
8 dic de 1876fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
N6m. 1586.-CONVENCION celebrada, en la ciudad de Z-’ncr- to Plata, entre 10s generales expedicionarios y el Drlegaclo del Gobierno en aquella Provincia. Ccnvenci6n celebrada entre 10s generales expedicionarios y miembros de la Junta Superior de Santiago, generales Maiiuel A. Cáceres, Juan Pablo Pickardo y Juan Mª Fernández, representantes del movimiento Revolucionario; y el general Juan Isidro Ortea, Delegado auxiliar del Poder Supremo, operando en el distrito de Puerto Plata, y el general Francisco Ortea, comisionado por la misma autoridad al efecto, con anuencia del Honorable Ayuntamiento y cuerpo Consular. En vista de haberse pronunciado la ciudad en connivencia con las tropas sitiadoras, y reunido en consejo los jefes y oficiales de la guarnición de la fortaleza que creyeron inútil toda resistencia, se convinieron los artículos de la siguiente capitulación: Art. 1º Se conceden por los jefes expedicionarios debidamente facultados, amplias y completas garantías á los generales J. Isidro y Francisco Ortea, al ciudadano Ildefonso Mella Castillo, Ministro de Hacienda y Comercio, al Gobernador del distrito, al general Comandante de armas, general Tomás Cocco y demás jefes, oficiales, soldados, y paisanos que en esta ciudad ó su jurisdicción hayan hostilizado á la Revolución en defensa del Gobierno. Art. 2º No se obligará á ninguna de las autoridades citadas, á firmar nada ni á tomar las armas contra el Gobierno establecido en Santo Domingo. Art. 3º Serán aceptados y pagados por la administración de hacienda, los documentos expedidos por la Delegación y autoridades superiores del distrito, por extraordinarios, como gratificaciones á las tropas de la Revolución. Art. 4º Se reconocen las cuentas efectuadas en Haiti, con los Sres. Carlos Boody, Francisco Bertolony y otros individuos que presentaran esas cuentas por efectos y efectivo suplido para el derrocamiento del Gobierno Espaillat. Art. 5º Inmediatamente después de firmada la presente capitulación, entrará á ejercer funciones de Gobernador del distrito el General Federico Mª Leyba. Art. 6º Se harán cuatro originales de esta Convención: uno para el general delegado, otro para los jefes expedicionarios, otro para el Honorable Ayuntamiento y otro para el cuerpo Consular. Art. 7º Los Señores Cónsules de las naciones amigas se comprometen á prestar su apoyo moral para que se respeten por ambas partes las estipulaciones del presente contrato, dando así asilo al que lo solicite. ~~ _ _ _ - _ _ _ _ - Art. 89 Las partes contratantes obligan su honor y crbdi- to piiblico como garantia de fie1 observancia 5 todos y A cada una de las cliiusulas de este contrato, que sera mandado publi- car inmediatamente y 5 imprimir para su reparticih. Art. 99 Se hara debida entrega 6 la nueva autoridad de los parques, arsenales y edificios publicos del Estado, tal como se encuentren. Art. 10. Por mutuo convenio firmaran la presente Con- venci61i €1 Gobernador del distrito y el general Toinks Cocco. Hecho de buena f6 en la ciudad de San Felipe de Puerto Plata B 10s ocho dias del mes de Diciembre del aiio de mil ocho- cientos setenta y seis, treinta y tres de la Independencia y ca- torce de la Reslnuraci6u. Art. adicional. Las filtimas cuentas contraidas por las BU- toridades del distrito y que no hayan sido legalizadas a la fellha, seran presentadas en el tkrmino de veinte y cuatro horas para su reconocimiento. Pasado el tbrmino despubs de la publica- ci6n de ia preseritt. Convenci6n, seriin nulas y de ning~hi vzlor. Asi firmados : 10s generales expedicionarios, Manuel A. Cace- res, Juan M. Fernandez, Juan P. Pichardo, Delegado .Juan I. Or- tea, corni3ionaclo, Francisco C. Ortea : Los C6r;sv,!es. Jannaut, Heinsen, Jose Ginebra, C. Jnlien, Doublats. I. Mella. El Apunta- miento : Juan Henriaucz, Presidente, Mateo Fimmtel, Erniliann nlartincz, E. G6rwz, llclcfon,;o Il.aella Brca, Francisco Jirnenex, Sindico, y Manuel Ihpez, Secretilrio geimal,--TcmAs Cuc~o.--Go- bernador interino, Federico L. Villanueva. Certifico la presente Capitulacih conforme a1 originzi. Puerto Plata, 8 de Dicjembre de 1876.--El Gobernador In- tcriiio, Federico AI' icj+a.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona