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Decreto

Decreto 176-05

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 mar de 2005fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10315Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (12,416 caracteres)
Dec. No. 176-05 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 176-05 VISTAS la Ley No.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577, del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago a vender los inmuebles que se describen a continuación: 1.- Al señor Francisco Javier Silvestre Rosa, el Solar No.2-A, Manzana No. 2, localizado en el ámbito de la parcela catastral No. 2-B-2- porción “B”, D.C. No. 1, con designación municipal de solar No.2-A, manzana 2, del Municipio de Santiago, con un área de 194.30 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Camino del Ejido; al Este, Solar No. B; al Sur, Solar No. 2-B; y al Oeste, Solares Nos.1, 34 y 35; por la suma de Sesenta y Ocho Mil Cinco Pesos (RD$68,005.00). 2.- Al señor Manuel A. Sadhala Pérez, el Solar No.2205, Manzana No.158, Manzana Catastral No. 175, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 147.35 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Manuel Batlle; al Este, Solar Municipal No.2206; al Sur, Solar Municipal No.2210 y Solar de Furcy Castellanos; y al Oeste, Solar No. 2204; por la suma de Treinta y Seis Mil Ochocientos Treinta y Siete Pesos con 50/100 (RD$36,837.50). 3.- Al señor José Ignacio Domínguez Peralta, el Solar No.6, dentro de la manzana catastral No.103, del D.C. No. 1, con designación municipal de solar No.1937, manzana No.136, del Municipio de Santiago, con un área de 163.72 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Adela Vda. Núñez; al Este, Solar Municipal No.1936; al Sur, Calle Independencia; y al Oeste, Adela Vda. Núñez; por la suma de Treinta y Dos Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$32,744.00). 4.-Al señor Fausto Félix González, un Solar con designación municipal No.5, Manzana No.13, dentro del ámbito de la Parcela No.6-B-44 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 102.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.7; al Este, Solar Municipal No.6; al Sur, Calle No.7-A; y al Oeste, Solar Municipal No.4; por la suma de Veinte y Un Mil Ochocientos Setenta y Nueve Pesos (RD$21,879.00). 5.- Al señor Rogelio Antonio Simé Gutiérrez, el Solar No.7-A, Manzana No.61, dentro del ámbito de la Parcela No.56, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 244.48 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Avenida Franco Bidó; al Este, Solar Municipal No. 7-B; al Sur, Solar Municipal No.6; y al Oeste, Callejón; por la suma de Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos Noventa y Seis Pesos (RD$48,896.00). 6.- Al señor Rafael Vargas y Vargas, el Solar No.720, Manzana No.33, dentro del ámbito de la Manzana Catastral No.378, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 117.79 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Anacaona; al Este, Calle Manuel de Js. Tavarez; al Sur, Solar Municipal No.721 y al Oeste, Solar Municipal No.719; por la suma de Treinta Mil Treinta y Seis Pesos con 45 (RD$30,036.45). 7.- Al señor Antonio de Jesús Castellanos, el Solar No.2243, Manzana No.167, dentro del ámbito de la Manzana Catastral No.219, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 201.57 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle General Cabrera; al Este, Solar Municipal No. 2244; al Sur, Solar Municipal No.2240; y al Oeste, Solares Municipales Nos.2241 y 2242; por la suma de Cincuenta Mil Trescientos Noventa y Dos Pesos con 50 (RD$50,392.50). 8.- Al señor Manuel A. Sadhala Pérez, el Solar No.2204, Manzana No.158, dentro del ámbito de la Manzana Catastral No.175, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 189.92 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Manuel Batlle; al Este, Solar Municipal No.2205; al Sur, Solar Furcy Castellanos; y al Oeste, Solar Municipal No.2203; por la suma de Cuarenta y Siete Mil Cuatrocientos Ochenta Pesos (RD$47,480.00). 9.- Al señor Arismendy Pepín Ramírez, el Solar No.2221-C, Manzana No.162, dentro del ámbito de la Parcela Catastral No.102, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 169.02 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Nos.2219 y 2220; al Este, Calle Santomé; al Sur, Solar No.2223; y al Oeste, Terreno Propio; por la suma de Cincuenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y Siete Pesos (RD$59,157.00). 10.- Al señor Rafael Arismendy de la Nuez Adames, el Solar que esta dentro de la parcela catastral No.250-C-2, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con designación municipal solar No.1, manzana No.11, con un área de 511.76 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Peatonal No.5; al Este, Solar No.2; al Sur, Calle; y al Oeste, Calle de penetración; por la suma de Ciento Dos Mil Trescientos Cincuenta y Dos Pesos (RD$102,352.00). 11.- Al señor José Amable Mercado, el Solar que tiene designación municipal No.35-B, de la manzana No.21, localizado dentro del ámbito de la parcela catastral No.56 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 195.80 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Av. Circunvalación; al Este, Solar municipal No.1; al Sur, Solar Municipal No.35-A; y al Oeste, Solar Municipal No.35; por la suma de Cuarenta y Un Mil Seiscientos Siete Pesos con Cincuenta Centavos (RD$41,607.50). 12.- A la señora Dora Antonia Guzmán, el Solar que esta dentro de la parcela catastral No.6-B-26, con designación municipal de solar No.1, Manzana No.9-C, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 229.45 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Callejón; al Este, Solar No.2; al Sur, Solar No.14; y al Oeste, Calle Romelindo García; por la suma de Cincuenta y Siete Mil Trescientos Sesenta y Dos Pesos (RD$57,362.50). ARTICULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de El Seibo, provincia El Seibo, a vender a la señora Vicenta Rodríguez Guerrero, un Solar dentro de la Manzana Catastral No.140, del Distrito Catastral No.1, con designación Municipal de Solar No.21-01, Manzana No.140, con un área de 638.85 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Rafi Peña Gotro; al Este, Calle Nuestra Señora del Rosario; al Sur, Freddy Balera Castillo; y al Oeste, Saida Aibar, por la suma de Ciento Veinte y Siete Mil Setecientos Setenta Pesos (RD$127,770.00). ARTICULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia a vender al señor Cristóbal Berroa Castillo, un Solar dentro de la Parcela Catastral No.“A”, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal de solar No.1930, con un área de 540.20 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Francisco Richez; al Este, Calle Manuel E. Gómez; al Sur, Calle Joaquín Vicioso; y al Oeste, Andrés Guerrero; por la suma de Cuarenta Mil Novecientos Sesenta y Seis Pesos con 25/100 (RD$40,966.25). ARTICULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Montecristi, provincia Montecristi, a vender al señor Juan Pérez Rodríguez, un Solar dentro de la Manzana formada por las Calles Beller, José Cabrera, Rodríguez Camargon, 27 de Febrero, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal de solar No. 58, con un área de 276.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Parcela No.51 (resto); al Este, Solar No.3 (Ing. José Luis Pantaleón); al Sur, Calle Central; y al Oeste, Solar No.1 (Ing. Ledesma); por la suma de Trece Mil Ochocientos Treinta Pesos (RD$13,830.00). ARTICULO 5.- Se modifica el Artículo 26 del Decreto No.762-03, de fecha 12 de agosto del año 2003, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Montecristi, provincia Montecristi, a vender al señor Francisco Emilio Seijas Escalera, un solar localizado dentro de la porción “A” Catastral, Distrito Catastral No.1, Municipio Montecristi, con un área de 1881.73 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Camino Juan de Bolaño; al Este: Resto de la Porción A. D. C. No. 1, del municipio Montecristi; al Sur: Resto de la porción A. D. C. No. 1 del municipio Montecristi; al Oeste: Camino Juan de Bolaño, por valor de Veinte Mil Seiscientos Noventa y Nueve Pesos con 03/100 (RD$20,699.03)”. ARTICULO 6.- Se modifica el Artículo 18 del Decreto No. 66-02, de fecha 23 de enero del año 2002, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, a vender a la señora Hortencia Peña, el solar municipal No.17, de la manzana No.5-Norte, correspondiente al solar catastral No.20, de la manzana catastral No.732, del D.C. No.1, con una extensión superficial 166.39 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solares municipales Nos.12 y 16; al Este, Paso Peatón; al Sur, solares municipales Nos. 1,2,3 y 4; al Oeste, solar municipal No.11, por un valor de Veinte y Un Mil Seiscientos Treinta Pesos con 70/100 (RD$21,630.70)”. ARTICULO 7.- Se modifica el Artículo 15 del Decreto No. 587-03, de fecha 16 de junio del año 2003, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Nicolás Danilo Madera Cepeda, el solar municipal No.28-A, de la manzana No.1, localizado dentro de la parcela catastral No. 7-C-7-B-21, del Distrito Catastral No. 8, con una área de 1,160.32 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Solar Municipal No. 27; al Este: Camino Rincón Largo; al Sur: Solar Municipal No. 28-B; al Oeste: Solar municipal No. 30, por un valor de Ciento Quince Mil Seiscientos Cuarenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$115,642.00)”. ARTICULO 8.- Se modifica el Artículo 25 del Decreto No.513-04, de fecha 7 de junio del año 2004, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Rafael Eligio Fermín Peña, el solar municipal No.1669, de la Manzana No.120, correspondiente al solar catastral No.8, de la manzana catastral No.71 del D.C. No.1, con una área de 450.36 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Solares municipales Nos.1679, 1673, 1674, 1675, 1676 y 1677; al Este: Solares municipales Nos.1689 y 1681; al Sur: Solar Municipal No.1668; al Oeste: Calle Cuba, por un valor de Ciento Cincuenta y Siete Mil Seiscientos Veinte y Siete Pesos con 00/100 (RD$157,627.00)". ARTICULO 9.- Se modifica el numeral 3 del Artículo 1 del Decreto No.353-00, de fecha 4 de agosto del año 2000, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Juan de Jesús Báez, el solar municipal No.1, de la manzana No.14, correspondiente a la parcela catastral No.56 del D.C. No.8, con un área de 204.93 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Ave. Mirador del Yaque; al Este: Solar municipal No.2; al Sur: Calle; al Oeste: Calle José Martí; por un valor de Veinte Mil Cuatrocientos Noventa y Tres Pesos con 00/100 (RD$20,493.00)". ARTICULO 10.- Se modifica el Artículo 11 del Decreto No.90-04, de fecha 6 de febrero del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Altagracia Batista, un solar con designación municipal No.18 (D-117-A-1), de la manzana municipal No.2, localizado dentro del ámbito de la parcela catastral No.219 (parte), del D.C. No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 405.67 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Solar Municipal No.19; al Este: Solar municipal No.17; al Sur: Solar Municipal No.17; al Oeste: Calle "A", por un valor de Cincuenta y Dos Mil Setecientos Treinta y Siete Pesos con 10/100 (RD$52,737.10)". ARTICULO 11.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún (21) días del mes de marzo del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 142 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona