Texto de la norma
Dec. No. 635-05 que crea e integra la Comisión Rectora de la Ciudad Colonial de Santo Domingo.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 635-05
CONSIDERANDO: Que tradicionalmente ha existido una gran dispersión institucional para el manejo sustentable y eficiente de la Ciudad Colonial, lo que se ha expresado en la creación de instancias y mecanismos que han tornado de manera más compleja e ineficiente el proceso de toma de decisiones para la gestión patrimonial y urbana de la Ciudad Colonial.
CONSIDERANDO: Que como parte del proceso de revitalización, conservación y mejoramiento del Centro Histórico, se requiere reducir el nivel de dispersión institucional para eficientizar la gestión urbana y patrimonial de la Ciudad Colonial.
CONSIDERANDO: Que las instituciones signatarias reconocen la necesidad de coordinar una comisión sostenible que gestione y sea eficiente en términos urbanos, de conservación, sociales y económicos de la Ciudad Colonial.
CONSIDERANDO: Que El Ayuntamiento del Distrito Nacional es una entidad de la administración pública, dotada de autonomía, cuya finalidad es la administración del territorio del Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, de acuerdo a lo establecido en la Ley No.3456, cuna institucional del Centro Histórico, por cuanto es el Ayuntamiento Primado del Nuevo Mundo.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado de Cultura, de acuerdo a lo establecido en la ley, tiene entre sus atribuciones, velar por la conservación del patrimonio histórico y cultural de la nación, entre los cuales se destaca por su singularidad y magnitud el de la Ciudad Colonial de la capital de la República, Patrimonio Nacional y Cultural de la Humanidad.
CONSIDERANDO: Que el Secretariado Técnico de la Presidencia, de acuerdo a lo establecido en la ley, tiene entre sus atribuciones, la formulación y coordinación de las políticas nacionales de desarrollo así como la definición de las políticas nacionales en materia de cooperación internacional y asistencia técnica con organismos internacionales tanto bilaterales como multilaterales.
VISTAS la Ley No.3456 del 21 de diciembre del año 1952 y sus modificaciones, Ley No.41-00 de fecha 28 de junio del 2000 y la ley No.10-65 de fecha 8 de septiembre del 1965 y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente:
DECRETO:
ARTÍCULO 1.- Se crea la Comisión Rectora de la Ciudad Colonial de Santo Domingo (CRCC), la cual tendrá por atribuciones principales, la definición, formulación, regulación, fiscalización y ejecución de las políticas, programas, planes y
proyectos de desarrollo, conservación y promoción, apoyándose en las capacidades de las distintas instituciones que la integran y en los mecanismos y estructuras que le sirvan de soporte a sus políticas, estrategias y actividades.
ARTÍCULO 2.- La Comisión Rectora de la Ciudad Colonial de Santo Domingo (CRCC), estará integrada de forma permanente por las siguientes instituciones públicas: Ayuntamiento del Distrito Nacional (A.D.N.), Secretaría de Estado de Cultura (SEC), Secretariado Técnico de la Presidencia (STP), y en calidad de miembros no permanentes o rotativos, un representante de la Sociedad Civil, un representante de una institución reconocida en la defensa del patrimonio construido, especialistas en conservación de monumentos y bienes culturales, designados por los miembros permanentes de la Comisión de acuerdo al Reglamento que se elabore para tal fin.
ARTÍCULO 3.- La Comisión será presidida por el Ayuntamiento del Distrito Nacional, el cual ostentará una presidencia permanente Ad Honores. La Secretaría de Estado de Cultura ostentará la Vice-Presidencia permanente de la Comisión.
ARTÍCULO 4.- La Comisión Rectora realizará sus actividades en el marco de una planificación estratégica anual, la cual deberá contener los lineamientos de las políticas, estrategias e iniciativas de desarrollo. Conservación y promoción de la ciudad Colonial y para su efectividad deberá ser aprobada por la mayoría de sus miembros.
ARTÍCULO 5.- Para el cabal cumplimiento de sus funciones, la Comisión se auxiliará de las siguientes estructuras bajo su dependencia:
a) Una Unidad Técnica Administrativa Especial, adscrita al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para la regulación de las funciones urbanas de la Ciudad Colonial. Esta contara con una Ventanilla Unica para los servicios de tramitación, uso de suelos y control de intervención urbana. Reunirá en su interior a los técnicos de la Dirección General de Planeamiento Urbano (DGPU) del Ayuntamiento del Distrito Nacional, de la Dirección Nacional de Patrimonio Monumental (DNPM) de la Secretaría de Estado de Cultura (SEC) y los de Edificaciones de la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones (SEOPC), para facilitar los procesos relativivos al control urbano.
b) Una Gerencia de Proyectos Estratégicos, con la función de promoción de inversiones y desarrollo del Centro Histórico, dependiendo directamente de la Comisión Rectora de la Ciudad Colonial de Santo Domingo (CRCC).
c) Fondo para la Protección de la Ciudad Colonial, con funciones estrictas de conservación de los inmuebles y adscrita en términos operativos a la Secretaría de Estado de Cultura (SEC). La fiscalización del estado de conservación de las edificaciones
patrimoniales e históricas, se mantiene dentro de la Secretaría de Estado de Cultura (SEC).
ARTÍCULO 6.- La CRCC, definirá los mecanismos, procedimientos y reglamentos que hagan viable su funcionamiento interno y de las distintas instancias que le sirven a la misma, tanto los aspectos de funcionamiento institucional como en los de procurar y manejar los recursos financieros y técnicos, a partir de la firma del presente convenio.
ARTÍCULO 7.- Todos los departamentos oficiales, autoridades gubernamentales y funcionarios públicos prestarán el más amplio apoyo y efectiva colaboración a la CRCC, para el logro de sus objetivos y para el cabal cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
ARTÍCULO 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Cultura, a la Secretaría Técnica de la Presidencia y al Ayuntamiento del Distrito Nacional, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes noviembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración.
LEONEL FERNÁNDEZ
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.