Texto de la norma
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 727-04
CONSIDERANDO: Que la Consultoria de Cooperacion, Educacion,
Ciencia y Tecnologia (COCECYT) fue creada mediante Decreto Presidencial No. 56-02,
con el proposito de apoyar la mision del Dr. David Williams Cantero, quien fue nombrado
Director Ejecutivo de la misma, para contribuir e impulsar la cooperacion nacional e
internacional, asi como la transferencia e innovacion tecnologica y programas educativos,
para la formacion y superacion de 10s recursos humanos.
CONSIDERANDO: Que la COCECYT no es una institucion de caracter
permanente sino que fue creada como soporte a las actividades a ser desarrolladas por el
citado consultor internacional, cuyo contrato de trabajo vence el 16 de agosto del 2004.
CONSIDERANDO: Que muchas de las tareas gubernamentales que viene
realizando el COCECYT pueden ser asimiladas por otros organismos y dependencias de la
adrninistracion central del Estado como son: la Secretaria de Estado de Educacion Superior,
Ciencia y Tecnologia (SEESCYT), el Instituto Nacional del Azucar (INAZUCAR), la
Secretaria de Estado de Educacion, con relacion a la enseiianza politecnica, la Secretaria de
Estado de Agricultura (SEA), la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, la Secretaria de Estado de Cultura, la Academia de Ciencias de la Republica
Dorninicana, la Comision de Reestructuracion del Sector Salud, la Secretaria de Estado de
Salud Publica y Asistencia Social, entre otras, como una forma de aligerar y concentrar la
estructura gubernamental.
VISTO el Decreto No. 56-02, que crea la Consultoria de Cooperacihn,
Educacihn, Ciencia y Tecnologia (COCECYT).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- La Consultoria de Cooperacihn, Educacihn, Ciencia y
Tecnologia (COCECYT) cesara en sus funciones el 16 de agosto del 2004, en
correspondencia con el termino del contrato consultor intemacional referido en el primer
considerando.
ARTICULO 2.- Todos 10s bienes materiales adquiridos por la COCECYT
se entregaran, bajo inventario, a la Secretaria Administrativa de la Presidencia de la
Republica en la persona del Secretario Administrativo de la Presidencia.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de agosto del aiio dos mil
cuatro (2004); aiios 160 de la Independencia y 142 de la Restauracihn.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.