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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 332-07

QUE CONCEDE NATURALIZACION DOMINICANA A VARIAS PERSONAS Y PROVISIONALMENTE A MENORES DE EDAD.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 jul de 2007fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 10424Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 332-07 que concede naturalizacion dominicana a varias personas, y provisionalmente a menores de edad. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 332-07 VISTAS: Las instancias Nos. 4447, 4448, 4449, 4450, 4452, 4594, 4595, 4596, 4597, 4598, 4599, 46, 4601, 4602, 4603, 4804, 4806, 4685, 4686, 4687, 4689, 5150, 5151, 5152, 5153, 5154, 5155, 5215, 5216, 5217, 5593 y 5900 del 16,21,28,6 y 8, de mayo yjunio del 2007; 4593,4604,4775, 4805, 4982, 5149, 5699, 5895, 4451 y 5894 del 21,25,28,31, 6 y 16 de mayo y junio del 2007; respectivamente, que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía han elevado al Poder Ejecutivo, las personas cuyos nombres figuran en la parte dispositiva del presente Decreto; VISTA: La Ley No.1683, del 16 de abril de 1948, sobre Naturalización, y sus modificaciones; Y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Artículo 1. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana ordinaria a las personas que se indican a continuación: 1. Al señor José Manuel Suárez León, de nacionalidad cubana 2. Al señor Antonio Román Marchante Molina, de nacionalidad cubana 3. Al señor Boris Kuznetsov, de nacionalidad rusa 4. Al señor Roque Remberto Nápoles Rodríguez, de nacionalidad cubana 5. Al señor Antón Rafael Fustier Martínez, de nacionalidad cubana 6. Al señor David Bell Vasallo, de nacionalidad cubana 7. Al señor Hsian-Jang Hsieh, de nacionalidad china 8. Al señor Yung-Ling Edward Huang, de nacionalidad taiwanesa 9. Al señor Ulises Silveira Páez, de nacionalidad cubana 10. A la señora Jacquelin Martínez Martínez, de nacionalidad cubana 11. A la señora Aymee Morales Aranegui, de nacionalidad cubana 12. A la señora Teresa de Jesús Álvarez Rodríguez, de nacionalidad cubana 13. Al señor Carlos Manuel Castillo Gamez, de nacionalidad cubana 14. A la señora Elsa Lavastida Rodríguez, de nacionalidad cubana 15. Al señor Ozell Melchizedek Wells, de nacionalidad norteamericana 16. Al señor Lázaro José Iglesias González, de nacionalidad cubana 17. A la señora Maria del Pilar López Castrillón, de nacionalidad cubana 18. A la señora Karen Sarmentero Álvarez, de nacionalidad cubana 19. Al señor Yuan-Chang Liu, de nacionalidad taiwanesa 20. Al señor Min-Wen Liu, de nacionalidad taiwanesa 21. Al señor Te-Hsin Liu, de nacionalidad taiwanesa 22. Al señor Yu-Tang Chou, de nacionalidad taiwanesa 23. Al señor Rubén Puerta Valdés-Miranda, de nacionalidad cubana 24. Al señor Pedro Manuel Bello Mayor, de nacionalidad cubana 25. Al señor Orlando Iban Peón Leal, de nacionalidad cubana 26. A la señora Alyaideé Carreño Delgado, de nacionalidad cubana 27. Al señor Julio Antonio García Puerto, de nacionalidad cubana 28. Al señor Jorge Victor Antelo Pérez, de nacionalidad cubana 29. Al señor Charles Alonso Vega, de nacionalidad cubana 30. A la menor Sophia Alonso Carreño, de nacionalidad cubana 31. A la señora Nina Krivtsova, de nacionalidad rusa 32. Al señor Israel Izquierdo Sosa, de nacionalidad cubana 33. Al señor Yuxing Wu, de nacionalidad china 34. Al señor Andrés Feliciano Pérez Benavides, de nacionalidad cubana Artículo 2. Se concede el beneficio de la naturalización dominicana provisional a los menores que se indican a continuación: 1. Al menor Maximiliano Alcántara Lugo, de nacionalidad mexicana 2. A la menor Linda Angy Elena Peña Paredes, de nacionalidad colombiana 3. A la menor Julieth Andrea Peña Paredes, de nacionalidad colombiana 4. Al menor Andrés Alejandro Peña Paredes, de nacionalidad colombiana 5. Al menor Cesar Ernesto Soto Casado, de nacionalidad norteamericana 6. Al menor Geremy Jezabel Rojas Rodríguez, de nacionalidad norteamericana 7. A la menor Luisa Alexandra Figuereo Medina, de nacionalidad venezolana 8. Al menor Harbin Dennis Gómez Moya, de nacionalidad norteamericana 9. A la menor Wismel Marian Gómez Moya, de nacionalidad norteamericana 10. A la menor Carolina Matilde Quezada Zowe, de nacionalidad norteamericana 11. A la menor Patricia Virginia Quezada Zowe, de nacionalidad norteamericana 12. Al menor José Manuel Quezada Zowe, de nacionalidad norteamericana 13. Al menor Eduardo Guillermo Quezada Zowe, de nacionalidad norteamericana 14. Al menor Gianluca Cescon Rodríguez, de nacionalidad italiana Artículo 3. Se modifica el numeral 34 del Artículo 1, del Decreto No.148-07 del 22 de marzo de 2007, en lo que respecta a Basel Abdel Razzaq Deddb Alhaj, de, de nacionalidad jordana, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Basel Abdel Razzaq Deeb Alhaj, de nacionalidad jordana. Artículo 4. Se modifica el numeral 17 del Artículo 2, del Decreto No.244-07 del 4 de mayo de 2007, en lo que respecta a Jorge Jesús Suriel, de, de nacionalidad norteamericana, para que en lo adelante su nombre se lea de la siguiente manera: Jorge Jesús Suriel, de nacionalidad venezolana. Artículo 5. Los beneficiarios recibirán la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento, ante dicho funcionario, de fidelidad a la República Dominicana. Artículo 6. Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de julio del aiio dos mil siete (2007), aiios 164 de la Independencia y 144 de la Restauracihn. LEONEL FERNANDEZ

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona