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Dec. No. 306-05 que concede incorporacion a varias instituciones sin fmes de lucro.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 306-05
VISTA la Ley No. 520, de fecha 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que
no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporacihn alas siguientes
asociaciones:
1 .-
FUNDACION DOMINICANA PARA EL DESARROLLO ARTISTIC0
INFANTIL (FUNDDAI), que tiene su domicilio en la calle Sanchez, casa
No. 112, Zona Colonial, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero
del aiio 2005.
2.-
FUNDACION SALUD Y MEDIO AMBIENTE (FUNSAMA), que tiene su
domicilio en la calle Juan A. Ibarra numero 175, sector Cristo Rey, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30
de octubre del aiio 2003 debidamente ratificados en fecha 6 de diciembre del
2004.
3.-
FUNDACION
DOMINICANA
AYUDA
MEJOR
SALUD
(FUNDAMESA), que tiene su domicilio en la Av. Independencia No. 161,
sexta planta, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de octubre del
2004.
4.-
ASOCIACION DE AGRICULTORES DEFENSORES DEL MEDIO
AMBIENTE, que tiene su domicilio en la calle Segunda, barrio Las Flores,
casa No. 167, comunidad Piedra Blanca, barrio Las Flores, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de marzo
del aiio 2003 y debidamente ratificados en fecha 27 de enero del 2005.
5.-
FUNDACION NUEVO SENDERO, que tiene su domicilio en la calle San
Felipe Apostol No.2, sector San Felipe, Villa Mella, Santo Domingo,
Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 20 de enero del 2005.
6.-
ASOCIACION DE MADRES MARIA ESTEBANIA SANCHEZ, que tiene
su domicilio en la seccion Loma de Castaiiuela, municipio Castaiiuela,
provincia Montecristi, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 26 de septiembre del aiio 2003 y
debidamente ratificados en fecha 24 de septiembre del 2004.
7.-
FUNDACION LA FUERZA POR EL DESARROLLO POR Y PARA EL
PROGRESO DEL PAIS, que tiene su domicilio en la provincia de Santo
Domingo, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 27 de enero del aiio 2005.
8.-
PRIMERA IGLESIA SAN JUAN 11:25, que tiene su domicilio en la
avenida Mauricio Baez, casa No.218, Los Cuatro Caminos, San Pedro de
Macoris, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 24 de enero del 2005.
9.-
ALIANZA
MULTINACIONAL
DE
DESARROLLO
SOCIO-
ECONOMIC0 Y DE PREVENCION VIH/SIDA (AMUDESPREVIHS),
que tiene su domicilio en la calle Sanchez, casa No.33, municipio y
provincia de Puerto Plata, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 7 de enero del 2005.
10.-
ASOCIACION DE REGANTES BAJO YAQUE DEL SUR, que tiene su
domicilio en el municipio de El Peiion, provincia Barahona, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 17 de febrero
del 2005.
11.-
UNION DE TRANSPORTE URBAN0 DE SANTIAGO (UNTRAUSAN),
que tiene su domicilio en la calle Ismael de la Cerna, sector Mari Lopez,
casa numero 24, Santiago de Los Caballeros, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de marzo del 2003
debidamente ratificada en fecha 30 de enero del 2005.
12.-
CENTRO DE ENSERANZA ADONAI M. I, que tiene su domicilio en la
calle 3 numero 45, barrio Invi, provincia Puerto Plata, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de octubre del
2004.
13.-
ASOCIACION DE AGRICULTORES DE LOMA LARGA KM.16, que
tiene su domicilio en la Loma Larga, Kilometro 16, Hato Mayor-Sabana de
la Mar, provincia Hato Mayor, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea celebrada en fecha 1 de mayo del 2004.
14.-
ASOCIACION DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS DE
LA
FRONTERA, INC, (AGROFRONTERA), que tiene su domicilio en la
comunidad de Guayubin, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
celebrada en fecha 28 de febrero del 2005.
15.-
ASOCIACION DE REGANTES EL PROGRESO DE FUNDACION, que
tiene su domicilio en la provincia de Barahona, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea celebrada en fecha 15 de diciembre del 2004.
16.-
FUNDACION CAMINOS DEL PROGRESO (FUCADEPRO), que tiene su
domicilio en la calle Beler esquina R. Cesar Tolentino No.48, provincia de
Santiago, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha
26 de enero del 2005.
17.-
FUNDACION JESUS Y MARIA, que tiene su domicilio en la Av. General
Duverge, casa No.153, sector Villa Velasquez, provincia San Pedro de
Macoris, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 14 de febrero del 2005.
18.-
ASOCIACION LA MILAGROSA, que tiene su domicilio en el municipio
Vicente Noble, provincia Barahona, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de enero del 2005.
19.-
ASOCIACION MARCHA AL PROGRESO DE LA MALANGA, que tiene
su domicilio en la comunidad La Malanga, municipio Paraiso, provincia
Barahona, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 23 de febrero del 2005.
20.-
FUNDACION GENERAL JUAN ESTEBAN GUILLEN, M. M., E. N, INC,
que tiene su domicilio en el local No.6, edificio Plaza Armiben, ensanche
Naco, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea constitutiva celebrada en fecha 1 de junio del 2003 y
debidamente ratificados en fecha 14 de marzo del 2005.
21.-
MINISTER10 ASEDDI, que tiene su domicilio en calle San Juan de la
Maguana No.6, sector Villa Agricola, Santo Domingo, Distrito Nacional,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 24 de febrero del 2005.
22.-
FUNDACION JUSTICIA Y BIEN COMUN, que tiene su domicilio en la
prolongacion Av.27 de febrero, edificio Premiun, Alameda, Santo Domingo,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 10 de enero del 2005.
23.-
FUNDACION DE DESARROLLO COMUNITARIO (CMC), que tiene su
domicilio en la calle Jesus de Galindez No.22, provincia San Cristobal,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 15 de febrero del 2005.
24.-
INSTITUTO
DE
INVESTIGACION
MATERNO
PERINATAL
PROMANI, que tiene su domicilio en la avenida Bolivar No. 204, sector
Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de enero del 2005.
25.-
ASOCIACION DE REGANTES DESARROLLO SOCIAL SALADILLO
SALINAS, que tiene su domicilio social en el municipio de Salinas,
provincia Barahona, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 15 de febrero del 2005.
26.-
FUNDACION ANGELICA TAVERAS, que tiene su domicilio en la calle
3era., sector Francisco Javier, provincia Montecristi, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 30 de enero del 2005.
27.-
FUNDACION DE SERVICIO EDUCATIVO PARA EL DESARROLLO
INTEGRAL (SEDI), que tiene su domicilio en la calle 27 de febrero N0.26,
municipio San Juan de la Maguana, cuyos estatutos fueron aprobados en
fecha 21 de enero del 2005.
28.-
MINISTER10 EVANGELICO TIEMPO DECISIVO, que tiene su domicilio
en la calle 0, casa No. 39-A, ensanche Manolo Tavares Justo, sector Los
Salados, provincia Santiago de 10s Caballeros, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de noviembre del
2004.
29.-
FUNDACION DOMINICANA PARA EL DESARROLLO RURAL DE
LAS ZONAS CACAOTERAS, que tiene su domicilio en la calle El Arca
No. 10, sector Los Arroyos de Arroyo Hondo, Santo Domingo, Distrito
Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 10 de enero del 2005.
30.-
CONSEJO NACIONAL DE CAMPESINOS
Y
TRABAJADORES
AGROPECUARIOS (CONACATA), que tiene su domicilio en la calle
Primera No. 225, sector Maquiteria de Villa Duarte, Santo Domingo Este,
cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en
fecha 7 de septiembre del 2004.
31.-
CONFRATERNIDAD DOMINICANA DE LIDERES EVANGELICOS
(CODOLIENV), que tiene su domicilio en la Av. Pedro Livio Cedeiio No.46
esquina Horacio Blanco Fombona (Altos), cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de febrero del 2005.
32.-
ASOCIACION PROPIETARIOS DE NEGOCIOS DE LA PLAZA DE
PUNTA CANA (ANP(3)UCANA), que tiene su domicilio en la plaza Punta
Cana, Bavaro Punta Cana, provincia La Altagracia, cuyos estatutos fueron
aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de enero del 2005.
33.-
PATRONATO DE AMIGOS DE LAS FF.A.A. Y LA P.N, que tiene su
domicilio en la calle 20 Numero 35, sector El Progreso: Sabana Perdida,
municipio Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, cuyos estatutos
fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de febrero
del 2005.
34.-
ASOCIACION DE REGANTES SAN RAMON-AGUACATICO-FEDA,
que tiene su domicilio en el Distrito Municipal de Santana, municipio
Tamayo, provincia Bahoruco, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 27 de enero del aiio 2005.
35.-
INFOREDES CONOCIMIENTO Y ALTA TECNOLOGIA (ICAT), que
tiene su domicilio en la avenida John F. Kennedy, Plaza Compostela, Suite
No. 6D3, ensanche Paraiso, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 26
de enero del 2005.
36.-
FUNDACION ECOLOGICA DE VILLA ALTAGRACIA (FEVA), que
tiene su domicilio en la Av. Duarte, oficina Ecologica Catarey, municipio
Villa Altagracia, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 30 de noviembre del 2004.
37.-
FUNDACION
VES: VISION-EDUCACION-SALUD,
que tiene su
domicilio en la avenida Bolivar No.173, esquina Rosa Duarte, edificio Elias
I, apartamento 2-A, sector Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27
de enero del 2005.
38.-
FUNDACION OCO’ARTE, que tiene su domicilio en la calle Andres
Pimentel, casa No.70, San Jose de Ocoa, cuyos estatutos fueron aprobados
en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de marzo del 2005.
39.-
FUNDACION MUJER Y SALUD, que tiene su domicilio en la sector Villa
Olga, Santiago de Los Caballeros, cuyos estatutos fueron aprobados en
asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de febrero del 2005.
40.-
FUNDACION JESUCRISTO POR LOS NIROS Y SUS FAMILIAS, que
tiene su domicilio en la calle Los Pedros, casa No. 5, Sabana Perdida, Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha lro. de febrero del aiio 2005.
41.-
IGLESIA MONTE DE DIOS, “MINISTERIOS HOREB’, que tiene su
domicilio en la calle Porfirio Herrera No.27, ensanche Piantini, Santo
Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 13 de diciembre del 2004.
42.-
MINISTER10 INTERNACIONAL PREGONEROS DEL CAMINO, que
tiene su domicilio en la calle Canada No. 19, Villa Maranatha, Sosua, Puerto
Plata, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada
en fecha 14 de febrero del 2004.
43.-
ASOCIACION DE REGANTES MATA LA BIJA, que tiene su domicilio
en el municipio de Villa La Mata, Cotui, provincia Sinchez Ramirez, cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10
de agosto del aiio 2002 y debidamente ratificados en fecha 25 de febrero del
2005.
44.-
FUNDACION RESANDRA, que tiene su domicilio en la calle Segunda
No.20, residencial Sandra, carretera Sinchez, Santo Domingo, Distrito
Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva
celebrada en fecha 22 de octubre del 2004.
ARTICULO 2.- El presente decreto modifica el numeral 11 del Decreto No.
121-05, de fecha 23 de febrero del aiio 2005.
ARTICULO 3.- Se aprueba la rnodificacion de 10s estatutos de la
ASOCIACION
DE
REPRESENTANTES,
AGENTES
Y
PRODUCTORES
FARMACEUTICOS, INC. (ARAPF), que tiene su domicilio en la calle Jose Desiderio
Valverde No. 103, segunda planta, Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos
fueron aprobados en fecha 15 de octubre del aiio 1999 y debidamente ratificados en fecha
11 de diciembre del aiio 2003.
ARTICULO 4.- Enviese a la Procuraduria General de la Republica, para 10s
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de mayo del aiio dos mil
cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 142 de la Restauracion.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.