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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 369-07

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
17 jul de 2007fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10427Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (21,297 caracteres)
Dec. No. 369-07 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 369-07 VISTAS: La ley No. 4381 del 10 de febrero de 1956 y la Ley No. 5577 del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente D E C R E T O: ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Barahona, provincia Barahona, a vender a la señora Magalys Kelli de Mendez, una porción de terreno que tiene una designación municipal No.17, de la manzana No.4, dentro del ámbito de la parcela catastral No.51, del D.C. No.2, del municipio de Barahona, con un área corregida de 232.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.18 (Arida Castillo); al Sur, calle proyecto; al Este, solar No.16 (Bernardino Espinosa); y al Oeste, sucesores Lama, por la suma de veintitrés mil doscientos pesos (RD$23,200.00). ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de El Seibo, provincia El Seibo, a vender a la compañía Cortes Hermanos y Co. C.POR.A, representada por el señor Julio Navarro Tull, un solar que está dentro de la manzana catastral No.159 del Distrito Catastral No.1, del municipio de El Seibo, con designación municipal del solar No.017-83, con un área corregida de 779.49 metros cuadrados, manzana No.159, con los siguientes linderos: al Norte, calle Wascar Manzanillo; al Este, calle Teofilo Hernández; al Sur, resto Manzana; y al Oeste, calle Gral. Antonio Ramírez, por la suma de ciento noventa y cuatro mil ochocientos setenta y dos pesos con cincuenta centavos (RD$194,872.50). ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a los señores Joel Palacio De Los Santos y Migdalia Palacio De Los Santos, un solar que está dentro del D.C. No.1, del municipio de Higüey, y con una designación municipal No.4693, y con un área corregida de 171.42 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Bienvenido Creales; al Este, Senon Herrera; al Sur, Arroyo Cagero; al Oeste, Rosa Castillo, por la suma de veinticinco mil setecientos trece pesos (RD$25,713.00). ARTÍCULO 4.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a la señora María Jiménez, un solar que está dentro de la parcela catastral No.194, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Higüey, con designación municipal de solar No.1773, manzana No.194, con un área corregida de 293.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Maria De La Cruz; al Sur, calle Víctor De Castro; al Este, Carmen; y al Oeste, Lucas Rijo, por la suma de treinta y siete mil cuatrocientos setenta y nueve pesos con noventa centavos (RD$37,479.90). ARTÍCULO 5.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Pedro de Macorís, provincia San Pedro de Macorís, a vender al señor Jacinto Rodríguez Martínez, un solar que está dentro de la manzana catastral No.21, del D.C. No.1, con designación municipal del solar No.5, manzana No.21, con un área corregida de 458.04 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto manzana No.21; al Este, resto manzana No.21; al Sur, resto manzana No.21; y al Oeste, calle Simón Bolívar, por la suma de ciento catorce mil quinientos diez pesos (RD$114,510.00). ARTÍCULO 6.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender al señor Juan Ortiz Santana, un solar que está dentro de la manzana catastral No.249, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Higüey, con designación municipal de solar No.4739, manzana No.249, con un área corregida de 250.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Ing. Bienvenido Creales; al Este, Eduvigen Guerrero; al Sur, Arroyo Caguero; al Oeste, Ramón Espiritusanto, por la suma de sesenta y dos mil setecientos cuarenta pesos (RD$62,740.00). ARTÍCULO 7.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a la señora Fidelis Yaquenis María Morel Beato, un solar que está dentro de la manzana catastral No.204, del D.C. No.1, del municipio de Higüey, con designación municipal de solar No.4739, manzana No.204, con un área corregida de 381.25 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, José Cedeño; al Este, calle Servio Doucudray; al Sur, E. Cedeño; al Oeste, Resto de Manzana, por la suma de setenta y seis mil doscientos cincuenta pesos (RD$76,250.00). ARTÍCULO 8.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender al señor Alejandro Albert Batista, un solar que está dentro del Distrito Catastral No.1 (la manzana no está saneada), del municipio de Higüey, con designación municipal de solar No.67.66, manzana No.1000, con un área corregida de 211.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Padre Billini; al Este, solar del ayuntamiento; al Sur, La Aviación; al Oeste, solar del ayuntamiento, por la suma de treinta y un nueve mil quinientos sesenta y dos pesos (RD$39,562.00). ARTÍCULO 9.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Higüey, provincia La Altagracia, a vender a la señora Yomaris Altagracia Arias Sánchez, un solar que está dentro de la manzana catastral No.267, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Higüey, con designación municipal de solar No.8084, manzana No.267, con un área corregida de 344.86 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, su fondo; al Este, Darío Cedano; al Sur, calle Cayacoa; al Oeste, Manuel Rijo, por la suma de sesenta y ocho mil novecientos setenta y dos pesos (RD$68,972.00). ARTÍCULO 10.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Francisco de Macorís, provincia Duarte, a vender al señor Rafael Antonio Ortega González, un solar que está dentro de la manzana catastral No.90, del Distrito Catastral No.1, del municipio de San Francisco de Macorís, y con designación municipal de solar No.1510, manzana No.90, con un área corregida de 351.17 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, resto manzana No.90; al Este, calle El Carmen; al Sur, Sr. Graciano Lora; al Oeste, Sr. Rafael Antonio Ortega González, por la suma de seiscientos quince mil setecientos setenta y dos pesos (RD$615,772.00). ARTÍCULO 11.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pedro Evangelista Abreu Muñoz, un solar que está dentro de la parcela catastral No.56, del D.C. No.8 del municipio de Santiago, y con designación municipal de solar No. 5, manzana 11, con un área corregida de 435.46 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, solar No.4; al Este, carretera a la Ceibita; al Sur, calle Teo Cruz; al Oeste, solar No.6, por la suma de ciento quince mil trescientos noventa y seis pesos con noventa centavos (RD$115,396.90). ARTÍCULO 12.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender a los señores Sucesores de Simón Zouain, un solar que tiene designación municipal No.1971, de la manzana municipal No.140, correspondiente a parte del solar catastral No.18 dentro de la manzana No.115 D.C. No.1, con un área corregida de 150.08 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, Carmen Vila Vda. Padilla; al Este, Dr. Diego Reynoso; al Sur, calle Restauración; al Oeste, Antonio Zouain, por la suma de veintisiete mil catorce pesos con cuarenta centavos (RD$27,014.40). ARTÍCULO 13.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia de Santiago de los Caballeros, a vender al señor Francisco Rubén Sánchez, un solar que está dentro de la parcela catastral No.7-C-8-C del Distrito Catastral No.8, del municipio de Santiago, con designación municipal de solar No.7-C-8-D-1 y 7-8-D-D-2, manzana 5, con un área corregida de 601.04 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, parcela No.7-C-8-C; al Este, solar municipal No.7-C-8-D-4; al Sur, calle en proyecto; al Oeste, solar municipal No.7-C-8-C-7, por la suma de ciento noventa y cinco mil trescientos treinta y ocho pesos (RD$195,338.00). ARTÍCULO 14.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender a los señores Rafael David Rocha y Carlos Julio Rocha Bello, una porción de terreno que está dentro de la parcela catastral No.11, del Distrito Catastral No.10, con un área corregida de 2,544.79 tareas, con los siguientes linderos: al Norte, parcela No.10 El Ejido, Arroyo Guayabo; al Este, El Ejido, camino Bayaguana-Santa Cruz; al Sur, parcela No.12 El Ejido, camino Bayaguana-Santa Cruz; al Oeste, parcela No.12, camino Bayaguana-Mata Santiago, por la suma de dos millones treinta y cinco mil setecientos setenta pesos (RD$2,035,760.00). ARTÍCULO 15.- Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Bayaguana, provincia Monte Plata, a vender al señor Rafael Wessin Castillo, el solar No.1 que está dentro de la manzana catastral 49, del Distrito Catastral No.1, del municipio de Bayaguana, con un área corregida de 522.96 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte, calle Ñoña Taveras; al Este, calle Sánchez; al Sur, Sr. Fidias Polanco; al Oeste, calle Duarte, por la suma de ciento setenta y dos mil ochocientos pesos (RD$172,800.00). ARTÍCULO 16.- Se modifica el Artículo 21, del Decreto 450-06, de fecha 3 de octubre del año 2006, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Pedro Celestino Alberto Almonte, un solar municipal No.5, de la manzana 4-A, correspondiente a la parcela catastral No.7-2-8-1, del D.C. No.8, de la comunidad de Rincón Largo, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: Al Norte, parcela municipal No.293-D; Al Este, parcela municipal No.293 (Resto); Al Sur, calle Proyecto; Al Oeste, solar municipal No.3, por la suma de ciento veintinueve mil ciento sesenta y cinco pesos (RD$129,165.00)". ARTÍCULO 17.- Se modifica el Artículo 27, del Decreto 65-07, de fecha 26 de febrero del año 2007, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la señora Estela María Deschamps Valverde y Compartes, un solar municipal No.2119 de la manzana 150, correspondiente al solar catastral No.1, de la manzana catastral No.144, del D.C. No.1, ubicado en la calle Restauración, Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: Al Norte, calle Restauración; Al Este, solar municipal No.2120; Al Sur, solar municipal 2118; Al Oeste, calle Sabana Larga, por la suma de sesenta mil novecientos veinticuatro pesos con cincuenta centavos (RD$60,924.50)". ARTÍCULO 18.- Se modifica el Artículo 6, del Decreto 454-05, de fecha 19 de agosto del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Baní, provincia Peravia, a vender al señor Rafael Claudio Amador, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.12-A, con designación municipal de solar No.12-A, manzana No.09-2003, del Distrito Catastral No.8, del municipio de Baní, con los siguientes linderos: Al Norte, Ave. Presidente Billini; Al Este, solares No.15 y 16; Al Sur, resto parcela No.12-A; Al Oeste, calle Alejandro Acosta, por la suma de ochocientos dieciocho mil ochocientos setenta y cinco pesos con sesenta y tres centavos (RD$818,875.00)". ARTÍCULO 19.- Se modifica el Artículo 9, del Decreto 450-06, de fecha 3 de octubre del año 2006, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de El Seibo, a vender a la señora Ángela Álvarez Béras, una porción de terreno que se encuentra dentro de la parcela catastral No.92, del Distrito Catastral No.33-2da., con designación municipal del solar No.14-97, del municipio del Seibo, con un área corregida de 598.93 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, Dr. Joaquín Paniagua Gil; Al Este, señor Roberto Mercedes; Al Sur, calle Carlos R. Goico; Al Oeste, calle Cecilio N, por la suma de sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y seis pesos con veinticinco centavos (RD$74,866.25)". ARTÍCULO 20.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto 454-05, de fecha 19 de agosto del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Ena Francisca Arias Almanzar, un solar municipal No.4, de la manzana No.1, correspondiente a la parcela catastral No.2-B-2-A, porción B, del Distrito Catastral No.1, del sector Elijo, del municipio de Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No.2; Al Este, calle Primera; Al Sur, solar municipal No.4; Al Oeste, solares municipales Nos.12 y 12-A, por la suma de diecisiete mil cuatrocientos setenta y cinco pesos con cuarenta centavos (RD$17,465.40)". ARTÍCULO 21.- Se modifica el Artículo 18, del Decreto 352-03, de fecha 8 de abril del año 2003, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Puerto Plata, a vender al señor César Castillo, un solar municipal No.204-83, manzana 204, correspondiente al parcela catastral No.36, del Distrito Catastral No.9, del municipio de Puerto Plata, con una extensión superficial de 151.64 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, Neyda de la Cruz; Al Este, calle Primera; Al Sur, Urbano la Luz; Al Oeste, Carmela R. De la Cruz, por un valor ascendente a la suma de quince mil ciento sesenta y cuatro pesos (RD$15,164.00)". ARTÍCULO 22.- Se modifica el Artículo 20, del Decreto 452-05, de fecha 2 de mayo del año 2006, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Tenares, provincia Salcedo, a vender al señor Carlos Manuel Pichardo, un solar dentro de la parcela catastral No.9, del Distrito Catastral No.1, con una designación municipal del solar No.7, manzana 9, con los siguientes linderos: Al Norte, Francisco de la Cruz; Al Este, calle Dr. Tejada Florentino; Al Sur, Domingo Toca H. solar No.5 y calle Central; Al Oeste, solar arrendado por Diógenes Gómez, por la suma de cuarenta y un mil setecientos noventa y nueve pesos (RD$41,799.00)". ARTÍCULO 23.- Se modifica el Artículo 5, párrafo 2, del Decreto 327-05, de fecha 16 de junio del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de San Juan de la Maguana, a vender a la señora Mencia De Los Santos, un solar No.12 (parte), manzana No.221, Distrito Catastral No.1, del municipio de San Juan de la Maguana, con un área de 287.03 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, solares Nos.2 y 3; Al Este, Carlos González; Al Sur, calle Wenceslao Ramírez; Al Oeste, Rafael Segura, por la suma de cuarenta y tres mil cincuenta y cuatro pesos con cincuenta centavos (RD$43,054.50)". ARTÍCULO 24.- Se modifica el Artículo 8, del Decreto 515-06, de fecha 17 de octubre del año 2006, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender al señor Víctor Arias, un solar municipal No.1-A-1-A, de la manzana municipal No.293, correspondiente al solar No.1-C-1, porción D del D.C. No.1 del municipio de Santiago, con un área corregida de 164.67 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, calle en Proyecto; Al Este, avenida Bartolomé Colón; Al Sur, parcela No.336-F-A (Parte); Al Oeste, solar No.1-A-1-B, por la suma de treinta y ocho mil novecientos noventa y dos pesos con treinta y ocho centavos (RD$38,992.38)". ARTÍCULO 25.- Se modifica el Artículo 3, del Decreto 1020-01, de fecha 15 de octubre del año 2001, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor Victor Golberg Michaelis, solar municipal No.28-B, manzana No.4, correspondiente a la parcela catastral No.7-C-7-B-31, del D.C. No.8, con una extensión superficial de 1,826.07 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No.20; Al Este, autopista Duarte; Al Sur, solar municipal No.26; Al Oeste, solar municipal No.28-A, por la suma de sesenta y cinco mil doscientos catorce pesos (RD$65,214.00)". ARTÍCULO 26.- Se modifica el Artículo 19, del Decreto 674-05, de fecha 12 de diciembre del año 2005, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender Inmobiliaria Yunen Sebelen, C.Por.A, un solar municipal No.2261, manzana No.168, correspondiente al solar catastral No.13, de la manzana catastral No.229, del Distrito Catastral No.1, ubicado en la calle Boy Scout, del municipio de Santiago, con los siguientes linderos: Al Norte, Sr. José Yunen; Al Este, solar No.2260; Al Sur, calle Boy Scout; Al Oeste, solar No.2262, por la suma de veinte y tres mil cuatrocientos setenta pesos con cuarenta centavos (RD$23,460.40)". ARTÍCULO 27.- Se modifica el Artículo 28, del Decreto 65-07, de fecha 26 de febrero del año 2007, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Adelinda Torres Torres, un solar municipal No.18, manzana No.38, correspondiente a la parcela catastral No.154-A, del Distrito Catastral No.6, ubicado en el sector Francis Caamaño, con un área de 106.34 metros cuadrados, con los siguientes linderos: Al Norte, solar No.17; Al Este, calle No.5; Al Sur, solar No.19; Al Oeste, solar No.22, por la suma de treinta y un mil novecientos dos pesos (RD$31,902.00)". ARTÍCULO 28.- Se modifica el Artículo 2, del Decreto 90-04, de fecha 6 de febrero del año 2004, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a los señores Senia Altagracia Rodríguez De La Cruz y Diógenes De La Cruz, un solar municipal No.38, manzana 59, correspondiente a la parcela catastral No.129-A, del Distrito Catastral No.6, con un área de 133.83 metros cuadrados, ubicado en el sector Manolo Tavarez, con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No.39; Al Este, solar municipal No.9; Al Sur, solar municipal No.37; Al Oeste, carretera "Las Ciénagas", por la suma de diecisiete mil trescientos noventa y nueve pesos con veinte centavos (RD$17,399.20)". ARTÍCULO 29.- Se modifica el Artículo 1, letra D, del Decreto 981-83, de fecha 14 de abril del año 1983, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Oneida Mercedes Betances de Guzmán, un solar municipal No.11, manzana 5-Sur, correspondiente al solar catastral No.11, de la manzana catastral No.782, del D.C. No 1, ubicado en el sector Ensanche Libertad, con los siguientes linderos: Al Norte, solar municipal No.3; Al Este, solar municipal No.12; Al Sur, solar municipal No.18; Al Oeste, solar municipal No.10, por la suma de seiscientos treinta pesos con sesenta y cuatro centavos (RD$630.64)". ARTÍCULO 30.- Se modifica el Artículo 39, del Decreto 515-06, de fecha 17 de octubre del año 2006, para que diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender al señor José Arismendy Batista Fernández, un solar municipal No.31 (Antes 235-2-A-2), manzana 15 (Antes 4), correspondiente a la parcela catastral No.6-B-26, del Distrito Catastral No.8, ubicado en la calle Primera, Hoya del Caimito, Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: Al Norte, solares Nos. 30 y 29, 26 y 27; Al Este, calle 1era.; Al Sur, solares Nos.32, 33-B, 34, 35, 36, 37, 38, 39-A y 39-B; Al Oeste, calle No.3, por la suma de seiscientos treinta y cuatro mil quinientos ochenta y cinco pesos (RD$634,585.00)”. ARTÍCULO 31.- Se modifica el Artículo 11, del Decreto 683-04, de fecha 21 de julio del año 2004, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, a vender a la señora Mercedes Altagracia Arias Flete, un solar municipal No.320-J, manzana A, correspondiente a la parcela catastral No.7-C-8-I, del Distrito Catastral No.8, ubicado en el sector Marilopez, Santiago de los Caballeros, con los siguientes linderos: Al Norte, calle No.2; Al Este, solar municipal No.320-K; Al Sur, Terreno municipal; Al Oeste, calle municipal No.320-I, por la suma de diez y seis mil catorce pesos (RD$16,014.00)”. ARTÍCULO 32.- Se modifica el Artículo 7, del Decreto 65-07, de fecha 26 de febrero del año 2007, para que diga de la siguiente manera: “Se autoriza al Ayuntamiento del municipio de Santiago, provincia Santiago de los Caballeros, a vender a la Compañía de Ahorros y Prestamos, debidamente representada por el señor Vicente A. Guzmán Durán, un solar que se encuentra dentro de la parcela catastral No.154-A, del Distrito Catastral No.6, con los siguientes linderos: Al Norte, solar No.11; Al Este, solares 9 y 11; Al Sur, calle Proyecto; Al Oeste, solar No.10-B, por la suma de treinta y tres mil cuatrocientos cuarenta y siete pesos (RD$33,447.00)”. ARTICULO 33.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía y a la Liga Municipal Dominicana, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de julio del año dos mil siete (2007); años 164 de la Independencia y 144 de la Restauración. LEONEL FERNÁNDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona