Texto de la norma
Dec. No. 737-04 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado Dominicano a varios servidores públicos.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO: 737-04
VISTA la Ley No.379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la jubilación y se asigna una pensión del Estado a los siguientes servidores públicos:
1. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Eridania Arcenia Parra, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$3,000.00 (Tres Mil Pesos con00/100) mensuales.
2. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Santa Javier, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$5,000.00 (Cinco Mil Pesos con00/100) mensuales.
3. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Mercedes Amaro, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$5,000.00 (Cinco Mil Pesos con00/100) mensuales.
4. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Maria Ercilia Ramos, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$3,000.00 (Tres Mil Pesos con00/100) mensuales.
5. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Apolonia Enriqueta Pérez Díaz, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con00/100) mensuales.
6. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Marina Teodora Martínez, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$12,131.70 (Doce Mil Ciento Treinta y Un Pesos con 70/100) mensuales.
7. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Elsi Dolores Ovalles Rosario, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$8,000.00 (Ocho Mil Pesos con 70/100) mensuales.
8. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. Maria Yluminada Rodríguez Díaz, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$7,000.00 (Siete Mil Pesos con 70/100) mensuales.
9. Se le asigna una pensión del Estado dominicano a favor de la Sra. María Berenice Díaz de Fernández, Cédula de Identidad y Electoral No. [cédula], con un monto de RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos con 70/100) mensuales.
ARTICULO 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos.
ARTICULO 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República, a los tres (3) del mes de agosto del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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