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Dec. No. 743-04 que otorga pensiones del Estado Dominican0 a favor de varias
personas.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 743-04
VISTA la Ley No.379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior
FRANCISCO JAVIER RANCIER LOPEZ, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 2.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuatro Mil Cuatro Pesos con 00/100 (RD$4,004.00) mensuales, a favor del seiior. HENRY
ALBERT0 BURGOS PERALTA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 3.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales. a favor
del seiior . ESMELIN AGUSTO MONTERO DE LEON, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 4.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
de seiior HECTOR FRANCISCO PEREZ MIRAMBEAUX, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 5.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Diez
Mil Trescientos Ochenta y Nueve Pesos con 17/100 (RD$10,389.17) mensuales, a favor del
seiior LEONIDAS ALCANTARA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 6.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuatro Mil Trescientos Seis Pesos con 45/100 (RD$4,306.45) mensuales, a favor del seiior
JOSE RAMON RAMIREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 8.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Siete
Mil Ciento Treinta Pesos con 70/100 (RD$7,130.70) mensuales, a favor de la seiiora ANA
GLORIA PAYANO PINA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 9.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior ANGEL CRISTOBAL ADAMES FELIZ, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 10.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Ocho Pesos con 61/100 (RD$4,458.61) mensuales, a
favor del seiior INOCENCIO REYES RIVERA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 11.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Tres
Mil Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$3,049.00) mensuales, a favor del seiior
DOMING0 CALZADO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 12.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Tres
Mil Quinientos Treinta y Tres Pesos con 34/100 (RD$3,533.34) mensuales, a favor del
seiior DANILO ANTONIO RODRIGUEZ DIAZ, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 13.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuatro Mil Ochocientos Veintidos Pesos con 20/100 (RD$4,822.20) mensuales, a favor del
seiior MANUEL ANTONIO CUEVAS RUBIO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 14.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Trece Mil Quinientos Ochenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$13,586.00) mensuales, a favor
del seiior PORFIRIO E. AGRAMONTE MAZARA, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 15.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior ROSARIO WILSON JIMENEZ MONTERO, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 16.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cinco Mil Ochocientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$5,880.00) mensuales, a favor del
seiior RAMON COS GARRIDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 17.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior EURIDANIS CARMEN GUZMAN REYNOSO, portador de la Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 18.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuatro Mil Novecientos Ochenta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$4,984.00) mensuales, a
favor de la seiiora ATOCHA JOURDAIN SENOR DE ABATTE, portadora de la Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 19.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Treinta y Dos Mil Pesos con 00/100 (RD$32,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
JOSEFINA ESPINAL PERDOMO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 20.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cuarenta Mil Cientos Doce Pesos con 00/100 (RD$40,112.00) mensuales, a favor del seiior
EFRAIN BERNARD0 TORIBIO MONES, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 21.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Treinta y Cinco Mil Pesos con 00/100 (RD$35,000.00) mensuales, a favor del seiior
SOCRATES MORA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 22.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veinticinco Mil Pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
DEYANIRA GOMEZ DE RIJO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 23.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veinticinco Mil Pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
GRACE ALTAGRACIA GOMEZ ROQUEL, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No. [cédula].
ARTICULO 24.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veintiocho Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$28,800.00) mensuales, a favor de la
seiiora FATIMA GUZMAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 25.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior JOSE MATOS SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 26.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Siete Mil Trescientos Cuarenta Pesos con 43/100 (RD$7,340.43) mensuales, a favor del
seiiora ANTONIA MARIA VICTORIA MOLINA, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 27.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Ochenta y Ocho Pesos con 18/100 (RD$16,388.18) mensuales, a
favor del seiior ANDRES GRULLON DE LA CRUZ, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 28.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Setenta y Cinco Pesos con 90/100 (RD$5,675.90) mensuales, a favor
de la seiiora ANA IVELISE ARZOLA MEJIA, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 29.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Dos
Mil Quinientos Pesos con 62/100 (RD$2,500.62) mensuales, a favor del seiior JOSE
ALTAGRACIA PEREZ DOTEL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 30.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior JOSE DE LA CRUZ ACOSTA LUCIANO, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 31.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiiora GLORIA DANITZA PENA FELIZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 32.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiiora JULIA MARGARITA FERMIN MOREY, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 33.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Trece Mil Setecientos Sesenta y Seis Pesos con 34/100 (RD$13,766.34) mensuales, a favor
del seiior DIOGENES RADHAMES LANTIGUA MARTINEZ, portador de la Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 34.- Se le concede una pension del Estado dominicano de Seis
Mil Cuatrocientos Veinticinco Pesos con 78/100 (RD$6,425.78) mensuales, a favor del
seiior AMABLE MATOS BAEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 35.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciocho Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis Pesos con 04/100 (RD$18,486.04) mensuales,
a favor de la seiiora SIANA DE JESUS MUNOZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 36.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Catorce Mil Pesos con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales, a favor del seiior SATURNINO
FAN1 DURAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 37.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veintiun Mil Doscientos Ochenta Pesos 00/100 (RD$21,280.00) mensuales, a favor del
seiior DARIO RIVAS MATOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 38.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veintiun Mil Doscientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$21,280.00) mensuales, a favor del
seiior LUIS GILBERT0 DE LA ROSA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 39.- Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veintiun Mil Doscientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$21,280.00) mensuales, a favor del
seiior VICENTE MORETA CARRASCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 40.- Se eleva a la suma de RD$10,025.44 (Diez Mil
Veinticinco Pesos con 44/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de 1 seiiora ALSACIA JEANNETTE DEL C. NUNEZ GOMEZ, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 41.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Ochenta y Ocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior MARCOS ANTONIO ROSARIO RODRIGUEZ,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 42.- Se eleva a la suma de RD$13,888.03 (Trece Mil
Ochocientos Ochenta y Ocho Pesos con 03/100) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor de la seiiora ANDREA VALLEJO DE MONTERO, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 43.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Ochenta y Ocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior PELOPIDES PEREZ GOMEZ, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 44.- Se eleva a la suma de RD$25,000.00 (Veinticinco Mil
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del
seiior JOSE AQUILES BATISTA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 45.- Se eleva a la suma de RD$8,817.78 (Ocho Mil
Ochocientos Diecisiete Pesos con 78/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora FRANCISCA RAPOSO, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 46.- Se eleva a la suma de RD$15,256.38 (Quince Mil
Doscientos Cincuenta y Seis Pesos con 38/100) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior LUIS ARNALDO DEL ROSARIO, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 47.- Se eleva a la suma de RD$5,457.66 (Cinco Mil
Cuatrocientos Cincuenta y Siete Pesos con 66/100) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior VICTOR SERAFIN MARTINEZ, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 48.- Se eleva a la suma de RD$8,358.10 (Ocho Mil
Trescientos Cincuenta y Ocho Pesos con 10/100) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor de la seiiora HERMINIA ALTAGRACIA CAPELLAN,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 49.- Se eleva a la suma de RD$12,000.00 (Doce Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
TOMAS REYES VARGAS, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 50.- Se eleva a la suma de RD$9,000.00 (Nueve Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior JOSE
MARIA SANCHEZ ARIAS, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 51.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la seiiora
MARIA SOLEDAD DIAZ DE LA ROSA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 52.- Se eleva a la suma de RD$7,500.00 (Siete Mil Quinientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora YOLANDA PINA LUPERON DE MEDINA, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 53- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la seiiora
LOURDES PORTORREAL REYES, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula],
ARTICULO 54.- Se eleva a la suma de RD$12,500.00 (Doce Mil
Quinientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora DARIA SANTANA RIVAS, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 55.- Se eleva a la suma de RD$13,864.80 (Trece Mil
Ochocientos Sesenta y Cuatro Pesos con SO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior FIDIAS DANTE CARRASCO DUJARIC, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 56- Se eleva a la suma de RD$11,424.00 (Once Mil
Cuatrocientos Veinticuatro Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior RAMON EMILIO TAVAREZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 57.- Se eleva a la suma de RD$3,176.00 (Tres Mil Ciento
Setenta y Seis Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano,
a favor de la seiiora DIANA LOURDES CORDER0 VALERIO, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 58.- Se eleva a la suma de RD$6,080.00 (Seis Mil Ochenta
Pesos con SO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora DAYS1 NURYS QUEZADA DE LOS SANTOS, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 59.- Se eleva a la suma de RD$3,725.22 (Tres Mil Setecientos
Veinticinco Pesos con 22/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora MARIA SANTA DIONISIO PINEDA, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 60.- Se eleva a la suma de RD$6,300.00 (Seis Mil Trescientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora NIURCA MARIA SANCHEZ, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 61.- Se eleva a la suma de RD$5,504.12 (Cinco Mil
Quinientos Cuatro Pesos con 12/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora MARIA MERCEDES NAVARRO, Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 62.- Se eleva a la suma de RD$10,692.39 (Diez mil
Seiscientos Noventa y Dos Pesos con 39/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora PILAR MIREYA CANDELARIO NUNEZ, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 63- Se eleva a la suma de RD$6,226.00 (Seis Mil Doscientos
Veinte y Seis Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano,
a favor de la seiiora CARMEN LUISA ACEVEDO REYES DE TEJEDA, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 64.- Se eleva a la suma de RD$7,760.00 (Siete Mil Setecientos
Sesenta Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior MANUEL DEL CARMEN HENRIQUEZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 65.- Se eleva a la suma de RD$2,500.00 (Dos Mil Quinientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del
seiior FRANCISCO VELOZ RAVELO, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 66.- Se eleva a la suma de RD$13,992.00 (Trece Mil
Novecientos Noventa y Dos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior JOSE FRANCISCO ALVAREZ PEREYRA,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 67.- Se eleva a la suma de RD$7,353.00 (Siete Mil Trescientos
Cincuenta y Tres Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora LILA ALTAGRACIA GOMEZ TORRES, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 68.- Se eleva a la suma de RD$11,520.00 (Once Mil
Quinientos Veinte Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior CLAUD10 FIGUEREO ALCANTARA, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 69.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la seiiora
CARMEN TERESA CERON ELSEVYF, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 70.- Se eleva a la suma de RD$7,200.00 (Siete Mil Doscientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora MERCEDES CONTRERAS, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 71.- Se eleva a la suma de RD$7,200.00 (Siete Mil Doscientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora LILIANA FELICIA FIGUEROA RODRIGUEZ, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 72.- Se eleva a la suma de RD$2,640.00 (Dos Mil Seiscientos
Cuarenta Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora ASUNCION RAFAELA M. HERRAND CAMINERO DE GARCIA,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 73.- Se eleva a la suma de RD$4,000.00 (Cuatro Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
LEOPOLDO ALCANTARA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 74.- Se eleva a la suma de RD$4,800.00 (Cuatro Mil
Ochocientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior GUSTAVO RAMON SABATER LAMA, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 75.- Se eleva a la suma de RD$4,800.00 (Cuatro Mil
Ochocientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora NURYS ALTAGRACIA MARMOLEJOS P. DE CHALAS, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 76.- Se eleva a la suma de RD$3,600. (Tres Mil Seiscientos
Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la
seiiora ANA OSIRIS NUNEZ NICASIO, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 77.- Se eleva a la suma de RD$5,772.58 (Cinco Mil
Setecientos Setenta y Dos Pesos con 58/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora SANTA JOSEFINA ALCANTARA FRAGOSO,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 78.- Se eleva a la suma de RD$9,647.03 (Nueve Mil
Seiscientos Cuarenta y Siete Pesos con 03/100) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor de la seiiora OLGA MARIA DEL CARMEN MATOS
HEREDIA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 79.- Se eleva a la suma de RD$13,992.00 (Trece Mil
Novecientos Noventa y Dos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior OCTAVIO ASTACIO MOTA, Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 80.- Se eleva a la suma de RD$5,000.00 (Cinco Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
RAMON LUCIAN0 VELOZ CABRERA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 81.- Se eleva a la suma de RD$4,000.00 (Cuatro Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
FELIX A. MERETE LUNA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 82.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
ADOLFO ALEJANDRO GUTIERREZ HERNANDEZ, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 83.- Se eleva a la suma de RD$2,829.00 (Dos Mil Ochocientos
Veintinueve Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior FELIPE FELIZ, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 84.- Se eleva a la suma de RD$3,960.00 (Tres Mil
Novecientos Sesenta Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora ADA NILKA MARIA BUONPENSIERE RUIZ,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 85.- Se eleva a la suma de RD$4,900.00 (Cuatro Mil
Novecientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior LUIS ANTONIO FRIAS ABREU, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 86.- Se eleva a la suma de RD$13,992.00 (Trece Mil
Novecientos Noventa y Dos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor de la seiiora MIGDALIA VILLAMAN HEREDIA, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 87.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
FRANKLIN ALBERT0 CASTILLO, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 88.- Se eleva a la suma de RD$6,108.00 (Seis Mil Ciento
Ocho Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor
de la seiiora ANA ANTONIA ERCILIA HOLGUIN BRETON, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 89.- Se eleva a la suma de RD$2,400.00 (Dos Mil
Cuatrocientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano,
a favor de la seiiora DIGNA DEL CARMEN CABRAL, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 90.- Se eleva a la suma de RD$7,000.00 (Siete Mil Pesos con
OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
FERNANDO ARTURO VELOZ, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 91.- Se eleva a la suma de RD$10,349.00 (Diez Mil
Trescientos Cuarenta y Nueve Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el
Estado dominicano, a favor del seiior ISRAEL PEREZ FRIAS, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 92.- Se eleva a la suma de RD$6,790.00 (Seis Mil Setecientos
Noventa Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior BENANCIO MOISES, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 93.- Se eleva a la suma de RD$4,800.00 (Cuatro Mil
Ochocientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor del seiior HERMENEGILDO SABALA CEDENO, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 94.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Dieciocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora LIGIA ALTAGRACIA DE LOS CANDELARIO
HERNANDEZ, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 95.- Se eleva a la suma de RD$8,720.00 (Ocho Mil
Setecientos Veinte Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior FELIZ EDUARDO NUNEZ DIAZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 96.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Dieciocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior BENITO HERNANDEZ DISLA, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 97.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Dieciocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior JULIO CESAR REYNOSO, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 98.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Dieciocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior JOSE ALBERT0 DOMINGUEZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 99.- Se eleva a la suma de RD$16,318.88 (Dieciseis Mil
Trescientos Dieciocho Pesos con SS/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor del seiior CESAR GABRIEL VALDEZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 100.- Se eleva a la suma de RD$9,340.34 (Nueve Mil
Trescientos Cuarenta Pesos con 34/100) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora VICTORIA DEL C. DE JESUS VDA. HERNANDEZ,
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 101.- Se eleva a la suma de RD$4,000.00 (Cuatro Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
RICARDO AUGUST0 VASQUEZ SERRA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 102.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
ELICEO DRULLARD PAYANO, Cedula de Identidad y Electoral No.O[cédula].
ARTICULO 103.- Se eleva a la suma de RD$7,200.00 (Siete Mil
Doscientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora GLORIA MARIA GOMEZ DE PEREZ, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 104.- Se eleva a la suma de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
JUAN VASQUEZ ACOSTA, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 105.- Se eleva a la suma de RD$8,300.00 (Ocho Mil
Trescientos Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a
favor de la seiiora GLADIS ALTAGRACIA DE LEON PENA, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 106.- Se eleva a la suma de RD$S,OOO.OO (Ocho Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor del seiior
APOLINAR DE JESUS CASTILLO, Cedula de identidad y Electoral No. [cédula].
ARTICULO 107.- Se eleva a la suma de RD$4,000.00 (Cuatro Mil Pesos
con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado dominicano, a favor de la seiiora
PELAYA RAFAELA TEJADA VDA. MARTINEZ, Cedula de identidad y Electoral No.
[cédula].
ARTICULO 108.- Se eleva a la suma de RD$6,380.00 (Seis Mil
Trescientos Ochenta Pesos con OO/lOO) mensuales, la pension otorgada por el Estado
dominicano, a favor de la seiiora EDILIA RODRIGUEZ DE ROJAS, Cedula de
identidad y Electoral No. [cédula].
ARTICULO 109.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Nueve Mil Pesos con 00/100 (RD$9,000.00) mensuales, a favor de la seiiora DULCE
MARIA MEDINA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 110.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Veinte Mil Setecientos Noventa y Un Pesos con 75/100 (RD$20,791.75) mensuales, a favor
del seiior SEVER0 DE JESUS OVALLE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 111.-Se le concede una pension del Estado dominicano de
Dieciseis Mil Ciento Setenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$16,175.00) mensuales, a favor
del seiior RAFAEL SILVESTRE SILVA CASADO, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 112.- Quedan derogados 10s Decretos Nos. 710-86, 668-86,
729-86 y 55-89, de fechas 8 de agosto de 1986, lro. de agosto de 1986, 8 de agosto de 1986
y 7 de febrero de 1989, respectivamente.
ARTICULO 113.- Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
ARTICULO 114.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s
fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la
Republica Dominicana, a 10s tres (3) dias del mes de agosto del aiio dos mil cuatro (2004);
aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.