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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1331-04

QUE CREA E INTEGRA EL CONSEJO DIRECTIVO DEL ARCHIVO GENERAL DE A NACION

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
18 oct de 2004fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10298Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano
2personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Emilio Cordero MichelMiembro de un órganolas especialistas en archivisticas Marisol Floren
Marie France Balasse de MartinezMiembro de un órgano—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 1331-04 que crea e integra el Consejo Directivo del Archivo General de la Nacion. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 1331-04 CONSIDERANDO: que el Archivo General de la Nacihn es una institucihn de la mas alta importancia desde el punto de vista de las actividades del Estado y de la conservacihn de la memoria histhrica nacional. CONSIDERANDO: que el Archivo General de la Nacihn se encuentra en una situacihn calamitosa y requiere medidas urgentes de reorganizacihn y rescate. CONSIDERANDO: que se requiere de un organismo que trace 10s lineamientos fundamentales de reorganizacion y funcionamiento del Archivo. CONSIDERANDO: que resulta necesario actualizar el regimen legal, organizativo y de gestion del Archivo General de la Nacion, para adecuarlo a sus objetivos generales y a la importancia social que se le reconoce; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea el Consejo Directivo del Archivo General de la Nacion, integrado por el Secretario de Estado de Cultura, que lo presidira; el Presidente de la Academia Dominicana de la Historia, el Subsecretario de Estado de Cultura para Patrimonio Cultural; 10s historiadores Mu-Kien A. Sang y Emilio Corder0 Michel; y, las especialistas en archivisticas Marisol Floren y Marie France Balasse de Martinez. PARRAFO I.- El Director del Archivo General de la Nacion fungira como Secretario ex oficio del Consejo Directivo y asistira a sus reuniones con voz, per0 sin voto. PARRAFO 11.- El Consejo Directivo se reunira regularmente una vez a1 mes o por convocatoria extraordinaria de su Presidente. PARRAFO 111.- Los integrantes de este organismo realizaran su labor regular de manera honorifica. ARTICULO 2.- Para el cumplimiento de 10s fines fundamentales de la institucion, el Consejo Directivo del Archivo General de la Nacion tiene entre sus funciones basicas, las siguientes: Redefinir 10s objetivos generales del Archivo Elaborar un anteproyecto de ley organica de la institucion, para fines de aprobacion por parte del Poder Ejecutivo y su posterior envio a1 Congreso Nacional. Aprobar 10s planes de trabajo durante 10s periodos a ser establecidos Participar, junto a1 Director, en la definicion de 10s criterios de programacion e instrurnentacion de 10s referidos planes. Contribuir en la irnplementacion de programas de difusion cultural dirigidos a la poblacion y de colaboracion con las actividades de otras instituciones del Estado. Modificar el organigrama de la institucion. Definir las funciones del Directory de 10s jefes de departamentos. Convalidar las designaciones de 10s empleados de la institucion. Establecer las escalas de salarios, sujetas a la aprobacion por la Secretaria de Estado de Cultura. Aprobar 10s presupuestos de gastos anuales de la institucion, para ser sometidos a las instancias correspondientes del Estado. Gestionar ayudas tecnicas y de consultorias con organismos nacionales e internacionales. Establecer relaciones con personas y organismos nacionales y de otros paises cuya experiencia pueda ser de utilidad para 10s fines propuestos. Recibir informes periodicos del Director de la institucion. Elaborar un informe anual de desempeiio de la institucion dirigido a1 Secretario de Estado de Cultura y a1 Presidente de la Republica. PARRAFO.. El referido Conseio Directivo desemueiiara sus funciones I hasta que el Congreso Nacional apruebe una nueva Ley Organica del Archivo General de la Nacion. ARTICULO 3.- El Consejo Directivo del Archivo General de la Nacion elaborara su Reglamento en un plazo no mayor de 30 dias, en el cual debera quedar establecida la estructura operativa y administrativa para el cumplimiento del presente decreto. ARTICULO 4.- Queda derogado el Decreto No. 746-03, del 12 de agosto del aiio 2003, y cualquier otro Decreto o Reglamento que sea contrario a las presentes disposiciones. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominican% a 10s dieciocho (18) dias del mes de octubre del aiio dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 142 de la Restauracion. LEONEL FERNANDEZ

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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