miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 31

DECRETO DEL C. N. autorizando al P. E. á tomar medidas, miéntras se discute y acuerdan los presupuestos de gastos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
22 abr de 1845fecha
Otrostipo
Congreso Nacionalórgano

Texto

Texto de la norma
Núm. 31.—DECRETO DEL C. N. autorizando al P. E. á tomar medidas, miéntras se discute y acuerdan los presupuestos de gastos. Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Congreso Nacional. Atendiendo: que el retardo con que ha sido presentado el presupuesto general del presente año, impide segun la Constitucion al Congreso votar ninguna suma parcial: Atendidas las actuales exijencias y circunstancias en que se halla el Estado; y para que la administración y servicio público no se paralice. El Congreso Nacional, ha decretado y decreta lo siguiente: Art. Unico: Miéntras que se discute y acuerdan los presupuestos de gastos é ingresos del presente año de 1845, El Poder Ejecutivo tomará todas las medidas que juzgue necesarias ó convenientes en la presente circunstancia. Dado en la Ciudad de Santo Domingo, Capital de la República á los 21 dias del mes de Abril del año de gracia de 1845, y 2º de la Patria.—Buenaventura Baez, Presidente del Congreso.—Juan Nepomuceno Tejera, Juan Bautista Lovelace y José Concepcion Tabera, Secretarios. Cúmplase, comuniquese y circule en todo el territorio de la República Dominicana. Palacio Nacional de Santo Domingo 22 de Abril de 1845, año 2º de la Patria,—El Presidente de la República.—Santana.—Por mandato del Presidente: en ausencia del Secretario de Estado y del Despacho del Interior y Pólicía. el Ministro de Justicia, Instruccion Pública y Relaciones Extranjeras.—Bobadilla.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona