Texto de la norma
Núm. 172.—DECRETO del C. N. asignando una suma al Colegio Seminario.
Dios, Patria y Libertad.—República Dominicana.—El Consejo Conservador y la Cámara del Tribunado reunidos en Congreso.
Visto el oficio del Sr. Ministro de Justicia é Instruccion Pública, fecha 16 de Setiembre último, sobre la omision que padeció la ley de gastos públicos para el año económico de Julio de 1848 a Junio de 1849.
Visto el informe de la Comision de peticiones.
Atendiendo: que la ley que establece un Colegio Seminario le asigna la suma de 12.000 pesos anualmente en moneda nacional al dicho establecimiento, asi mismo que los 1.000 pesos fuertes por una sola vez, cuya última suma figura en la ley de gastos públicos precitada, con omision de la segunda dotacion.
Considerando: que dicha omision no debe condenar á caducidad la ley sobre ereccion de un establecimiento necesario á la propagacion de las luces;
DECRETA:
Art. 1º. Se le asigna al Colegio Seminario de la República, creado por la ley de ocho de Mayo de 1848, la suma de 12.000 pesos en moneda nacional, segun se haya previsto por su segundo inciso art. 14. (1).
Art. 2º. La referida suma figurará en los egresos de las cuentas de la República en el ejercicio de 1848 á 1849, quedando su ejecucion á diligencia del Ministro del ramo.
El Congreso Nacional, en nombre de la República Dominicana, ejecútese el decreto que le asigna un asuma de 12.000 pesos moneda nacional al Colegio Seminario, el que será enviado al Poder Ejecutivo para su promulgacion dentro del término Constitucional.
Dado en la ciudad de Santo Domingo, Capital de la República á los once dias del mes de Octubre de 1848, y 5º. de la Patria.—El Presidente del Congreso, J. N. Tejera.—Los Secretarios: Juan Curiel.—Delgado.—A. Ramírez.
Cúmplase, comuníquese y circule en todo el territorio de la República Dominicana el decreto que le asigna suma de 12.000 pesos en moneda nacional al Colegio Seminario.
(1)—V. núm. 138.
Dado, sellado y refrendado en Santo Domingo á los trece dias del mes de Octubre de 1848, año 5º. de la Patria.—El Presidente de la República, Jimenes.—Refrendado: El Secretário de Estado de Hacienda, Comercio y Relaciones Exteriores, Dr. Caminero.
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