que concede el beneficio de la incorporación a la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Monte Plata, que tiene su domicilio en la provincia de Monte Plata, R.D
Dec. No. 446-05 que concede el beneficio de la incorporación a la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Monte Plata, que tiene su domicilio en la provincia de Monte Plata, R.D.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 446-05
VISTA la Ley No.50-87, del 4 de junio de 1987, sobre Cámaras de Comercio y Producción.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la Cámara de Comercio y Producción de la Provincia Monte Plata, que tiene su domicilio en la provincia de Monte Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en Asamblea Constitutiva celebrada en fecha 18 de enero del año 2004.
ARTICULO 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Industria y Comercio, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes agosto del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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