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Decreto

Decreto 1556

DECRETO del P. E. suspendiendo en todo el territorio de la República, las garantías de que trata el artículo 38, inciso 20, de la Constitución

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 jul de 1876fecha
Otrostipo
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 1556.—DECRETO del P. E. suspendiendo en todo el territorio de la República, las garantías de que trata el artículo 38, inciso 20, de la Constitución. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—Ulises F. Espaillat, Presidente de la República. Considerando: que los sucesos posteriores á la transitoria ocupación de Guayubín por una partida de rebeldes, denotan claramente la existencia de un plan combinado con extensas ramificaciones para trastornar el orden legal. Que en tales circunstancias, es deber del Gobierno no consentir que los perturbadores de la sociedad abusen de las libertades públicas, con el fin de destruirlas conculcando la ley. Que las propagandas subversivas, anticipándose á los hechos que van desenvolviéndose en el Cibao, comprueban la premeditación y connivencia con los rebeldes en armas. Por estas consideraciones, y en uso de las facultades de que me hallo investido con arreglo al artículo 62 de la Constitución, vengo en decretar y DECRETO: Art. único. Las garantías mencionadas en el artículo 38, inciso 20 de la Constitución, quedan suspendidas en todo el territorio de la República. Dado en el Palacio Nacional de Santo Domingo á los 21 días del mes de Julio de 1876, año 33 de la Independencia y 13 de la Restauración.—Ulises F. Espaillat.—Refrendado: El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado de los Despachos de lo Interior y Policía, Manuel de J. Galván.—Refrendado: El Ministro de Justicia é Instrucción Pública, encargado de la Cartera de Guerra y Marina, José G. García.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona