Texto de la norma
Dec. No. 442-05 que autoriza una impresión de sellos postales para el franqueo de correspondencias.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 442-05
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas No.2461, del 18 de julio de 1950.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza la emisión de sellos postales para el franqueo de las correspondencias, de acuerdo con las disposiciones técnicas siguientes:
DENOMINACION
Firma del Protocolo de Hermandad entre el Ayuntamiento de Santo Domingo y la Villa de la Guardia de Pontevedra, Galicia, España.
VALOR
CANTIDAD
DISEÑO
RD$10.00
100,000 ejemplares
escenas alusivas.
ESPECIFICACIONES
Llevarán la leyenda República Dominicana, Correos, su valor facial expresado y los textos que identifiquen el tema de su diseño.
ARTICULO 2.- Los sellos postales referidos en el artículo precedente serán de forma rectangular en hojas de cincuenta ejemplares bajo el procedimiento OFF-Set multicolor, excepto los souvenirs y hojas.
ARTICULO 3.- Para las indicadas emisiones se utilizará papel tropicalizado engomado de 56 gramos, sustancia 103G M².
ARTICULO 4- El tamaño de cada uno de los sellos postales a que se refiere el presente decreto, será determinado por la Comisión Oficial Filatélica.
ARTICULO 5- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas, al Tesorero Nacional, al Instituto Postal Dominicano y a la Comisión Oficial Filatélica, para los fines correspondiente.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de agosto del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNANDEZ
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