Texto de la norma
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 332-05
VISTA la Ley No.379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
VISTA la Ley No.141-97, de fecha 24 de junio de 1997, Ley General de Reforma de la Empresa Pública.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se dispone que los jubilados y pensionados fijos del Plan de Retiro de Pensiones y Jubilaciones del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), sean colocados en la nomina de los jubilados y pensionados civiles del Estado, para que sus pensiones y jubilaciones sean pagadas con cargo al Fondo de Jubilaciones y Pensiones Civiles del Estado, conforme se describe a continuación:
1)
Remigio Aybar Moreno, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos
Cuarenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
2)
Francisco Antonio Aybar, portador de la Cedula de Identidad
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ochocientos Dieciseis
Pesos con 00/100 (RD$3,816.00) mensuales.
3)
Martin Contreras M., portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Trescientos Ochenta
Pesos con 00/100 (RD$6,380.00) mensuales.
4)
Rafael Antonio Guzman, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil
Quinientos Cuarenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$4,547.00) mensuales.
5)
Alejo Leyba, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochocientos Veinte Pesos con
00/100 (RD$2,820.00) mensuales.
6)
Rafael A. Fernandez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Ochenta y
Nueve Pesos con 00/100 (RD$4,189.00) mensuales.
7)
Clemente Peralta, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Pesos con 00/100
(RD$3,000.00) mensuales.
8)
Rafael W. Presbott C., portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Setecientos Veintiocho
Pesos con 00/100 (RD$2,728.00) mensuales.
9)
Jose Ramon Rodriguez, portador de la Cedula de Identidad Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Seiscientos Doce
Pesos con 00/100 (RD$3,612.00) mensuales.
10)
Robinson R. Valdez H., portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Setecientos
Sesenta y Dos Pesos con 00/100 (RDS$5,762.00) mensuales.
11)
Lorenzo De Leon, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Seiscientos Setenta y
Tres Pesos con 00/100 (RD$2,673.00) mensuales.
12)
Ramon Jimenez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula] una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ochocientos Dieciseis
Pesos 00/100 (RD$3,816.00) mensuales.
13)
Claudio Helena R., portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Setenta y Dos con
10/100 Pesos (RD$5,072.10) mensuales.
14)
German Marino Echevarria, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Quinientos
veinte Pesos con 00/100 (RD$5,520.00 con 00/100 mensuales.
15)
Eduardo De la Rosa, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100(RD$2,344.00) mensuales.
16)
Simeon Fabian Rosario, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano Dos Mil Trescientos
Cuarenta y Cuatro Pesos con 00/100, (RD$2,344.00) mensuales.
17)
Obispo Garcia, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominic0 de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
18)
Julio Martinez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.
[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
19)
Zoilo Tulio Ledesma R., portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos
Cuarenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
20)
Francisco Mota, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Dieciseis Pesos con
00/100 (RD$5,016.00) mensuales.
21)
Aurelio Rosario, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos
Veintinueve Pesos con 00/100 (RD$2,729.00) mensuales.
22)
Victor M. Estevez Estevez, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Noventa y
Cinco Pesos con 00/100 (RD$6,095.00) mensuales.
23)
Sergio Julio Mota, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
24)
Miralda Cabrera, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Setecientos Noventa
Pesos con 00/100 (RD$5,790.00) mensuales.
25)
Asia M. Aguero Perez, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil
Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$2,400.00) mensuales.
26)
Anatalio Flores, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.) mensuales.
27)
Rafael Hernandez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Setenta
y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,477.00) mensuales.
28)
Gerard0 Santana Leyba, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral [cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos
Cuarenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RDRD$2,344.00) mensuales.
29)
Jesus M. De Paula, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Cincuenta
Pesos con 00/100 (RD$2,750.00) mensuales.
30)
Esteban Gonzalez, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Setecientos Veintiseis
Pesos con 00/100 (RD$3,726.00) mensuales.
31)
Williams Rimy, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos Doce
Pesos con 00/100 (RD$2,412.00) mensuales.
32)
Luz Maria Familia, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Cuatrocientos
Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,449.00) mensuales.
33)
Felipe Reyes Abad, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y
Cuatro Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
34)
Ramon Feliciano Baez, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Trescientos
Treinta y Dos Pesos con 00/100 (RD$10,332.00) mensuales.
35)
Domingo Castillo Ozuna, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Once Mil Ciento
Siete Pesos con 00/100 (RD$11,107.00) mensuales.
36)
Luis Manuel Segura, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Quinientos Noventa y
Siete Pesos con 00/100 (RD$2,597.00) mensuales.
37)
Rene Hoseph, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro
Pesos con 00/100 (RD$2,344.00) mensuales.
38)
Domingo Mateo, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], una pension del Estado Dominicano de Veintiseis Mil Quinientos
Pesos con 00/100 (RD$26,500.00) mensuales.
ARTICULO 2.- Dichas pensiones serin pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas y a la
Comision de Reforma de la Empresa Publica (CREP), para su conocimiento y fines
procedentes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de junio del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 142 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.