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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 327-07

QUE ESTABLECE EL REGLAMENTO INTERNO DEL COMITE NACIONAL PARA EL ASEGURAMIENTO DE ANTICONCEPTIVOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 jul de 2007fecha
Reglamentotipo
G. O. 10424Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (26,614 caracteres)
Dec. No. 327-07 que establece el Reglamento Interno del Comitk Nacional para el Aseguramiento de Anticonceptivos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 327-07 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Constitucion de la Republica, es funcion del Estado dominicano velar por la proteccion de la salud de la poblacion. CONSIDERANDO: Que la prestacion de servicios de salud por parte del Estado dominicano, debe ser organizado y regulado para permitir la correcta y adecuada aplicacion de 10s mismos. CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS), como entidad rectora del sistema nacional de salud y el Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA), cuya mision es regular 10s fenomenos que afectan a la poblacion en cuanto a su volumen, estructura, dinamica y distribucion en el territorio nacional, a1 presidir el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), permitirin que este pueda conducirse en el proceso de garantizar a la sociedad la disponibilidad asegurada de insumos anticonceptivos. VISTA la Ley No. 42-01, de fecha 8 de marzo de 2001, sobre Ley General de Salud; VISTO el Decreto No.2091, de fecha 14 de febrero del 1968, que crea el Consejo Nacional de Poblacion y Familia. VISTO el Reglamento No.4476, de fecha 15 de diciembre de 1969, para el Consejo Nacional de Poblacion y Familia. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente REGLAMENTO INTERN0 DEL COMITE NACIONAL PARA EL ASEGURAMIENTO DE ANTICONCEPTIVOS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- Objetivo. Desarrollar la organizacion y funcionamiento del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos y el presente Reglamento se denominara Reglamento del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). ARTICULO 2.- Observancia. Las disposiciones de este Reglamento son obligatorias para 10s integrantes del Comite, a quienes compete su cumplimiento. CAPITULO I1 NATURALEZA DEL COMITE NACIONAL PARA LA DISPONIBILIDAD ASEGURADA DE INSUMOS ANTICONCEPTIVOS (DAIA) ARTICULO 3.- Proposito. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), tiene como objetivo constituirse en el ente asesor ad hoc de las instituciones del Estado y otras que lo requieran, en materia de aseguramiento de insumos de anticonceptivos, a fin de coadyuvar en el proceso de garantizar a la poblacion de la Republica Dominicana, la disponibilidad de 10s mismos, entendiendose como tal, 10s metodos anticonceptivos para satisfacer la demanda con propositos de promover la planificacion familiar, medio e instrumento para la prevencion y control de la mortalidad materna e infantil, asi como infecciones de transmision sexual, incluyendo el VIH/SIDA. Esto se lograra mediante las siguientes estrategias; a. Proveer informacion a las entidades del Estado y otras que lo requieran acerca de las necesidades de anticonceptivos actuales y futuras, considerando 10s patrones de demanda y preferencia de metodos de la poblacion, asi como 10s cambios en la demanda de anticonceptivos, que resultan del crecimiento de la poblacion. Brindara informacion acerca de 10s mecanismos de compra de 10s anticonceptivos vigentes en el pais, proveedores, costos, calidad e innovaciones en 10s sistemas de adrninistracion logistica, que contribuyan a lograr mayores niveles de aprovisionamiento de anticonceptivos. b. Brindar asesoria a las entidades del Estado y otras que lo requieran para realizar estimaciones anuales, a nivel institucional, de las necesidades de anticonceptivos y condones para la poblacion a la cual atienden, asi como las estimaciones de costos anuales, y formular las politicas y estrategias nacionales que contribuyan a1 aprovisionamiento de anticonceptivos en el corto, mediano y largo plazo. C. Apoyar mediante procesos de abogacia y consenso con las autoridades y 10s niveles de decision que correspondan en cada caso, asi como evaluar el proceso de gestion de fondos que realizan las instituciones del Estado y otras que lo requieran para las compras de anticonceptivos y condones. ARTICULO 4.- De la creacion del Comitk Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA): Sera creada mediante decreto del Poder Ejecutivo. CAPITULO 111 DE LOS INTEGRANTES DEL COMITE NACIONAL PARA LA DISPONIBILIDAD ASEGURADA DE INSUMOS ANTICONCEPTIVOS (DAIA) ARTICULO 5.- Integrantes. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), se integrara de la siguiente manera: Un representante del Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA); a. Un representante de la Subsecretaria de Salud Colectiva (SSC); b. C. Un representante de la Direccion General Materno Infantil y Adolescentes (DIGEMIA); d. Un representante del Programa Nacional de Prevencion y Control de ITS/VIH/SIDA; e. Un representante de la Asociacion Dorninicana Pro-Bienestar de la Familia (PROF AMILIA); Un representante de la Asociacion Dorninicana de Planificacion (ADOPLAFAM); f. Un representante del Comisionado para la Reforma del Sector Salud (CERSS); g. Un representante de las Fuerzas Armadas (FF.AA.); h. 1. Un representante del Instituto Dominican0 de Seguros Sociales (IDSS); Un representante del Programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE-CAL); J. Un representante de la Secretaria de Estado de la Mujer (SEM); k. Un representante del Seguro Nacional de Salud (SENASA); 1. m Un representante de la Asociacion Farmaceutica Dorninicana (AFD); n. Un representante de Seguros Nacional de Salud (INSALUD); 0. Un representante del Instituto Nacional de Clinicas Privadas (ANDECLIP); p. Un representante de la Asociacion Dominicana de Obstetricia y Ginecologia; q. Un representante del Programa Nacional Integral a la Salud de 10s y las Adolescentes (PRONAISA); r. Un representante de la Direccion General de Enfermeria; S. Un representante de la Direccion General de Drogas y Farmacias. Un representante de la Subsecretaria Administracion y Financiera, t. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), invitara en calidad de miembros y asesores, a representantes de otros sectores para formar parte del Comite de la DAIA, quienes participaran de acuerdo a su disponibilidad e intereses: a) Un representante del Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas (UNFPA); b) Un representante de la Agencia de 10s Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (US AID); Un representante de CONECTNUSAID, mientras tenga vigencia este proyecto; c) d) Un representante de la Universidad Autonoma de Santo Domingo (UASD); Un representante de la Oficina Panamericana de la Salud (OPWOMS); e) f) Un representante del Proyecto de Reforma y Descentralizacion en Salud (REDSALUD). El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), podra invitar a otros representantes de organizaciones de la sociedad civil y sector publico, privado y comercial, asi de la comunidad internacional que contribuyan a1 logro de sus objetivos. ACREDITACION ARTICULO 6.- Acreditacion. Cada miembro del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), designark por escrito, a su representante. En cas0 de ausencia o impediment0 temporal, se debera acreditar, de la misma forma, un representante suplente. ARTICULO 7.- Sustitucion. En cas0 de que el representante institucional ante el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), finalice su relacion laboral, en la institucion que representa, se debera nombrar a1 sustituto, en un plazo de cinco dias habiles. DOMICIL10 Y SEDE ARTICULO 8.- Domicilio: El domicilio sera el de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS). Sede: La sede para las reuniones del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), sera la que fije la Subsecretaria de Salud Colectiva y el Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA). CAPITULO IV FUNCIONES Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS DEL COMITE DE LA DAIA ARTICULO 9.- Organizacion y Direcciones del Comitk Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). Su estructura organica estara conformada por todas las instituciones publicas, privadas y ONGs que ofrecen servicios de planificacion familiar. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), sera dirigido por la Subsecretaria de la Salud Colectiva o su Representante y/o el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA). El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), se subdividira en 10s siguientes subcomites: a) Subcomite Coordinador; b) Subcomite de Administracion Logistica; c) Subcomite de Politica y Estrategia; d) Subcomite de Finanzas. ARTICULO 10.-Obligaciones. Los integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), a traves de sus representantes, tendrin las siguientes obligaciones: Cumplir con las obligaciones y las actividades de trabajo que se establezcan en el Plan de Trabajo Anual. b) Asistir a reuniones ordinarias y extraordinarias a las cuales Sean convocados, y participar en las deliberaciones de temas de interes para el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). c) Participar en las actividades que desarrolle el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). d) Mantener informados a 10s diferentes niveles jerarquicos de la institucion que representa, sobre las dediciones adoptadas por el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA) ARTICULO 11.- Funciones del Comitk Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). Este Comite tendra las funciones siguientes: Desarrollar una estrategia a 5 aiios y elaborar el plan de trabajo anual del mismo. Los planes se elaboraran en el ultimo primer trimestre del aiio anterior a1 que se debera implementar el mismo. El plan de trabajo debera ser aprobado por la mitad mas uno de 10s integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA) e incluira las actividades que realizara para contribuir a1 logro de sus objetivos. Producir y/o sistematizar informacion existente acerca de las necesidades de 10s anticonceptivos actuales y futuros, mecanismos de compras, proveedores, costos y calidad, variedad y disponibilidad de metodos, asi como innovaciones en 10s sistemas de adrninistracion logistica, como insumo basico para el apoyo que se brinde a las entidades del Estado y otras que lo requieran. Producir y/o sistematizar informacion existente acerca de politicas, estrategias y programas nacionales e institucionales que contribuyan a1 aprovisionamiento de anticonceptivos, en el corto, mediano largo plazo, como insumo basico para el apoyo que se brinde a las entidades del Estado y otras que lo requieran. Establecer vinculos de colaboracion con las entidades del Estado y otras que lo requieran, en la tematica de aprovechamiento de anticonceptivos a fin de ofrecer la asesoria ad hoc del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), para la planificacion de politicas, estrategias, planes y acciones que contribuyan con la disponibilidad de metodos anticonceptivos a la poblacion. Proveer a las entidades del Estado y otras que lo requieran, informacion y asesorias para la elaboracion de planes operativos, en lo relativo a la disponibilidad de anticonceptivos para la poblacion. Apoyar mediante procesos de abogacia y consenso con las autoridades y 10s niveles de decision que correspondan en cada caso, las acciones que realizan las instituciones del Estado y otras que lo requieren, para la gestion de fondos para las compras de anticonceptivos, la revision y actualizacion del Listado Basico de Insumos y de materiales, asi como de equipos medicos, y tambien politicas y normas relacionadas con el tema. g) Apoyar las acciones de las entidades del Estado y otras que lo requieran, dirigidas a fortalecer 10s componentes de promocihn y auto cuidado de la salud integral de la poblacihn usuaria de metodos anticonceptivos. h) Elaborar informes cuatrimestrales de las actividades del Comite y distribuirlos entre las entidades del Estado, y otras afines a1 tema de aprovechamiento de anticonceptivos que asi lo requieran. Se utilizaran 10s medios necesarios, incluyendo 10s electrhnicos, que las instituciones integrantes pongan para tal fin. Realizar actividades de divulgacihn para la entrega de informacihn sobre la tematica de aprovisionamiento de anticonceptivos. Crear un comite de compras de insumos anticonceptivos ARTICULO 12.- Funciones y Atribuciones del Director General. La coordinacihn estara a cargo de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social por medio de la Subsecretaria de Salud Colectiva y/o el Consejo Nacional de Poblacihn y Familia (CONAPOFA). Son funciones y atribuciones de la Direccihn General Central, las siguientes: Coordinar y representar a1 Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA); Ser vocero oficial del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA); Convocar a 10s miembros del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), a reuniones ordinarias y extraordinarias, dentro de 10s periodos establecidos en este Reglamento; Moderar las reuniones; Firmar la documentacihn relacionada con 10s temas que coordina el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). Cumplir y hacer cumplir este Reglamento y demas disposiciones del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA); Proponer a 10s miembros del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), la persona que se encargara de 10s asuntos secretariales y atribuciones; h) La mitad mas uno de 10s integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), propondran a 10s miembros que integraran 10s subcomites especificos; i) Tramitar en nombre del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), para conocimiento del Secretario de Salud Publica y Asistencia Social, el informe anual y extraordinario, sobre el estado de 10s trabajos relacionados con el Comite de la DAIA y de 10s documentos relativos a materia. Copia del mismo debera proporcionar a cada una de las instituciones integrantes del Comite de la DAIA, entidades del Estado y otras afines; j) Establecer 10s vinculos de colaboracihn con las entidades del Estado y otras afines a la materia; k) Gestionar ante instituciones nacionales e internacionales, el apoyo necesario para realizar las funciones inherentes a la labor del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). ARTICULO 13.- Funciones del Subcornit6 de Adrninistracion Logistica. Son funciones y atribuciones de este Subcomite. Nombrar un coordinador, secretario y relator del Subcomite; a. Elaborar las agendas de las reuniones del Subcomite; b, C. Levantar las actas de las reuniones, que contengan las deliberaciones y las resoluciones acordadas en el sen0 del Subcomite; d, Remitir copia del acta de cada reunion ordinaria y/o extraordinaria a las instituciones integrantes del Subcomite, dentro de 10s siete dias posteriores a la realizacihn de la misma; e. Llevar el control de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Subcomite por medio del libro correspondiente; Coordinar las propuestas y actividades que determine el Subcomite; f. g, Cursar a 10s miembros del Subcomite las convocatorias a reuniones ordinarias y extraordinarias; Ser depositario de 10s archivos del Subcomite; h, 1. Recopilar informacihn sobre consumo para la elaboracihn de estimulaciones, proyecciones y analisis de consumo; Elaborar estimulaciones y proyecciones de necesidades de anticonceptivos a nivel nacional, por 10s organizadores del Estado y otras afines que provean estos servicios: k. Asesorar a las entidades del Estado y otras que lo requieran para la elaboracihn de estimaciones y proyecciones de demanda futura de anticonceptivos; fortalecimientos de 10s sistemas de informacihn para que las instituciones generen informacihn confiable, oportuna y de calidad mejoramiento de indicadores de abastecimiento, reproduccihn de demanda insatisfecha y otros relacionados a1 tema; 1. Apoyar a1 Subcomite de Finanzas en la cuantificacihn de 10s recursos financieros para enfrentar la demanda nacional de anticonceptivos y suministros para la poblacihn usuaria; m Asesorar a las entidades del Estado y otras Sines que lo requieran, en la definicihn de estandares de calidad y en el desarrollo e implementacihn de buenas practicas de sistemas de administracihn logistica, basado en normas internacionales; n. Compartir y/o diseminar informacihn sobre experiencias exitosas en otros paises y que puedan ser utiles para 10s prestadores de servicios de planificacihn familiar; 0. Toda institucihn publica, privada u ONG’s que adquieran insumos anticonceptivos para ser distribuidos en el territorio nacional, debera informarlo a1 Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA); P. Supervisar y monitorear 10s sistemas de almacenamiento logisticos de las instituciones que adquieran anticonceptivos, y sugerir tecnicas para preservar la vida uti1 de 10s mismos. ARTICULO 14.- FUNCIONES DEL SUBCOMITE DE POLITICAS Y ESTFUTEGIAS. Son funciones y atribuciones de este Subcomite: a) nombrar un coordinador, secretario y relatador del Subcomite; Elaborar las agendas de las reuniones del Subcomite; b) c) Levantar el acta de las reuniones que contengan las deliberaciones y las resoluciones acordadas en el sen0 del Subcomite; d) Remitir copia del acta de cada reunion ordinaria y/o extraordinaria a las instituciones integrantes del Subcomite, dentro de 10s siete dias posteriores a la realizacihn de la misma; e) Llevar el control de las reuniones ordinarias y extraordinarias del Subcomite por medio del libro correspondiente; Coordinar las propuestas y actividades que determine el Subcomite; f) g) Cursar a 10s miembros del Subcomite las convocatorias a las reuniones ordinarias y extraordinarias; Ser depositario de 10s archivos del Subcomite; h) i) Asesorar en la formulacihn, evaluacihn y monitoreo de las politicas publicas inherentes a las acciones para el aprovisionamiento de insumos anticonceptivos; j) Apoyar a las entidades del Estado y otras afines que lo requieran sobre politicas relacionadas con todos 10s aspectos del aprovisionamiento de anticonceptivos; k) Asesorar a las entidades del Estado y otras afines que lo requieran para establecer 10s enlaces y la coordinacihn necesaria en el tema de aprovisionamiento de anticonceptivos con las politicas del sector salud y otro sector, incluyendo el sector privado; 1) Asesorar sobre las necesidades de investigacihn en temas relevantes para la formulacihn y evaluacihn de politicas y programas que contribuyan a1 aprovisionamiento de anticonceptivos como son: la segmentacihn de mercado, barreras medicas, capacidad de pago, continuidad en el us0 de metodos, demanda insatisfecha, descentralizacihn y financiamiento, entre otros; m) Asesorar a las entidades del Estado y otras afines, que lo requieran, en el us0 de informacihn para la toma de decisiones en temas prioritarios para el aprovisionamiento de anticonceptivos; n) Contribuir a la eliminacihn de barreras para la adquisicihn, produccihn, comercializacihn y distribucihn de anticonceptivos en el pais, de acuerdo a las oportunidades que brinde el context0 nacional e internacional. ARTICULO 15.- FUNCIONES DEL SUBCOMITE DE FINANZAS. Son funciones y atribuciones de este Subcomite: Nombrar un coordinador, secretario y relator del Subcomite; a) Elaborar las agendas de las reuniones; b) c) Levantar el acta de las reuniones que contengan las deliberaciones y las resoluciones acordadas en el sen0 del Subcomite; Remitir copia del acta de cada reunion ordinaria y/o extraordinaria a las instituciones integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), dentro de 10s siete dias posteriores a la realizacion de la misma; Llevar el control de las reuniones ordinarias y extraordinarias por medio del libro correspondiente; Coordinar las propuestas y las actividades que determine el Comite de la DAIA; Cursar a 10s miembros del Subcomite las convocatorias a reuniones ordinarias y extraordinarias: Ser depositario de 10s archivos del Subcomite; Asesorar a las entidades del Estado y otras afines que lo requieran para: elaborar proyecciones de costos para cubrir la demanda de anticonceptivos y condones para la prevencion de ITS/VIH/SIDA; definir estrategias que aseguren 10s recursos financieros para las compras de anticonceptivos; cuantificar 10s costos para enfrentar el desafio nacional de proveer suministros y servicios de calidad, a precios accesibles y gratuitos, para 10s diferentes segmentos de la poblacion que clasifiquen dentro de 10s Regimenes Contributivos Subsidiados y No Subsidiados; Monitorear la asignacion, eficiencia y eficacia en el us0 de 10s recursos en el proceso de adquisicion, distribucion y entrega de anticonceptivos; Las compras de insumos anticonceptivos de planificacion familiar se haran de acuerdo a lo que disponga la Comision de Compras del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), integrada por 10s representantes de la Subsecretaria de Salud Colectiva (SSC), Subsecretaria Administrativa y Financiera, Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA), Programa de Medicamentos Esenciales (PROMESE-CAL), Seguro Nacional de Salud (SENASA) e Instituto Dominican0 de Seguros Sociales (IDSS). CAPITULO V DE LAS REUNIONES DE TRABAJO ARTICULO 16.- REUNIONES. Las reuniones de trabajo de Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), seran ordinarias y extraordinarias. ARTICULO 17.- REUNIONES ORDINARIAS. Los integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), se reuniran ordinariamente cada mes calendario, previa convocatoria. La convocatoria se debera cursar con ocho dias de antelacion a la reunion. En cas0 de sugerencia, la convocatoria se hara con dos dias de anticipacion. La convocatoria la hara el Coordinador General del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA). ARTICULO 18.- REUNIONES EXTRAORDINARIAS. El Coordinador General del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), cuando fuere necesario, convocara reuniones extraordinarias en la institucion donde se facilite la realizacion de la misma. ARTICULO 19.- QUORUM. Para llevar a cab0 las reuniones del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), el quorum se conformara con la mitad mas uno de sus integrantes. ARTICULO 20.- DECISIONES Y DELIBERACIONES. Para que las resoluciones del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), tengan validez se tomarin por mayoria de 10s asistentes, constituida por la mitad mas uno. ARTICULO 21.- VOTO RAZONADO. A solicitud de cualquiera de 10s integrantes del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), se hara constar su voto razonado, cuando se aparte de resuelto por la mayoria. CAPITULO VI DE LAS ACTAS ARTICULO 22.- LIBRO DE ACTAS. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA) y sus respectivos subcomites llevarin un Libro de Actas de las reuniones ordinarias y extraordinarias. ARTICULO 23.- REQUISITOS. En las actas debera hacerse constar el lugar, fecha, hora y folios donde esta contenido el desarrollo de la reunion, 10s nombres de 10s representantes de las instituciones asistentes a las reuniones del Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA) y/o de subcomites, y de 10s ausentes, con o sin excusa, asi como 10s temas discutidos y las resoluciones adoptadas por el Comite de la DAIA y/o Subcomite en pleno. Por cada punto desarrollado y aprobado de la agenda, las contendras el resumen de las deliberaciones, asi como 10s acuerdos y 10s comprornisos asumidos. CAPITULO VI1 RECURSOS MATERIALES ARTICULO 24.- RECURSOS MATERIALES. Dado su caracter ad hoc de asesoria, seguimiento y apoyo especializado, el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), podra gestionar, con sujecion a las disposiciones legales, aportes de entidades gubernamentales y no gubernamentales, nacionales e internacionales, en especie o efectivo, de bienes, productos o servicios y especialmente 10s provenientes de las entidades e instituciones que oficialmente integran el Comite de la DAIA, para realizar sus funciones. CAPITULO VI11 DISPOSICIONES FINALES ARTICULO 25.- MODIFICACIONES. El presente Reglamento podra ser modificado por el Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), cuando se considere necesario, y sea propuesto por la mitad mas uno de sus integrantes, cuyas mociones de rnodificacion se debera consensuar y hacer constar en el acta correspondiente. ARTICULO 26.- PROCEDIMIENTO. Las propuestas de modificaciones se deberan solicitar por escrito a1 Coordinador Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), que deberan ser enviadas para su analisis y opinion a la Asesoria Judicial de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social (SESPAS) y el Consejo Nacional de Poblacion y Familia (CONAPOFA), quienes la retornarin con el dictamen correspondiente, en un plazo de quince dias, las cuales se presentaran a1 Comite de la DAIA, para su conocimiento y efectos pertinentes. ARTICULO 27.- VIGENCIA. El Comite Nacional para la Disponibilidad Asegurada de Insumos Anticonceptivos (DAIA), de Republica Dorninicana regira a partir de la publicacion del presente decreto. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la Republica Dorninicana, a 10s tres (3) dias del mes de julio de dos mil siete (2007); aiios 164 de la Independencia y 144 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona