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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1134-04

QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 2,3 Y 5 DEL DECRETO NO. 538-03, DEL 4 DE JUNIO DEL AÑO 2003.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 sept de 2004fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 10293Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1134-04 CONSIDERANDO: Que es de importancia capital viabilizar, en el menor tiempo posible, la forrnalizacion de 10s documentos de incorporacion de personal de nuevo ingreso, que se ha producido en la adrninistracion publica a partir del 16 de agosto del 2004. CONSIDERANDO: Que el Articulo No. 2 del Decreto No. 538-03, sobre el nombramiento de nuevo personal, a1 requerir la elaboracion de un contrato para regularizar la entrada de nuevo personal a1 Estado se justificaba en su momento para lograr transferir 10s empleados cuyos salarios provenian de la Cuenta No. 0122 (sueldos de personal nominal) a una nomina unificada y transparente para toda la adrninistracion publica. CONSIDERANDO: Que el espiritu de dicho Decreto era dar mayor transparencia a1 regimen de contratacion de servidores publicos, para lo que obligaba a trasladar todo el personal contratado internamente que existia en cada una de las entidades de la adrninistracion publica a la nomina de personal centralizado del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que la aplicacion en 10s momentos actuales de las formalidades previstas en dicho articulo ocasionarian una carga de trabajo cuyo volumen traeria consigo graves dificultades operativas a la Contraloria General de la Republica. CONSIDERANDO: Que el cumplimiento del referido articulo por parte de las distintas Secretarias de Estado y demis dependencias de la adrninistracion publica, generaria prolongados retrasos en la tramitacion de 10s nombramientos de nuevo personal, lo que a su vez traeria numerosos inconvenientes a1 sistema presupuestario y a1 funcionamiento de la confeccion de las nominas, perjudicando ademas a la ciudadania que requiere de 10s servicios de las distintas entidades del sector publico. CONSIDERANDO: Que es facultad de la Contraloria General de la Republica establecer 10s metodos y procedimientos para el manejo de 10s fondos publicos, asi como supervisar y auditar 10s organismos responsables de dicho manejo. CONSIDERANDO: Que el renglon de 10s servicios personales es un componente importante en el monto del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Publicos, por lo que las medidas de austeridad econornica deben incluir reducciones importantes en la nomina publica, pues se ha verificado que en numerosos organismos de la adrninistracion publica hay un personal que excede la cantidad requerida para que las distintas entidades puedan desempeiiar eficazmente sus respectivas misiones. VISTOS la Ley No. 14-91 del 20 de mayo de 1991, el Reglamento de Aplicacion de dicha Ley, No. 81-94 de fecha 29 de marzo de 1994 y el Decreto No. 538- 03, de fecha 4 de junio del 2003. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Quedan derogados 10s Articulos 2, 3 y 5 del Decreto No. 538-03, de fecha 4 de junio del 2003. ARTICULO 2.- Quedan nombrados como empleados fijos, todos 10s servidores publicos nombrados en las distintas Secretarias del Estado y sus respectivas dependencias institucionales desde el 16 de agosto del 2004, a1 16 de agosto del 2005. PARRAFO.. El presente decreto, conjuntamente con el nombramiento expedido por el titular de la dependencia de que se trate, sera utilizado como constancia de nombramiento fijo. Para tales fines, las autoridades deberan depositar copias de 10s documentos en el historial personal de cada uno de 10s servidores, para iniciar 10s procesos que a 10s fines pertinentes establecen las normativas correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s siete (7) dias del mes de septiembre del aiio dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ Dec. 1135-04 que designa al senor Josk Manuel Santana Silvestre, Director Ejecutivo de la Comision Internacional Asesora de Ciencia y Tecnologia, con rango de Embajador honorifico adscrito a la Cancilleria.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona