Texto de la norma
Dec. No. 285-06 que instituye el Premio Presidencial a la Excelencia Magisterial
“Ercilla Pepin”.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 285-06
CONSIDERANDO: Que el Estado tiene como finalidad primordial
promover la educacihn a1 mas alto nivel de pertinencia, calidad y eficacia, a fin de asegurar
el derecho de las personas a participar en 10s procesos educativos, con igualdad de
oportunidades;
CONSIDERANDO: Que la Secretaria de Estado de Educacihn precisa de
un galardhn que honre la labor educativa nacional e internacional, como el simbolo de
reconocimiento que se otorgara a las personas e instituciones destacadas o sobresalientes en
el ambito del desarrollo de la educacihn, la cultura, la ciencia y la tecnologia;
CONSIDERANDO: Que el Despacho de la Primera Dama ha venido
implementando programas educativos en apoyo de la educacihn de 10s niiios, las niiias, 10s
y las adolescentes y de 10s y las jhvenes, a traves de la educacihn formal y tecnico
vocacional, coordinando ejecutorias con la Secretaria de Estado de Educacihn para elevar
10s niveles educativos de la nacihn, en todas las areas del saber y lograr una verdadera
aprehensihn del conocimiento en las presentes y futuras generaciones de dominicanos y
dominicanas;
CONSIDERANDO: Que es interes de la Secretaria de Estado de Educacihn
y el Despacho de la Primera Dama aunar esfuerzos, a 10s fines de que sea instaurado por
decreto el reconocimiento a la excelencia educativa y a1 trabajo de nuestras instituciones
docentes:
CONSIDERANDO: Que Ercilia Pepin, como mujer, educadora y escritora,
representa 10s mas elevados sentimientos, comprornisos y actitudes de bien patrio de 10s
dominicanos y que es simbolo de identidad nacional, por la dimension historica de su labor
docente transformadora de ideas y de valores;
VISTA la Ley No. 70, del 1979, que establece la Medalla a1 Merito del
Maestro y la Maestra, como el mas elevado galardon del Estado para premiar a 10s maestros
y a las maestras activos;
VISTA la Ley de Educacion No. 66-97, de fecha 9 de abril de 1997;
En el ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto lo siguiente:
D E C R E T O
ARTICULO 1.- Se instituye el Premio Presidencial a la Excelencia
Magisterial "Ercilia Pepin", con el cual se reconocera a las personalidades y a las
instituciones nacionales e internacionales que honren con su labor educativa a la Nacion
dominicana.
ARTICULO 2.- El Premio reconocera anualmente a docentes activos,
asesores, colaboradores, tecnicos, tecnicas, docentes y administrativos que, con su vida
consagrada a1 trabajo, han contribuido a1 desarrollo de la educacion dominicana.
PARRAFO: El galardon estara dividido en tres categorias:
a)
Eficiencia en el trabajo de aula;
b)
Mejor vocacion por la innovacion e incorporacion de las TIC en 10s
procesos educativos;
c)
Aporte a1 desarrollo de la comunidad educativa y a1 trabajo cultural;
ARTICULO 3.- Cada galardon estara dotado de una medalla por categoria,
un diploma de acreditacion y un premio en metalico.
ARTICULO 4.- Se instruye a la Secretaria de Estado de Educacion y a1
Despacho de la Primera Dama a establecer la reglamentacion mediante la cual seran
escogidos y escogidas 10s galardonados y las galardonadas, el cual debera ser presentado a1
Poder Ejecutivo para su aprobacion.
ARTICULO 5.- El Premio sera entregado por el Presidente de la Republica,
en ceremonia solemne en el mes de junio de cada aiio.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dominicana, a 10s diecisiete (17) dias del mes de julio del aiio dos mil seis
(2006); aiios 163 de la Independencia y 143 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ
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