Dec. No. 411-05 que autoriza una impresion de estampillas para cigarrillos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 411-05
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461, del 18 de julio de 1950
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se autoriza la siguiente impresion de estampillas para
cigarrillos:
400,000,000
(Cuatrocientos Millones) de estampillas para cigarrillos de
diez (10) cigarrillos de fabricacion nacional del tip0 de
RD$O. 135, color turquesa, en papel satinado de 55 libras.
ARTICULO 2.- La impresion de estas estampillas se hara con el mismo
tamaiio y diseiio de las emisiones anteriores.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas y a1 Tesorero
Nacional, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s veintiseis (26) dias del mes de julio del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 142 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona