Texto de la norma
Dec. No. 618-05 que crea la Oficina Coordinadora (OC) de la Comision Nacional de
Negociaciones Comerciales.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 618-05
CONSIDERANDO: Que tras la ratificacion del Tratado de Libre Comercio
entre 10s Estados Unidos de America, la Republica Dominicana y Centro America, el pais
requiere hacer una serie de cambios y adaptaciones necesarias para su mejor
aprovechamiento y puesta en vigencia a partir de la fecha establecida para tal fin.
CONSIDERANDO: Que la ratificacion del indicado Tratado de Libre
Comercio DR-CAFTA requiere que el Gobierno Dominicano, el empresariado, 10s
trabajadores y la Sociedad Civil en general redefinan una estrategia nacional de
competitividad, y en ese sentido, una nueva estrategia de negociaciones comerciales, que
permita complementar 10s beneficios que este provee y responder a 10s retos que plantea, en
el context0 mas general de las negociaciones comerciales multilaterales en el marco de la
OMC, asi como las negociaciones bilaterales o regionales que Sean parte de 10s objetivos de
la Republica, o que se preven dentro del propio DR-CAFTA.
CONSIDERANDO: Que en la actualidad se requiere fortalecer la funcion y
la estructura de organizacion de la Comision Nacional de Negociaciones Comerciales
(CNNC), establecida mediante Decreto No. 74-97, de fecha 10 de febrero de 1997, como
maximo organo de diseiio, coordinacion y puesta en marcha de la politica comercial
exterior de la Republica.
CONSIDERANDO: Que dicho fortalecimiento hace necesario ajustes en la
actual estructura de la organizacion de la CNNC para 10s fines arriba indicados para lo cual
el Poder Ejecutivo debe intervenir para su mas rapida irnplementacion y puesta en vigor.
VISTOS 10s Decretos Nos. 74-97, del 10 de febrero de 1997 y 74-99, del 24
de febrero de 1999, relativos a la Comision Nacional de Negociaciones Comerciales; y el
Decreto No. 610-05, de fecha 2 de noviembre de 2005, que crea el Consejo Nacional de
Irnplementacion y Administracion de Tratados (CONIAT).
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se crea la Oficina Coordinadora (OC) de la Comisihn
Nacional de Negociaciones Comercial (CNNC), como Secretaria Ejecutiva de la misma,
bajo la direccihn ejecutiva del Embajador Encargado de Negociaciones Comerciales, quien
reportara directamente a1 Poder Ejecutivo y a1 Presidente de la CNNC.
ARTICULO 2.- El Embajador Encargado de Negociaciones Comerciales
tendra a su cargo la direccihn y coordinacihn de todos 10s asuntos relativos a las
negociaciones comerciales en curso y las propuestas de definicihn de la politica comercial
internacional del pais, previa aprobacihn del Poder Ejecutivo y 10s titulares de la CNNC. En
esa condicihn el Embajador Encargado de Negociaciones Comerciales fungira como
Coordinador en Jefe de Negociaciones Comerciales del pais y coordinador de las diferentes
areas de la CNNC. El Embajador Encargado de Negociaciones Comerciales ademas de
secretario ejecutivo de la CNNC, tendra la calidad de miembro titular de la misma.
ARTICULO 3.- La Oficina Coordinadora de la CNNC tendra asignado un
presupuesto especifico a partir del presupuesto del 2006. El mismo sera ejecutado por esa
Oficina Coordinadora para el mejor funcionamiento de la misma, por lo cual se creara una
Unidad Ejecutora dentro del capitulo de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores.
Igualmente, cada institucihn participante en la CNNC aportara personal y recursos para el
mejor desenvolvimiento de las negociaciones, metas y misiones a cargo de la Oficina
Coordinadora. Todos 10s proyectos de cooperacihn externa para fortalecer la politica
comercial exterior del pais, seran coordinados y ejecutados por la Oficina Coordinadora de
la CNNC, en particular aquellos provenientes del BID, de la Union Europea o de otras
fuentes multilaterales.
ARTICULO 4.- El actual Departamento de Negociaciones Comerciales de
la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores queda integrado y bajo la direccihn de la
Oficina Coordinadora de la CNNC, asi como las funciones relativas a negociaciones
comerciales de la Subsecretaria de Estado de Relaciones Exteriores para Asuntos
Econhmicos y Negociaciones Comerciales.
ARTICULO 5.- La Oficina Coordinadora de la CNNC estara dirigida por el
Embajador Encargado de Negociaciones Comerciales designado mediante el Decreto No.
462-02, del 19 de agosto del 2005, Lic. Julio Ortega Tous, de acuerdo a lo dispuesto en el
Decreto No. 14-97, de fecha 10 de febrero de 1997, que creh la Comisihn Nacional de
Negociaciones Comerciales.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s once (1 1) dias del mes de noviembre del aiio dos
mil cinco (2005); aiios 162 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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