Texto de la norma
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 366-04
CONSIDERANDO: Que la comunidad dominicana en el exterior, ha hecho
aportes valiosos para el desarrollo de la Republica Dominicana, como fruto de su esfuerzo
y su trabajo tesonero;
CONSIDERANDO: Que la estabilidad rnacroeconomica y el desarrollo
nacional, se debe en gran medida a 10s aportes permanentes de la comunidad dominicana en
el exterior, y es de justicia corresponder a1 esfuerzo que implican estos aportes;
CONSIDERANDO: Que adquirir una vivienda digna ha sido una de 10s
anhelos principales de 10s dominicanos residentes en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO: Que la vivienda constituye una de las necesidades
fundamentales de la familia, constituyendo uno de 10s objetivos primarios del Gobierno
Constitucional;
CONSIDERANDO: Que se hace necesario crear 10s mecanismos juridicos
e institucionales que a traves de las entidades responsables de la aplicacion de la politica de
vivienda del Gobierno facilite que 10s dominicanos residentes en [domicilio omitido];
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se dispone que de 10s terrenos propiedad del Estado
Dominicano, sea asignada una porcion no menor de 500 mil metros cuadrados para la
edificacion de la Ciudad Satklite del dominicano residente en [domicilio omitido].
ARTICULO 2.- Se crea una Comision Inter.-Institucional integrada por el
Director Ejecutivo del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI), el Gerente General del
Banco Nacional de Foment0 de la Vivienda y la Produccion (BNV), el Administrador
General del Banco de Reservas de la Republica Dominicana, el Administrador General
de Bienes Nacionales y un representante de la comnnidad dominicana residente en el
exterior, para que en un plazo de 30 dias contados a partir de la fecha del presente decreto,
someta a1 Poder Ejecutivo las recomendaciones para la aplicacion de este decreto, ademas
de un informe con las recomendaciones para la aplicacion de las facilidades e incentivos
que el Gobierno de la Republica otorgara a 10s dominicanos residentes en [domicilio omitido].
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintitres (23) dias del mes de abril del aiio dos
mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.