Texto de la norma
Dec. No. 418-05 que declara Patrimonio Monumental del pueblo dominicano, la casa No. 54 de la calle 12 de Julio de la ciudad de Puerto Plata, donde vivió y murió el General Gregorio Luperón.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 418-05
CONSIDERANDO: Que el Artículo 101 de la Constitución de la República establece que toda la riqueza artística e histórica del país, sea quien fuere su dueño, formará parte del patrimonio cultural de la nación y estará bajo la salvaguarda del Estado.
CONSIDERANDO: Que es obligación del Estado Dominicano, reglamentar todo lo relativo a la protección, conservación, enriquecimiento y utilización del patrimonio cultural de la nación.
CONSIDERANDO: Que es de alto interés del Gobierno Dominicano revalorizar el patrimonio cultural e histórico de la nación en todas sus formas y manifestaciones como política del Estado.
CONSIDERANDO: El profundo valor histórico y cultural de la casa marcada con el número 54 de la calle 12 de julio, en la ciudad de Puerto Plata, por haber
sido morada del glorioso General Gregorio Luperon, heroe y simbolo de la Restauracion de
la Independencia Nacional de 1863, cuyos rasgos arquitectonicos en estilo victoriano se
conservan en su modelo original.
CONSIDERANDO: Que por mucho tiempo, descendientes del General
Gregorio Luperon y destacados municipes puertoplateiios, reclaman de las autoridades
nacionales declarar como parte del patrimonio cultural del pueblo dominicano el referido
inmueble y a su vez convertirlo en un Museo que recuerde y honre la figura del Procer
Restaurador frente a las presentes y futuras generaciones.
VISTA la Constitucion de la Republica, en su Articulo 101
VISTA la Ley No. 318, del 14 de junio de 1968, sobre el Patrimonio
Cultural de la Nacion.
VISTA la Ley No. 492, del 27 de octubre de 1969; sobre Monumentos
Nacionales e Historicos.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se declara Patrimonio Monumental del pueblo dominicano,
la casa numero 54 de la calle 12 de julio, en la ciudad de Puerto Plata, donde vivio y murio
el General Gregorio Luperon, heroe y simbolo de la Restauracion de la Independencia
Nacional en 1863.
ARTICULO 2.- Se ordena a la Secretaria Administrativa de la Presidencia
la ejecucion del presente decreto, asi como tomar las previsiones necesarias para convertir
dicho Patrimonio en un Museo bajo mandato de un Patronato, que cumpla la finalidad de
honrar y recordar a1 Procer Restaurador frente a las presentes y futuras generaciones.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s dieciseis (16) dias del mes de agosto del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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