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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 518-05

QUE CONCEDE EL BENEFICIO DE LA INCORPORACION A VARIAS ASOCIACIONES COOPERATIVAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
20 sept de 2005fecha
Incorporación de asociacionestipo
G. O. 10340Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 518-05 que concede el beneficio de la incorporación a varias asociaciones cooperativas. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 518-05 VISTA la Ley No. 127, sobre Asociaciones Cooperativas, del 27 de enero de 1964. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a la siguientes asociaciones cooperativas: 1.- LA COOPERATIVA DE AHORROS, PRESTAMOS Y SERVICIOS MULTIPLES DE LA JUNTA DE BLOQUES INDEPENDIENTES DE ASOCIACIONES CAMPESINAS (COOPEJUBI), sito en Nagua, provincia María Trinidad Sánchez, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea celebrada en fecha veinticinco (25) del mes de enero del año 2003. 2.- LA COOPERATIVA DE SERVICIOS MULTIPLES DE LOS TAXISTAS Y GUIAS TURISTICOS Y AFINES DE PUERTO PLATA "LA ESPERANZA DEL ATLANTICO", sito en la calle Duarte No.36, segundo piso, Apto. B, Puerto Plata, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha veintinueve (29) del mes de octubre del año dos mil cuatro (2004). 3.- LA COOPERATIVA DE CONSUMO Y SERVICIOS MULTIPLES DE LA PROVINCIA DE AZUA "COOPSEMDA", sito en la ciudad de Azua, República Dominicana, y cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha treinta y uno (31) del mes de mayo del año dos mil tres (2003). ARTICULO 2.- Envíese al Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP), para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de septiembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona