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Dec. No. 327-05 que autoriza a varios ayuntamientos del país a vender terrenos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 327-05
VISTA la Ley No.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577, del 12 de julio de 1961.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza los Ayuntamientos de los municipios Santiago y Tamboril, provincia Santiago, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.-Al señor Juan Ramón Betances Almánzar, el Solar No.31, Manzana No. 15, Parcela Catastral No. 129-G (parte), Distrito Catastral No. 6, del Municipio de Santiago, con un área de 283.79 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.32; al Este, Solar No. 30; al Sur, Avenida 2da; y al Oeste, Calle No. 15; por la suma de Noventa y Ocho Mil Novecientos Treinta y Siete Pesos Con 81/100 (RD$98,937.81).
2.-A los señores Moisés Antonio Santos Guerrero y Nelly Altagracia López Ventura de Santos, el Solar No.14, Manzana No.1-F, Parcela Catastral No. 6-B-34 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 141.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.1; al Este, Solar Municipal No.3; al Sur, Solar Municipal No.13; y al Oeste, Calle No.26; por la suma de Treinta y Seis Mil Ciento Treinta y Tres Pesos con 50/100 (RD$36,133.50).
3.-Al señor Juan Antonio Bisonó, el Solar con designación municipal No. 2615-A-12, Manzana No.189, localizado en el ámbito de la Solar Catastral No. 3-B Porción A, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 246.38 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Callejón; al Este, Solar No. 2515-A-25; al Sur, Solares Municipales Nos. 2615-A-11 y 2615-A-24; y al Oeste, Avenida Central; por la suma de Treinta Mil Setecientos Noventa y Siete Pesos con 50/100 (RD$30,797.50).
4.-Al señor Héctor Rafael Lozano, el Solar Municipal No.8, Manzana No.C-1, Solar Catastral No.2-B-2-A, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 291.84 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Vivienda (Savica); al Este, Solar Municipal; al Sur, Solar Municipal de Félix De León; y al Oeste, Calle Transversal No.1; por la suma de Veinte y Nueve Mil Ciento Ochenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$29,184.00).
5.- Al señor Ricardo Antonio Reyes Gómez, el Solar No.2178, Manzana No.156, dentro del ámbito de la Manzana Catastral No.173, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 139.24 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Beller; al Este, Solar Municipal No.2179; al Sur, Solar Municipal No.2196; y al Oeste, Solar Municipal No.2176 y 2177; por la suma de Cuarenta y Un Mil Setecientos Setenta y Dos Pesos Con 00 (RD$41,772.00).
6.- A los señores Maximino Antonio Díaz Sánchez y María Cristina Tavarez Cedeño de Díaz, el Solar No.24, dentro de la Parcela Catastral No.56, Manzana No. 61, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 316.22 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Municipales Nos. 8 y 9; al Este, Solar Municipal No. 10; al Sur, Calle No.1; y al Oeste, Solar Municipal No.18; por la suma de Setenta y Un Mil Novecientos Cuarenta Pesos con 05/100 (RD$71,940.05).
7.- A la señora Ana Antonia Espaillat Jiménez, el Solar No.1027, Manzana No. 59, dentro de la Parcela Catastral No.6, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 166.11 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte,
Calle Salvador Cucurrullo; al Este, Solar Municipal No. 1028; al Sur, Rafael Espaillat; y al Oeste, Solar Municipal No. 1026; por la suma de Veinte y Nueve Mil Sesenta y Nueve Pesos con 25/100 (RD$529,069.25).
8.- Al señor Germán Domínguez, el Solar Municipal No.1, Manzana No. 1018, Parcela No.7-C-8-1, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 519.08 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Rincón Largo; al Este, Solar Municipal No. 2; al Sur, Solar Municipal No.10 y al Oeste, Solar Municipal No.12; por la suma de Ciento Tres Mil Ochocientos Dieciséis Pesos con 00/100 (RD$103,816.00).
9.- Al señor Miguel Angel Pimentel, el Solar No.54, Solar Catastral No. 1, porción B (parte), Manzana No.20, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 92.68 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Municipales Nos. 14 y 15; al Este, Solares Municipales No. 53; al Sur, Calle Enrique Deschamps; y al Oeste, Solar Municipal No.55; por la suma de Quince Mil Novecientos Setenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$15,975.00).
10.- Al señor Francisco Antonio Genao Cruz, el Solar Municipal No.33-B, Manzana No. 66, dentro de la Parcela No.56 (parte), del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 643.52 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Avenida Franco Bidó; al Este, Solares Nos.33 (resto), 34 y 35; al Sur, Solar No.33 (resto); y al Oeste, Solares No.26, 27, 29 y 32; por la suma de Ciento Nueve Mil Trescientos Noventa y Ocho Pesos Con 40/100 (RD$109,398.40).
11.- Al señor Pedro José Yapor, el Solar Municipal No.132-B-1-5-A, Manzana No. 2, dentro de la Parcela Catastral No.216, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 181.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Avenida Central; al Este, Solar Municipal de Mercedes Lantigua; al Sur, Solar Municipal No.132-B-1-3-1-2; y al Oeste, Solar Municipal de Mercedes Lantigua; por la suma de Dieciocho Mil Ciento Sesenta Pesos con 00/100 (RD$18,160.00).
12.- Al señor David Arias García, el Solar Municipal No.9, Manzana No. B , dentro de la Parcela Catastral No.47, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 120.20 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle No.2; al Este, Peatón; al Sur, Solar Municipal No.10; y al Oeste, Solar Municipal No.11; por la suma de Dieciocho Mil Treinta Pesos Con 00/100 (RD$18,030.00).
13.- Al señor Bienvenido de la Cruz García, el Solar Municipal No.5, Manzana No. 6-Norte, Solar Catastral No.36, Parcela Catastral No.732, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 192.64 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No.24; al Este, Solar Municipal No.4; al Sur, Calle No.5; y al Oeste, Solares Municipales Nos.24 y 6; por la suma de Veinte y Tres Mil Ciento Dieciséis Pesos Con 80/100 (RD$23,116.80).
14.- A la señora Leonidas Josefa Jorge, el Solar Municipal No.10, Manzana No.4, Parcela Catastral No.199, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 257.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar Municipal No. 9; al Este, Calle; al Sur, Calle; y al Oeste, Solar Municipal No.11; por la suma de Cincuenta y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$54,740.00).
15.- Al señor Javier Polanco Alvarez, el Solar No.6 y 7 Ref.6, manzana No.119-4, correspondiente a la parcela catastral No.129 (parte), del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 186.28 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Ave. Franco Bidó; al Este, solar No.J; al Sur, Solar No.L; y al Oeste, Solares No.M; por la suma de Cuarenta y Seis Mil Quinientos Setenta Pesos con 00/100 (RD$46,570.00).
16.- Al señor Andrés Guerrero García, el Solar No.35, manzana No.15-sur, correspondiente al solar catastral No.34 de la manzana 777, del Distrito Catastral No.35 del Municipio de Santiago, con un área de 91.01 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.35 (antes No.2); al Este, solar municipal No.30; al Sur, Calle No.2; y al Oeste, solares municipales Nos.32 y 34; por la suma de Nueve Mil Ciento Un Pesos con 00/100 (RD$9,101.00).
17.- Al señor José Rafael Bretón López, el Solar No.187, manzana No.12, localizado dentro del ámbito del solar catastral No.2-B-2-A (parte) porción "B", del Distrito Catastral No.1 del Municipio de Santiago, con un área de 146.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.188-A; al Este, calle No.11; al Sur, solar municipal No.186; y al Oeste, solares municipales Nos.195 y 194; por la suma de Veintinueve Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$29,200.00).
18.- Al señor Fernando López Díaz, el Solar dentro de la parcela catastral No.486, manzana No.486, con designación municipal de solar 486 (parte), del Distrito Catastral No.4 del Municipio de Tamboril, con un área de 441.69 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Duarte; al Este, parcela No.486 (resto) (Salvador Lizardo); al Sur, parcela No.487; y al Oeste, parcela No.485; por la suma de Sesenta y Seis Mil Doscientos Cincuenta y Tres Pesos con 50/100 (RD$66,253.50).
19.- A la señora Leuteria Florimón García, el Solar No.10, manzana No.11-sur, correspondiente a al parcela catastral No.7 de la manzana 726, del Distrito Catastral No.1 del Municipio de Santiago, con un área de 292.65 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle No.3; al Este, solar No.11; al Sur, solares Nos.9 y 20; y al Oeste, solar No.9; por la suma de Setenta y Tres Mil Ciento Sesenta y Dos Pesos con 50/100 (RD$73, 162.50).
20.- Al señor Rafael Francisco Almánzar Jiménez, el Solar No.23, manzana No.6, correspondiente a la parcela catastral No.217 (parte), del Distrito Catastral No.6 del Municipio de Santiago, con un área de 145.43 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal No.20; al Este, Callejón; al Sur, solar municipal No.24;
y al Oeste, solar municipal No.22; por la suma de Catorce Mil Quinientos Cuarenta y Tres Pesos con 00/100 (RD$14,543.00).
ARTICULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de El Seibo, provincia El Seibo, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.-A la señora Flora Silvestre, un Solar con designación Municipal No.42/96, Parcela No.92 (parte), del Distrito Catastral No.33/2, del Municipio de El Seibo, con un área de 385.76 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Callejón Roberto; al Este, Resto Parcela No. 92; al Sur, Sra. Flora Silvestre; al Oeste, Calle Cecilio Nieto; por la suma de Cuarenta y Ocho Mil Doscientos Veinte Pesos Con 00/100 (RD$48,220.00).
2.- A los señores Felipe Benítez Cordero y Maria Altagracia Guerrero, el Solar Municipal No.4, Manzana No. 5, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de El Seibo, con un área de 671.46 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Gaston F. Deligne; al Este, Calle Arzobispo Noel; al Sur, Campo Deportivo Municipal; y al Oeste, Solar No. 3; por la suma de Cincuenta Mil Trescientos Cincuenta y Nueve Pesos Con 50/100 (RD$50,359.50).
3.-A la señora Flora Silvestre, un Solar con designación Municipal No.10/94, Parcela No.92 (parte), manzana 66, del Distrito Catastral No.33/2, del Municipio de El Seibo, con un área de 488.23 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Flora Silvestre; al Este, Resto Parcela No. 92; al Sur, calle Cleodomiro Santín; al Oeste, calle Cecilio Nieto; por la suma de Sesentiún Mil Veinte y Ocho Pesos Con 00/100 (RD$61,028.00).
ARTICULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Puerto Plata, provincia Puerto Plata, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.-A la señora Noris Oneida Gell Gómez, un Solar con designación municipal No.105-84, Manzana Catastral No. 11, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Puerto Plata, con un área de 276.60 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Avenida Malecón; al Este, Calle Eugenio Deschamps; al Sur, Calle Sánchez; al Oeste, Manzana No.11 (resto); por la suma de Cuarenta y Tres Mil Doscientos Dieciocho Pesos con 75/100 (RD$43,218.75).
2.- A la señora Mildred Arango Vda. Martínez, el Solar No.256-86, Manzana D, Parcela "D" parte, Distrito Catastral No.1, del Municipio de Puerto Plata, con un área de 265.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle América Arango; al Este, Calle Villanueva; al Sur, José Antonio López Pepín; y al Oeste, Tomasa del Rosario; por la suma de Setenta y Nueve Mil Quinientos Nueve Pesos Con 00/100 (RD$79,509.00).
3.-Al señor Francisco Pelegrín, un Solar Municipal No.89-73, Manzana D, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Puerto Plata, con un área de 1,269.00 metros cuadrados, Parcela porción "D" (parte), con los siguientes linderos: al Norte, Ramón
Eduardo Almonte; al Este, Calle Villa Noeya; al Sur, Cristina de Mercado; al Oeste, Cementerio; por la suma de Doscientos Cincuenta y Tres Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$253.800.00).
ARTICULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Moca, provincia Espaillat, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.-Al señor José A. Collado Guzmán, un Solar No.1 (parte), Manzana No."I", Parcela Catastral No. 2-B (parte), del Distrito Catastral No.2, del Municipio de Moca, con un área de 530.79 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solar No. 1 (resto); al Este, Solar No. 6; al Sur, Solar No. 8; y al Oeste, Calle Duarte; por la suma de Ciento Seis Mil Ciento Cincuenta y Ocho Pesos Con 00/100 (RD$106,158.00).
2.- Al señor Pedro Antonio Santos, el Solar No.1, Manzana No.171, Distrito Catastral No.2, Parcela No. 16-A6 y 171 (parte), del Municipio de Moca, con un área de 217.40 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de Parcelas Nos. 16-A6 y 171; al Este, Calle No. 3; al Sur, Calle No. 10; y al Oeste, Resto de Parcelas Nos. 16-A6 y 171; por la suma de Cuarenta Mil Setecientos Sesenta y Dos Pesos Con 50/100 (RD$40,762.50).
3.- A la señora Nialka Alonso Vásquez, el Solar No.48-2001, Manzana No.98, Distrito Catastral No.12, Parcela No. 98, del Municipio de Moca, con un área de 401.74 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Resto de Parcela No. 98; al Este, Resto Parcela No.98; al Sur, Resto Parcela No. 98; y al Oeste, Calle Central; por la suma de Ciento Veinte Mil Quinientos Veintidós Pesos Con 00/100 (RD$120,522.00).
4.- A la señora Marializia Antonia Sánchez, el Solar S/N, dentro del solar No.16 (parte), manzana No.227, Distrito Catastral No.1, del Municipio de Moca, con un área de 353.32 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Proyecto; al Este, (resto) manzana No.227; al Sur, (resto) manzana 227; y al Oeste, (resto) manzana 227; por la suma de Ciento Cinco Mil Seiscientos Noventa y Seis Pesos Con 00/100 (RD$105,696.00).
ARTICULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Juan de La Maguana, provincia San Juan, a vender los inmuebles que se describen a continuación:
1.-A la señora Otilia A. Herrera, un Solar No.1-A (parte), Manzana No. 218, Parcela Catastral No.1, del Distrito Catastral No.2, del Municipio de San Juan de la Maguana, con un área de 151.21 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Amable de León; al Este, Sr. Octavio Encarnación; al Sur, Calle Capotillo; y al Oeste, Calle Enriquillo; por la suma de Veintiocho Mil Trescientos Cincuenta y Un Pesos Con 88/100 (RD$28,351.88).
2.- A la señora Mencía de los Santos y de los Santos, un Solar No.12 (parte), Manzana No.121, Distrito Catastral No.1, del Municipio de San Juan de la Maguana, con un área de 287.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Solares Nos. 2 y
3; al Este, Carlos González; al Sur, Calle Wenceslao Ramírez; y al Oeste, Rafael Segura; por la suma de Cuarenta y Tres Mil Cincuenta y Cuatro Pesos Con 50/100 (RD$43,054.50).
ARTICULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Mao, provincia Valverde, a vender al señor Gilberto Antonio Almonte, el Solar No.1, Manzana No. 11, del Distrito Catastral No.1, con designación municipal No. 193, del Municipio de Mao, con un área de 124.10 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle San Antonio; al Este, Solar No. 2; al Sur, Solar No. 26; y al Oeste, Calle Baltasar Rodríguez; por la suma de Veintisiete Mil Novecientos Veintidós Pesos Con 50/100 (RD$27,922.50).
ARTICULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Imbert, provincia Puerto Plata, a vender a la señora Elsa Fernández Vda. Reyes, un Solar No.5, del Distrito Catastral No.1, Manzana No.9, del Municipio de Imbert, con un área de 296.44 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Sr. Amancio Ramírez; al Este, Calle Hermanas Mirabal; al Sur, Calle Mella; y al Oeste, Sucs. George N. Heinsen; por la suma de Treinta y Siete Mil Cincuenta y Cinco Pesos Con 00/100 (RD$37,055.00).
ARTICULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Montecristi, provincia Montecristi, a vender a la señora Bienvenida Villanueva Fabián, el Solar No.9, manzana No.132, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Montecristi, con un área de 323.93 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Calle Federico Velásquez; al Este, Cañada de desagüe; al Sur, Solar Catastral No. 10-A; y al Oeste, Solar Catastral No. 8; por la suma de Doce Mil Novecientos Cincuenta y Siete Pesos Con 20/100 (RD$12,957.20).
ARTICULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Baní, provincia Peravia, a donar al señor Manuel Zoquier Tejada, el Solar No.1, dentro de la manzana No.90, con designación municipal No.1, manzana 90, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Baní, con un área de 259.71 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Beller; al Este, Sr. Federico Melo; al Sur, Sucs. De Juan Cruz; y al Oeste, Calle Duarte.
ARTICULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Dajabón, provincia Dajabón, a vender a la señora Josefa Ramona Pérez, el Solar No.8, manzana No.48, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Dajabón, con un área de 395.18 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.7; al Este, calle Capotillo; al Sur, solar No.9; y al Oeste, solar No.12; por la suma de Treinta y Nueve Mil Quinientos Dieciocho Pesos Con 00/100 (RD$39,518.00).
ARTICULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a los señores Juan Núñez y Antolina Carpio de Núñez, un solar dentro de la manzana catastral No.117, manzana No.4081, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Higüey, con un área de 253.24 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar municipal; al Este, calle Teofilo Guerrero; al Sur, Feliz Rodríguez;
y al Oeste, su fondo; por la suma de Cincuenta Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho Pesos Con 00/100 (RD$50,648.00).
ARTICULO 12.- Se modifica el Artículo 6 del Decreto No.783-04, de fecha 9 de agosto del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a los señores Jose Altagracia Lara y Luz Hervania Toribio, el Solar Municipal No.850, de la Manzana No.41, correspondiente a la Parcela Catastral No.1-B-2-N, porción "E", del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 357.99 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : solar No.851; al Este: Solar Cañada y Suc. Julia; al Sur: solar No.849; al Oeste: Avenida Bartolomé Colón, por valor de Ochenta y Cinco Mil Doscientos Setenta y Cinco Pesos con 45/100 (RD$85,275.45)".
ARTICULO 13.- Se modifica el Artículo 3 del Decreto No.762-03, de fecha 12 de agosto del año 2003 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Lilian Altagracia Sánchez del Rosario, el Solar Municipal No.285-3-T, de la Manzana No.4, correspondiente a la Parcela Catastral No.7-C-7-B-24, del Distrito Catastral No.8, ubicado en Rincón Largo, del Municipio de Santiago, con un área de 330.48 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Solar No.285-M; al Este: Solar No.285-3-S; al Sur: calle Las Mercedes; al Oeste: solar No.285-3-LL, por valor de Treinta y Tres Mil Cuarenta y Ocho Pesos con 00/100 (RD$33,048.00)".
ARTICULO 14.- Se modifica el Artículo 23 del Decreto No.783-04, de fecha 9 de agosto del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Mercedes Yolaida Rodríguez, el Solar Municipal No.1007, de la Manzana No.57, correspondiente al Solar Catastral No.11, de la manzana catastral No.50, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 87.70 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte: Solar Municipal No.1006; al Este: calle Capotillo; al Sur: calle Independencia; al Oeste: solar municipal No.1005, por valor de Catorce Mil Doscientos Cincuenta y Un Pesos con 25/100 (RD$14,251.25)".
ARTICULO 15.- Se modifica el Artículo 19 del Decreto No.328-04, de fecha 14 de abril del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Fausto Daniel Batista, el Solar Municipal No.896-2, de la Manzana No.43, correspondiente al solar catastral No.40, porcion "F", del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 315.10 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Solar No.896-2; al Este: calle Constanza; al Sur: solar No.896-1; al Oeste: solar No.893, por valor de Setenta y Cinco Mil Seiscientos Catorce Pesos con 00/100 (RD$75,614.00)".
ARTICULO 16.- Se modifica el Artículo 2 del Decreto No.328-04, de fecha 14 de abril del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a la señora Maria Eduvigis Dominguez de Robles, el Solar Municipal No.1565, de la Manzana No.113,
correspondiente al solar Catastral No.16, de la manzana catastral No.65 del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 158.42 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Calle Francisco Bonó; al Este: Solares Nos.1566, 1567 y 1568; al Sur: Solares Nos1573 y 1572; al Oeste: Solar No.1564, por valor de Quince Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$15,842.00)".
ARTICULO 17.- Se modifica el Artículo 4 del Decreto No.30-03, de fecha 14 de enero del año 2003 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor José Joaquín Castillo Batista, el Solar Municipal No.1391, de la Manzana No.94, correspondiente al solar catastral No.9, manzana catastral No.157, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 83.87 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Solar Municipal No.1386; al Este: Solar Municipal No.1390; al Sur: Calle El Sol; al Oeste: 1392, por valor de Diecisiete Mil Ochocientos Veinte y Dos Pesos con 38/100 (RD$17,822.38)".
ARTICULO 18.- Se modifica el Artículo 23 del Decreto No.329-04, de fecha 14 de abril del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Moisés Alcedo Domínguez, el Solar Municipal No1, de la Manzana No.6, correspondiente a la Parcela Catastral No.201, del Distrito Catastral No.6, del Municipio de Santiago, con un área de 190.19 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Ave. Estrella Sadhalá al Este: Solar Municipal No.2; al Sur: Solar Municipal No.66; al Oeste: Calle Padre Las Casas, por un valor de Setenta y Un Mil Trescientos Veintiún Pesos con 25/100 (RD$71,321.25)".
ARTICULO 19.- Se modifica el Artículo 21 del Decreto No.329-04, de fecha 14 de abril del año 2004 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender al señor Ramón Porfirio Gómez, el Solar Municipal No.3, de la Manzana No.24-Sur, correspondiente al solar catastral No.30, de la manzana No.788, del Distrito Catastral No.1, del Municipio de Santiago, con un área de 137.87 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Solares Municipales Nos.4, 6 y 7; al Este: Solar Municipal No.8; al Sur: Solar Municipal No.2; al Oeste: Calle No.4, por valor de Veinte y Ocho Mil Veintidós Pesos con 38/100 (RD$28,022.38)".
ARTICULO 20.- Se modifica el Numeral 24 del Artículo 2 del Decreto No.232-95, de fecha 12 de octubre del año 1995 para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago, a vender a los señores Carlos César Liriano y Ercilia Callado de Liriano, el Solar Municipal No.32, de la Manzana No.3, correspondiente a la Parcela Catastral No.7-C-7-B-24, del Distrito Catastral No.8, del Municipio de Santiago, con un área de 611.79 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte : Solar Municipal No.33; al Este: Resto de la manzana; al Sur: Calle Argentina; al Oeste: Calle en proyecto, por valor de Setenta y Seis Mil Cuatrocientos Setenta y Tres Pesos con 75/100 (RD$76,473.75)".
ARTICULO 21.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía, al Ayuntamiento del Distrito Nacional y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 142 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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