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Decreto

Decreto 623-05

que crea el Instituto Nacional para la Defensa 27 de Febrero (INDEN), y modifica el Decreto No. 146-05

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 nov de 2005fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10344Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 623-05 que crea el Instituto Nacional para la Defensa 27 de Febrero (INDEN), y modifica el Decreto No. 146-05. LEONEL FERNANDEZ Presidente de la República Dominicana NUMERO: 623-05 CONSIDERANDO: Que la reforma y modernización de las instancias de las Fuerzas Armadas ha sido declarada de alta prioridad a nivel nacional y que dentro de ella el Gobierno Dominicano considera la profesionalización de sus miembros y el fortalecimiento y adecuación de sus instituciones educativas como una meta fundamental. CONSIDERANDO: Que para satisfacer la necesidad de agrupar todos los institutos militares de educación superior de las Fuerzas Armadas en una sola estructura funcional académica se deben tomar medidas entre las cuales se incluyan las modificaciones a las denominaciones de los institutos y academias que la conforman procurando que se ajusten de manera conjunta y sistemática a los requerimientos de la Ley No. 139-01, del 13 de agosto de 2001 y de la Secretaría de Estado de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, además de que cumplan su función educativa en virtud de lo que establece el Decreto No. 146-05, de fecha 21 de marzo de 2005. CONSIDERANDO: Que las Fuerzas Armadas dominicanas se encuentran desarrollando la reingeniería de los procesos de administración de la educación superior que imparten sus centros de enseñazas militares. VISTO el Decreto No. 1581-83, de fecha 19 de noviembre de 1983, que crea el Instituto Militar de Educación Superior General Juan Pablo Duarte y Diez. VISTO el Decreto No. 368-00, de fecha 8 de agosto del 2000, que autoriza la Academia Naval como Institución de Educación Superior. VISTO el Decreto No. 481-00, de fecha 18 de agosto del 2000, que crea el Instituto de Altos Estudios para la Defensa y Seguridad Nacional. VISTO el Decreto No. 697-00, del 4 de septiembre del 2000, que aprueba la Comisión Permanente para la Reforma y Modernización de las Fuerzas Armadas. VISTO el Decreto No. 351-01, de fecha 14 de marzo del 2001, que autoriza la Academia Militar Batalla de las Carreras a funcionar como Institución de Educación Superior. VISTO el Decreto No. 25-05, de fecha 31 de enero del 2005, que crea el Instituto Naval de Educación Superior. VISTO el Decreto No. 783-02, de fecha 9 de octubre del 2002, que crea el Instituto de Estudios Geopolíticos de las Fuerzas Armadas. VISTO el Decreto No. 480-00, de fecha 18 de agosto del 2000 modificado mediante el Decreto No. 104-03, de fecha 28 de febrero del 2003, que crea el Instituto Militar de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. VISTO el Decreto No. 496-03, de fecha 16 de mayo del 2003, que crea el Instituto Militar de Estudios Superiores Aeronáuticos. VISTO el Decreto No. 146-05 de fecha 21 de marzo del 2005 que reformula el Instituto Especializado de Estudios Superiores de las Fuerzas Armadas, el cual fuera instituido mediante el Decreto No. 1110 de fecha 2 de diciembre del 2003. VISTA la Ley No. 139-01, de fecha 13 de agosto del año 2001, que crea el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. VISTA la Resolución No. 44-2003, de fecha 14 de noviembre de] 2003, de la Octava Sesión Ordinaria del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCYT). En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se modifica el Artículo 1 del Decreto 146-05, de fecha 21 de marzo del 2005, para que se lea de la siguiente manera: "Artículo 1.- Se crea el Instituto Nacional para la Defensa 27 de Febrero (INADEN), conformado por: la Academia Naval de Estudios Superiores "Vicealmirante César De Windt Lavandier M. de G." (ANES); Academia Militar de las Fuerzas Armadas "Batalla de Las Carreras" (AMFA); Academia Aérea General de Brigada Piloto "Frank A. Feliz Miranda, F.A.D", las Escuelas de Graduados: de Estudios Superiores Aeronáuticos, de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, de Estudios Superiores Navales; de Educación Superior General "Juan Pablo Duarte y Diez", y la de Altos Estudios, además por la Dirección General de Educación Permanente, el cual tendrá la facultad de supervisar, fiscalizar y regular el desarrollo del funcionamiento académico de sus centros educativos y programas que lo integran, de viabilizar una mayor calidad en la educación superior y permanente que se imparten en el mismo, así como también mantener los estándares de eficiencia, eficacia, recursos y procesos adecuados en todo lo relativo a la gestión académica y de este modo garantizar el fortalecimiento institucional." ARTICULO 2.- En los artículos del Decreto No. 146-05, donde aparezca la denominación de Instituto Especializado de Enseñanza Superior de las Fuerzas Armadas, deberá leerse Instituto Nacional para la Defensa 27 de Febrero (INADEN), y donde se denomine a las organizaciones educativas que lo conforman como institutos, deberá leerse: Escuela de Graduados. ARTICULO 3.- Se modifica el Artículo 11 del Decreto No. 146-05, del 21 de marzo del 2005, para que donde diga Consejo Académico Especializado de Estudios Superiores de las Fuerzas Armadas, se lea: Consejo de Directores del Instituto Nacional para la Defensa 27 de Febrero (INADEN). ARTICULO 4.- Se modifica el Artículo 1 del Decreto No. 481-00, del 18 de agosto del 2000, para que donde diga Instituto de Altos Estudios para la Defensa y Seguridad Nacional, en lo adelante se lea: Escuela de Graduados de Altos Estudios. ARTICULO 5.- El Instituto de Estudios Geopolíticos de las Fuerzas Armadas creado mediante el Decreto No. 783-02, de fecha 9 de octubre del 2002, pasa a constituirse en un programa de la Escuela de Graduados de Altos Estudios. ARTICULO 6.- Queda derogado el Decreto No. 783-02, del 9 de octubre del 2002. ARTICULO 7.- Quedan modificados los Decretos Nos. 1581-83, de fecha 19 de noviembre de 1983, 368-00, de fecha 8 de agosto del 2000; 104-03 de fecha 28 de febrero del 2003 y el 496-03 de fecha 16 de mayo del 2003, y cualquier otra disposición que le sea contraria. ARTICULO 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Educación Superior, Ciencia y Tecnología y a la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, para los fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil cinco (2005); años 162 de la Independencia y 143 de la Restauración. LEONEL FERNANDEZ

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona