Texto de la norma
Dec. No. 343-04 que dispone la ejecucion del programa Campamento de Verano para
Hijos de Dominicanos en el Exterior, el cual iniciara el primero de junio del presente
ano.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 343-04
CONSIDERANDO: Que la comunidad dominicana en el exterior hace
valiosos aportes a1 desarrollo del pais.
CONSIDERANDO: Que 10s esfuerzos y aportes de dicha comunidad deben
ser reconocido por el Estado Dominican0 brindandole facilidades para el fortalecimiento de
10s vinculos culturales y sociales con el pais.
CONSIDERANDO: Que 10s hijos de dominicanos residentes en [domicilio omitido].
CONSIDERANDO: Que es de alto interes para la sociedad el
fortalecimiento de 10s vinculos de las nuevas generaciones desarrolladas en el exterior, con
las sanas tradiciones de la Republica Dominicana.
CONSIDERANDO: Que es de alto interes iniciar la ejecucion de programas
especificos dirigidos a fomentar el intercambio cultural, profesional y familiar con 10s hijos
de 10s dominicanos residentes en [domicilio omitido].
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se dispone la ejecucion de un programa denominado
“Campamento de Verano para Hijos de Dominicanos en el Exterior”, el cual se iniciara
el primer0 de junio del presente aiio.
ARTICULO 2.- Las actividades a realizar incluiran temas de historia y
geografia dominicana, visitas a monumentos historicos y lugares de interes turistico,
ecologico, economico y cultural, cocina dominicana y bailes tipicos, entre otros.
ARTICULO 3.- Se designa a la Secretaria de Estado de Educacion Superior,
Ciencia y Tecnologia, responsable de la coordinacion de dicho programa, para lo cual
debera someter a1 Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de 30 dias, el presupuesto y
reglamento de seleccion correspondiente.
PARRAFO.. La SEESCYT procurara el apoyo correspondiente de 10s
Consulados dominicanos en el exterior, de las Secretarias de Estado de Direcciones
Generales, a 10s fines de asegurar el buen desenvolvimiento de este programa.
ARTICULO 4.- Se dispone que el costo de irnplementacion de este
programa sea cubierto en su totalidad por el Gobierno Dominicano.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s diecinueve (19) dias del mes de abril del aiio dos
mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.