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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1106-03

QUE AUTORIZA A VARIOS AYUNTAMIENTOS A VENDER TERRENOS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
27 nov de 2003fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 10241Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Mostrar el texto (24,312 caracteres)
Dec. No. 1106-03 que autoriza a varios ayuntamientos a vender terrenos. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1106-03 VISTA la Ley No.4381, del 10 de febrero de 1956 y la Ley No.5577, del 12 de julio de 1961. En ejercicio de las atribmiones que me confiere el Articulo 55 de la Constituci6n de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO 1.- Se modifica el Articulo 4, del Decreto No. 370-98, de fecha 5 del mes de octubre del aiio 1998, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Santiago vender a 10s seiiores MARIO A. LLENAS BUENO Y DOLORES LLENAS BUENO, solar municipal No. 90-B-7-A-l-B, manzana No. 2, parcela catastral No. 213-B-21-AY D.C. No. 6, ubicado en 10s Cerros de Gurabo, Santiago, por un valor total de RD$629,738.55”. ARTICULO 2.- Se modifica el Articulo 18, del Decreto No. 29-03, de fecha 14 del mes de enero del aiio 2003, para que de ahora en adelahte diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Santiago vender a la sefiora SILVIA VALERIO, un solar, localizado dentro de la parcela catastral No. 6-B-33 (PARTE) del D. C. No. 6, designacidn municipal de solar No. 82, manzana No. 15, con un area corregida de doscientos veintiskis punto cincuenta metros cuadrados (226.50 Mts2), con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 1 .; a1 Este: Solar No. 1 ; a1 Sur: Solar No. 8 1 ; a1 Oeste: Calle 4, por un valor total de Cuarenta y Cinco Mil Trescientos Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$45,300.00). ARTICULO 3.- Se modifica el Articulo 11, del Decreto No. 66-02, de fecha 23 del mes de enero del afio 2002, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Santiago vender a1 sefior DOMING0 ANTONIO GONZALEZ RODRIGUEZ, un solar municipal marcado con el No. 3, de la manzana No. 123 (parte), de la parcela Catastral No. 219 (parte), del Distrito Catastral No. 6, con una extensidn superficial de doscientos sesenta y uno punto cincuenta y seis metros cuadrados (261.56 MTS2), con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle 0; a1 Este: Solar Municipal No. 4; a1 Sur: Solat Municipal No. 9; a1 Oeste: Solar Municipal No. 2, por un valor total de Cuarenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Cinco Pesos Oro con 20/100 (RD$44,465.20). ARTICULO 4.- Se modifica el Articulo 82, del Decreto No. 232-95, de fecha 12 del mes de octubre del afio 1995, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento h4unicipal de Santiago vender a la sefiora LUZ MARIA LOPEZ, un solar con designaci6n municipal No. 343 de la manzana No. 19, solar catastral No. 179-A (parte), porcion A, del D.C No. 1, con un area de 349.23 MT2., ubicado en la calle La Mufieca, del municipio de Santiago, por un valor total de RD$52,384.50.” ARTICULO 5.- Se modifica el Articulo 2, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del afio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior PEDRO CONSTANTINO BENITEZ, una porcion de terreno dentro de la manzana No. 1, parcela catastral No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 2 (Miguel Luna); a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur Solar No. 2 (Francisco Castro Zapata); y a1 Oeste: Solar No. 8 (Silverio Agramonte); por’un valor total de RD$l0,500.00.” ARTICULO 6.- Se inodifica el articulo 3, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del afio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior JUAN SABIN0 GOMEZ PEREZ, una porcion de terreno con designacion municipal de Solar No. 6, localizado dentro del ambito de la parcela catastral No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 7 (Hediberto Bonet Rodriguez); a1 Este: Solar No. 5 (Maritza Polanco); a1 Sur: Calle I; y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00 .” ARTICULO 7.- Se modifica el Articulo 5, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de-noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior HERIBERTO ALTAGRACIA RODRIGUEZ B., una porci6n de terreno con designacion municipal de Solar No. 7, manzana No. 7, localizado dentro del h b i t o de la parcela catastral No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. (Pedro JosC Rosario); a1 Este: Solar No. 4 (Maritza Lopez); a1 Sur: Solar No. 6 (Juan Sabino Gbmez), y a1 Oeste: Calle B por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 8.- Se modifica el Articulo 6, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del rnes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se aytoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la seiiora MARIA POLANCO, una porcidn de terreno que esth dentro de la manzana No.6, parcela catastral No. 125, ‘del Distrito No. 2 del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 4 (Maritza Lopez); a1 Este: Calle A; a1 Sur: Calle I; y a1 Oeste: Solar No. 6 (Juan Sabino Gdmez), por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 9.- Se modifica el Articulo 8, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior ANDRES HERIBERTO GUERRERO., una porcion de terreno con designaci6n municipal de solar No. 10, manzana No. 2, dentru del Bmbito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle H; a1 Este: Solar No. 1; a1 Sur: Solar No. 9; y a1 Oeste: Calle A. ARTICULO 10.- Se modifica el Articulo 10, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Rayaguana vender a1 seiior JUAN OGANDO ROJAS., una porcidn de terreno con designacibn municipal de solar No. 9, manzana No. 1, dentro del Bmbito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 10; a1 Este: ’Solar No. 2; a1 Sur: Solar No.8; y a1 Oeste: Calle A, por un valor total de RD$10,500.00. ARTICULO 11.- Se modifica el Articulo 11, del Decreto No. 491-99, de I fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior LUIS WILLIAN SANTANA SATURRIA, una porci6n de terreno con designacion municipal de solar No. 9, manzana No. 5, dentro del ambit0 de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 10 (Candida GomeiFrias); a1 Este: Solar No. 2 (George Mercedes Quezada); a1 Sur: Solar No. 8 (Alfred0 Rosario) ; y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” k ARTICULO 12.- Se modifica el Articulo 12, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del rnes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la ASOCIACION DE PROFESORES AGROPECUARIOS, (ANPA), una porcibn de terreno con designacion municipal de solares Nos. 6, 7 y 8 de la manzana No. 2, dentro del hmbito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 1,050.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 9 (Marcelino de Jesus Reynoso); a1 Este: Solares Nos. 3, 4 y 5; a1 Sur: Calle I ; y a1 Oeste: Calle A, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 13- Se rnodifica el Articulo 13, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior ALEJANDRITO BATISTA GALVAN, una porci6n de terreno con designacibn municipal de solar No. 5, de la manzana No. 1, dentro del ambito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 4; a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Calle H; y a1 Oeste: Solar No. 6, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 14.- Se modifica el Articulo 14, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del rnes de novieinbre del ado 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior RAMON CASTILLO GERMAN, una porcion de terreno con designacibn municipal de solar No. 4 de la manzana No. 5 , dentro del ambito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un kea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 4 (Loreto Antonio Saturria); a1 Este: Calle A; a1 Sur: Solar No. 5; y a1 Oeste: Jose de Jesus Reynoso, por un valor total de RD%10,500.00.” ARTICULO 15.- Se rnodifica el Articulo 15, del Decreto No. 491-99, de fecha IO del rnes de noviembre del afio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior GEORGE MERCEDES QUEZADA, una porcion de terreno con designacion municipal de solar No. 2, de la manzana No. 5, dentro del iimbito de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 1 (Manuel de Jesus Liriano); a1 Este: Calle A; a1 Sur: Solar No. 3 (Loreto Antonio Germh); y a1 Oeste: Solar No. 9 (William Santana Saturria), por un valor total de RD$10,500.00.” ! ARTICULO 16.- Se modifica el Articulo 16, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del rnes de noviembre del aiio 1999, para que .de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seaor SANTIAm GERMAN, una porcion de terreno con designaci6n municipal de solar No. 10, de la manzana No. 6, dentro del ambit0 de la parcela catastral No. 125 del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle H; a1 Este: Solar No. 1 (Frania Lami Sosa); a1 Sur: Solar No. 9 (Fermin Taveras Batista) ; y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 17.- Se modifica el Articulo 18, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior JOSE DE JESUS REYNOSO., una porci6n de terreno localizado dentro del h b i t o de la manzana No. 2, de la parcela catastral No. 125, del Uistrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 8 (Alfred0 Rosario); a1 Este: Solar No.e4 (Ram6n Castillo); a1 Sur: Solar No. 6 (Altagracia Alcangel); y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” c ARTICULO 18.- Se modifica el Articulo 19, del Decreto No. 491-99, de fecha 10 del mes de noviembre del aiio 1999, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior RAFAEL SANTOS REYES, una porcion de terreno que tiene designacion municipal de solar No.1 de la manzana No. 2, localizado dentro del Ambit0 de la parceia Catastral No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle H; a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Solar No. 2 (Ram6n M. Contreras) ; y a1 Qeste: Solar No. 10 (Andres Heriberto), por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 19.- Se modifica el Articdo 2, apartado No. 1, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la seiiora CANDIDA GOMEZ FRIAS, un solar, de la manzana municipal No. 5 de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un kea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle G; a1 Este: Solar No. 1; a1 Sur: Solar No. 9 (Luis William Santana Saturria); y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 20.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 2, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior FERMIN BEAT0 ROSARIO, un solar, el cual esta localizado dentro de la manzana municipal No. 1, de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Calle G; a1 Este: Solar municipal No. 1; a1 Sur: Solar municipal No. 9; y a1 Oeste: Calle A, por un valor total de RD$10,500.00.” i ARTICULO 21.- Se modifica el Articulo 3, apartado No. 3, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del aAo 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior RAMON PUENTES JIMENEZ, un solar, el cual tiene designacih municipal No. 6, localizado dentro de la parcela No. 125, Distrito Catastral No. 2, del ’ municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 7; al Este: Solar No. 5; al Sur: Calle H; y al Oeste: Calle A, por un valor total de RD$10,500.00." ARTICULO 22.- Se modifica el Artículo 2, apartado No. 5, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la señora MARITZA LOPEZ, un solar, el cual tiene designación municipal de Solar No. 4, manzana No. 6, localizado dentro del ámbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 3 (Julián Natera); al Este: Calle A. ; al Sur: Solar No. 5 (María Polanco); y al Oeste: Solar No. 7 (Fermín Taveras B.), por un valor total de RD$10,500.00." ARTICULO 23.- Se modifica el Artículo 2, apartado No. 6, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender al señor LORETO ANTONIO SATURRIA, un solar, el cual tiene designación municipal de Solar No. 3, manzana No. 5, localizado dentro del ámbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 2 (George Mercedes Quezada); al Este: Calle A; al Sur: Solar No. 4 (Ramón Castillo Germán); y al Oeste: Solar No. 8 (Alfredo Rosario), por un valor total de RD$10,500.00." ARTICULO 24.- Se modifica el Artículo 2, apartado No. 7, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender al señor SILVERIO AGRAMONTE DE LOS SANTOS, un solar, el cual tiene designación municipal de Solar No. 8, manzana No. 1, localizado dentro del ámbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 90; al Este: Solar No. 3; al Sur: Solar No. 7; y al Oeste: calle A, por un valor total de RD$10,500.00." ARTICULO 25.- Se modifica el Artículo 2, apartado No. 9, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender al señor FRANCISCO CASTRO ZAPATA, un solar, el cual tiene designación municipal No. 4, manzana No. 1, localizado dentro del ámbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un área de 350.00 metros cuadrados, con los siguientes linderos: al Norte: Solar No. 3; al Este: Calle Marginal; al Sur: Solar No. 5; y al Oeste: Solar No. 5, por un valor total de RD$10,500.00." ARTICULO 26.- Se modifica el Artículo 2, apartado No. 10, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del año 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: "Se autoriza al Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender al señor PEDRO JOSE ROSARIO TAVAREZ, un solar, el cual tiene designación -1 75- municipal No. 8, manzana No. 6, localizado dentro del ambito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 9 (Fermin Tavarez Batista); a1 Este: Solar No. 3 (Julih Natera); a1 Sur: Solar No. 7 (Heriberto Bonet Rodriguez); y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 27.- Se rnodifica el Articulo 2, apartado No. 11, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del afio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior MARCELIN0 DE JESUS REYNOSO, un solar, el cual tiene designacidn municipal No. 9, manzana No. 2, localizado dentro del ambito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un kea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 10 (AndrCs Heriberto Guerrero); a1 Este: Solar No. 2 (Rafael Santos Reyes); a1 Sur: Solar No. 8; y a1 Oeste: Calle A, por un valor total de RD$10,500.00.” ‘ ARTICULO 28.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 12, del Decreto No. 314-2000, de fecha IS del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la sefiora MARIA CRISTINA ROSARIO, un solar, el cual tiene designacidn municipal No. 3, manzana No. 2, localizado dentro del ambito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 2; a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Solar No. 4; y ai Oeste: Solar No. 8, por un valor total de RD$lO,§OO.OO.” ARTICULO 29.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 13, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior MIGUEL R. COULEAUX. LUNA, un solar, el cual tiene designacidn municipal No. 2, manzana No.1, localizado dentro del ambito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 1; a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Solar No. 3; y a1 Oeste: Solar No. 9, por un valor total de RD$10,§00.00.” ARTICULO 30.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 15, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del afio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 sefior WILSON CONTRERAS, un solar, el cual tiene designacidn municipal No. 5, manzana No.2, localizado dentro del iimbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, can un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 4; a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Solar Y; y a1 Oeste: Solar No. 6, por un valor total de RD$10,§00.00.” ARTICULO 31.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 17, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del afio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana -1 76- vender a1 seiior FERMIN TAVERAS BATISTA, un solar, el cual tiene designacidn municipal No. 9, manzana No.6, localizado dentro del hmbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un hrea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 10 (Santiago GermBn de Jesus); a1 Este: Solar No. 2 (Gilberto Rivera); a1 Sur: Solar 8 (Pedro JosC Rosario ; y a1 Oeste: Calle B, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 32.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 18, del Decreto No. 314-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior MARIA LEOCADIA GERMAN, un solar, el cual tiene designacibn municipal No. 5, manzana No. 5, localizado dentro del h b i t o de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Brea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 4 (Ram6n Castillo GermBn); a1 Este: Calle A; a1 Sur: Calle H; y a1 Oeste: Solar No. 6 (Altagracia Alcangel), por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 33.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 19, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior WILTON MANUEL BENITEZ DE LA ROSA, un solar, el cual tiene designacibn municipal No. 4, manzana No. 11, localizado dentro del h b i t o de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un Area de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 3; a1 Este: Calle B; a1 Sur: Solar No. 5; y a1 Oeste: Solar No. 7, por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 34.- Se modifica el Articulo-2, apartado No. 20, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a1 seiior RAMON MARIA CONTRERAS DE CASTRO, un solar, el cual tiene designacih municipal No. 2, manzana No. 2, localizado dentro del b b i t o de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un &-ea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar No. 1 (Rafael Santos Reyes); a1 Este: Calle Marginal; a1 Sur: Solar No. 3 (Maria Cristina Rosario); y a1 Oeste: Solar No. 9, (Marcelino de Jesus Reynoso), por un valor total de RD$10,500.00.” ARTICULO 35.- Se modifica el Articulo 2, apartado No. 21, del Decreto No. 3 14-2000, de fecha 15 del mes de enero del aiio 2000, para que de ahora en adelante diga de la siguiente manera: “Se autoriza a1 Ayuntamiento Municipal de Bayaguana vender a la seiiora FRANIA LAM1 SOSA, un solar, el cual tiene designacibn municipal No. 1, maqzana No. 6, localizado dentro-del hmbito de la parcela No. 125, del Distrito Catastral No. 2, del municipio de Bayaguana, con un &-ea de 350.00 metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte: Solar Calle €3; a1 Este: Calle A; a1 Sur: Solar No. 2 (Gilberto Sabino G.); y a1 Oeste: Solar No. 10, (Gilberto Sabino G.) por un valor total de RD$l Q,5OQ.OQ.” I 4RTICULO 36.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmhn, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintisiete (27) dias del mes de noviembre del aiio dos mil tres (2003); &os 160 de la Independencia y 14 1 de la Restauracibn. HIPOLITO MEJIA

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