Texto de la norma
HORACIO VASQUEZ,
Presidente de la República Dominicana.
G. O. No. 4048.
NUMERO 1080.
VISTO el expediente encaminado a la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública, en fecha 10 de Diciembre del corriente año, por el Señor R. Arcadio Sánchez, en su calidad de Presidente del "Casino de Monte Cristy", asociación recreativa
domiciliada en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO que dicha solicitud es regular en la forma, por venir acompañada de los documentos requeridos por la ley y estar suscrita por el funcionario de la asociación capacitado, según sus estatutos, para presentarla;
CONSIDERANDO que del examen de dichos estatutos resulta que la expresada asociación reune las condiciones exigidas por la ley para su incorporación;
En virtud de lo que dispone el artículo 40. de la Ley sobre asociaciones que no tienen por objeto un beneficio pecuniario, ya citada, y oído el parecer del Secretario de Estado de Justicia e Instrucción Pública,
DECRETA:
1.—Conceder la incorporación de la sociedad recreativa "CASINO DE MONTE CRISTY", fundada por tiempo indefinido y domiciliada en [domicilio omitido].
2.—Archivar el mencionado expediente en la Secretaría de Estado de Justicia e Instrucción Pública, previa comunicación y envío de las copias certificadas correspondientes al peticionario y ordenación de la publicación del presente Decreto en la Gaceta Oficial.
Dado en Santo Domingo, Capital de la República, a los 31 días del mes de Diciembre de mil novecientos veintiocho; años 85o. de la Independencia y 66o. de la Restauración.
HORACIO VASQUEZ,
Presidente de la República.
Refrendado:
Elías Brache hijo,
Secretario de Estado de Justicia
e Instrucción Pública.
Refrendado:
Luis Ginebra,
Secretario de Estado de la
Presidencia de la República.
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