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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 290-04

QUE DESIGNA CON EL NOMBRE DE PLAZA DE LAS BELLAS ARTES, A LA ACTUAL PLAZA DEL CONSERVATORIO

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 abr de 2004fecha
Otrostipo
G. O. 10275Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 290-04 que designa con el nombre de Plaza de las Bellas Artes, a la actual Plaza del Conservatorio. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 290-04 CONSIDERANDO: Que es responsabilidad del Estado, en ejercicio de las altas funciones que le son consustanciales como maximo promotor del bien comun, fomentar el desarrollo y el disfrute del arte y la cultura; CONSIDERANDO: Que en la actualidad la plaza conocida como Plaza del Conservatorio se ha convertido en un centro para la formacion artistica especializada; CONSIDERANDO: Que en estos momentos existe un Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes y un Sistema de Escuela de Bellas Artes dependientes de la Secretaria de Estado de Cultura; CONSIDERANDO: Que existen funcionales y exitosos precedentes del us0 multiple de edificaciones culturales para fines escolares oficiales; VISTA la Ley No. 311, de fecha 19 de julio de 1940, que crea la Direccion General de Bellas Artes; VISTA la Ley No. 41-00, de fecha 28 de junio del 2000, que crea la Secretaria de Estado de Cultura; VISTO el Decreto No. 1111-03, de fecha 2 de diciembre del 2003, que autoriza la apertura y puesta en funcionamiento del Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se designa con el nombre de Plaza de las Bellas Artes a1 perimetro (manzana) comprendido entre las avenidas Cesar Nicolas Penson, Alma Mater, Bolivar y Ricardo Robles, del Distrito Nacional, conocido actualmente como Plaza del Conservatorio. ARTICULO 2.- La Plaza de las Bellas Artes y las edificaciones que alli existan estaran bajo la tutela del Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes. ARTICULO 3.- El Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes coordinara el us0 de las edificaciones con las escuelas adscritas a1 Sistema de Escuelas de Bellas Artes de la Secretaria de Estado de Cultura. ARTICULO 4.- Las autoridades del Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes deberan presentar a la Secretaria de Estado de Cultura un proyecto de construccion de edificaciones para alojar las oficinas administrativas y la Facultad de Artes Visuales de dicha institucion. ARTICULO 5.- Enviese a la Secretaria de Estado de Cultura y a1 Instituto Especializado de Estudios Superiores de Bellas Artes, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s cinco (5) dias del mes de abril del aiio dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona