Texto de la norma
Dec. No. 624-05 que autoriza a varias personas a realizar cambios en sus nombres.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 624-05
CONSIDERANDO: Que las personas que figuran en la parte dispositiva
del presente Decreto, habian sido autorizadas por el Poder Ejecutivo a realizar 10s
procedimientos que para cambio de nombres establece la Ley No. 659, sobre Actos del
Estado Civil, del 17 de julio de 1944, y sus modificaciones.
CONSIDERNADO: Que la Junta Central Electoral ha informado no haber
recibido dentro del plazo legal, ningh acto de oposicion a la solicitud formulada en tal
sentido por 10s interesados.
CONSIDERANDO: Que han sido cumplidas todas las formalidades
requeridas por la ley.
VISTOS 10s Articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre Actos del
estado Civil, del 17 de julio de 1944.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- El seiior Reymundo Carela, queda autorizado a cambiar su
nombre por el de Raymundo Carela.
ARTICULO 2.- La seiiora Gresi Miguelina Perez Morel, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Greisy Pkrez Morel.
ARTICULO 3.- La seiiora Antonia Perez, queda autorizada a cambiar su
nombre por el de Amantina Pkrez.
ARTICULO 4.- El seiior Emigdio Augusto Ramirez Piiia, queda autorizado
a cambiar su nombre por el de Augusto Emigdio Ramirez Pina.
ARTICULO 5.- La seiiora Ocadia Rodriguez Guerra, queda autorizada a
cambiar su nombre por el de Ocadia Valentina Rodriguez Guerra.
ARTICULO 6.- Enviese a la Junta Central Electoral, para 10s fines
correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintidos (22) dias del mes de noviembre del aiio
dos mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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