Texto de la norma
Dec. No. 1072-03 que autoriza a la empresa Hotelera Natura, S. A., a hacer uso de 10 metros cuadrados dentro de la franja marítima-terrestre en las parcelas B-23 y 67-B parte, del D. C. No. 11/3ra., en Higüey.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1072-03
CONSIDERANDO: Que es interés del Estado promover el incremento de las actividades que contribuyan al desarrollo social y económico del país y propiciar las condiciones necesarias para la creación de un clima adecuado a fin de viabilizar las inversiones locales;
CONSIDERANDO: Que el turismo constituye actualmente uno de los más dinámicos sectores de la economía nacional;
CONSIDERANDO: Que la empresa Hotelera Natura, S.A., es una razón social organizada y existente bajo las leyes de la República Dominicana que tiene como objetivo principal el desarrollo de actividades turísticas y comerciales.
VISTA la Ley No. 541, de fecha 31 de diciembre de 1969 (Ley Orgánica de Turismo de la República Dominicana), y sus modificaciones;
VISTA la Ley No. 84, de fecha 26 de diciembre de 1979, que crea la Secretaría de Estado de Turismo;
VISTA la Ley No. 64-00, de fecha 25 de julio del 2000 (Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales);
VISTA la Ley No. 305, de fecha 23 de mayo de 1968.
VISTA la comunicación de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, SRMC 06-1127, de fecha 27 de julio del 2001.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se autoriza a la empresa Hotelera Natura, S.A., al uso de diez (10) metros cuadrados dentro de la franja marítima-terrestre de las parcelas Nos. 67-B-23 (parte) y 67-B (parte), del Distrito Catastral No. 11/3ra., ubicadas en el Municipio de Higüey, Provincia La Altagracia.
ARTICULO 2.- La autorización que por el presente decreto se confiere estará condicionada al cumplimiento por parte de la empresa beneficiaria de los requisitos establecidos en la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
ARTICULO 3.- Envíese a la Secretarías de Estado de Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales y la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de noviembre del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.