Texto de la norma
Dec. No. 248-05 que concede incorporación a varios grupos cooperativos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 248-05
VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la siguiente Asociación Cooperativa:
1.- GRUPO COOPERATIVO DE PRODUCCION Y S/M "COONFIA", que tiene su domicilio en la calle Heriberto Pieter No. 12, Ensanche Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 26 del mes de agosto del año 2004.
2.- GRUPO COOPERATIVO UNION AGROPECUARIA DE ZAFARRAYA, que tiene su domicilio en el municipio de Moca, provincia Espaillat, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha 4 del mes de julio del año 2004.
ARTICULO 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 142 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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