miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 853-04

que declara de dominio público, para ser destinada a servidumbre de paso de las edificaciones vecinas que lo requieran y parqueo para la ciudadanía en general, una porción de terreno en Santiago

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
12 ago de 2004fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 10289-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 853-04 que declara de dominio público, para ser destinada a servidumbre de paso de las edificaciones vecinas que lo requieran y parqueo para la ciudadanía en general, una porción de terreno en Santiago. HIPÓLITO MEJÍA Presidente de la República Dominicana. NUMERO: 853-04 VISTOS los decretos números 197-95,de fecha 06 de septiembre de 1995, y 657-03, de fecha 7 de julio de 2003; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTÍCULO 1.- Se declara zona de dominio público, para ser destinada a servidumbre de paso de las edificaciones vecinas que lo requieran y parqueos para la ciudadanía en general, el siguiente inmueble: “una porción de terreno de 846.59m2, dentro del ámbito de la parcela 1-A del Distrito Catastral numero 1, del municipio de Santiago, con los siguiente linderos: al Norte, parcela numero 1-a, porción A(resto-Arroyo Gurabo); al Sur, calle licenciado Ramón García, Ensanche Román I-Santiago; al Este, parcela numero 1-A, porción A (resto-edificio a construir del Tribunal de Tierras Norte); y al Oeste, parcela numero 1-A, porción A(Plaza AG-propiedad del señor Marcos Martínez)”. Artículo 2.- Queda expresamente entendido que el inmueble a que se refiere el presente decreto es parte del que se alude en los decretos precedentes citados. Artículo 3.- Envíese a la Administración General de Bienes Nacionales y al Abogado del Estado para los fines correspondientes. DADO en la ciudad Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de agosto del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración. HIPÓLITO MEJÍA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona