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Decreto

Decreto 118-05

que declara de utilidad publica e inter& social, la adquisicion por el Estado Dominicano, de una porcion de terreno en el Distrito Nacional, para ser destinada a la construccion de la sede central del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 feb de 2005fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 10311Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 118-05 que declara de utilidad publica e inter& social, la adquisicion por el Estado Dominicano, de una porcion de terreno en el Distrito Nacional, para ser destinada a la construccion de la sede central del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 118.05 CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU), de acuerdo a la Ley No. 188-04, de fecha 18 de marzo del aiio dos mil cuatro, tiene a su cargo el diseiio y planificacion de politicas de desarrollo urbano regional y la coordinacion interinstitucional entre todas las entidades publicas y privadas con incidencia en el ordenamiento territorial, planeando y promoviendo soluciones a 10s problemas y asuntos urbanos. CONSIDERANDO: Que el crecimiento y desarrollo de las principales areas urbanas de la Republica Dominicana, demanda que el organism0 encargado del diseiio y planificacion de desarrollo urbanistico y la coordinacion interinstitucional entre todas las entidades publicas y privadas con incidencia en el ordenamiento del suelo urbano, posea una infraestructura adecuada que le permita alojar todas sus dependencias tecnicas y ofrezca un habitad apropiado para el desempeiio optimo del personal requerido, a fin de cumplir con mayor eficacia las funciones encomendadas. VISTAS las Leyes Nos.344, de fecha 29 de julio del aiio 1943, sobre Procedimiento de Expropiacion, y sus modificaciones; y No.486, de fecha 10 de noviembre del aiio 1964. VISTA la Ley No.188, de fecha 18 de marzo del aiio 2004, que crea el Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU). VISTA la solicitud formulada a1 Poder Ejecutivo por el Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se declara de utilidad publica e interes social, la adquisicion por parte del Estado Dominicano, de una porcion de terreno correspondiente a1 Solar No.2, de la Manzana 266, del Distrito Catastral No.1, del Distrito Nacional, con un area superficial de Mil Ochocientos Setenta y Un Punto Veinte Metros Cuadrados (1,871.20), y sus mejoras, ubicado en la calle Cesar Nicolas Penson No.48, Distrito Nacional, para la construccion de la sede central del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos. ARTICULO 2.- El inmueble precitado, sera registrado como propiedad del Consejo Nacional de Asuntos Urbanos (CONAU), una vez cumplida las formalidades y obligaciones de la Ley No. 344, de fecha 29 de julio del aiio 1943, sobre Procedimiento de Expropiacion, y sus modificaciones. ARTICULO 3.- En cas0 de no llegarse a un acuerdo amigable con 10s propietarios del inmueble precedentemente indicado para su adquisicion de grado a grado por el Estado Dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales, realizara todos 10s actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo a las leyes, para obtener la expropiacion del mismo. ARTICULO 4.- Se declara de urgencia que el Estado Dominicano entre en posesion del inmueble indicado, a fin de que se pueda iniciar en el mismo, de inmediato, 10s trabajos seiialados, luego de ser cumplidos 10s requisitos exigidos por la ley. ARTICULO 5.- La entrada en posesion por el Estado Dominicano del citado inmueble, sera ejecutada por el Abogado del Estado, por tratarse de inmueble registrado. ARTICULO 6.- Enviese a1 Administrador General de Bienes Nacionales, a1 Abogado del Estado, a1 Director General de Catastro Nacional y a1 Registrador de Titulos, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de febrero del aiio dos mil cinco (2005); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona