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Dec. No. 848-03 que concede el beneficio de la incorporación, a varias instituciones sin fines de lucro.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 848-03
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones:
1.- MOVIMIENTO EVANGELICO PENTECOSTAL FILADELFIA (M.E.P.F.) APOC. 3:11, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de enero del 2002.
2.- FUNDACION CABALLEROS DEL TEMPLO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de marzo del 2003.
3.- UNION DE INMIGRANTES HAITIANOS DE LA REPUBLICA DOMINICANA (UNIHRD), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 8 de septiembre del 2002.
4.- FUNDACION PARA LA EDUCACION CIVICA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de enero del 2003.
5.- SANTUARIO DEL MONTE DE SILENCIO SAGRADO (MONTESACRO), que tiene su domicilio en la provincia de Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de abril del 2003.
6.- JUNTA DE VECINOS UNION Y PAZ, que tiene su domicilio en Baní, provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de mayo del 2001 y ratificada mediante Resolución de fecha 28 de mayo del 2003.
7.- FUNDACION PARA AYUDA A LOS NIÑOS POBRES Y ENVEJECIENTES (FANPE), que tiene su domicilio en Baní, provincia Peravia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 16 de junio del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 17 de mayo del 2003.
8.- ASOCIACION DE MUJERES LA TRINITARIA, que tiene su domicilio en el municipio de Peralta, provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de febrero del 1989 y ratificada mediante Resolución de fecha 28 de noviembre del 2002.
9.- FUNDACION ECOLOGICA LA COLONIA DE SAN CRISTOBAL, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de abril del 2003.
10.- CLUB DEPORTIVO Y CULTURAL JUVENTUD EN MARCHA (CLUDECJUM), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de diciembre del 2002.
11.- ASOCIACION DE CAMPESINOS SAN SIMON, que tiene su domicilio en el municipio de Tamayo, provincia Bahoruco, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de septiembre del 1979 y ratificada mediante Resolución de fecha 30 de noviembre del 2002.
12.- CLUB DE AMAS DE CASA LAS MERCEDES, que tiene su domicilio en Bonao, provincia Monseñor Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de junio del 2003.
13.- FUNDACION DE NELSON CON LOS NIÑOS, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de noviembre del 2002.
14.- CENTRO BELLARMINO, que tiene su domicilio en Santiago de los Caballeros, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 1ro. de abril del 2003.
15.- FUNDACION JAZZYMAS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de mayo del 2003.
16.- ASOCIACION DE AGRICULTORES LOMITA SUCIA, que tiene su domicilio en Hato Mayor del Rey, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de marzo del 2003.
17.- CENTRO DE FORMACION Y ACCION SOCIAL Y AGRARIA (CEFASA), que tiene su domicilio en Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 1ro. de abril del 2003.
18.- ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE LA EDUCACION (APADE), que tiene su domicilio en el municipio de Moca, provincia Espaillat, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de mayo del 2003.
19.- ASOCIACION DE MUJERES SAN ANTONIO DE GALINDO, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de noviembre del 1994 y ratificada mediante Resolución de fecha 19 de noviembre del 2002.
20.- ASOCIACION DE MUJERES SAN ANTONIO DE TABARA ARRIBA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de junio del 1980 y ratificada mediante Resolución de fecha 14 de febrero del 2003.
21.- ASOCIACION DE MUJERES LA MATA VERDE DE HATILLO ARRIBA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de marzo del 1994 y ratificada mediante Resolución de fecha 14 de noviembre del 2002.
22.- FUNDACION EDUCATIVA LOGOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de junio del 2003.
23.- ASOCIACION DE MUJERES DEL VALLE, que tiene su domicilio en el municipio de El Valle, provincia Hato Mayor, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de noviembre del 2000 y ratificada mediante Resolución de fecha 18 de diciembre del 2002.
24.- FUNDACION EDUCATIVA LABORAL PRO-BIENESTAR A LA MUJER ROSSENY, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero del 2003.
25.- ASOCIACION MUJERES EN DESARROLLO, que tiene su domicilio en el municipio de Sabana Yegua, provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de marzo del 1994 y ratificada mediante Resolución de fecha 28 de noviembre del 2002.
26.- ASOCIACION DE MUJERES LA TRINITARIA DE LAS CHARCAS, que tiene su domicilio en el municipio de Las Charcas, provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de febrero del 1995 y ratificada mediante Resolución de fecha 21 de noviembre del 2002.
27.- ASOCIACION DE MUJERES LA MARIA TRINIDAD SANCHEZ DE TABARA ARRIBA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de octubre del 1981 y ratificada mediante Resolución de fecha 24 de noviembre del 2002.
28.- ASOCIACION DE REGANTES JUAN DE LA CRUZ ESPINAL, que tiene su domicilio en el municipio de Arenoso, provincia Duarte, R.D., cuyos
estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 9 de octubre del 2002.
29.- JUNTA DE VECINOS CRISTO VIENE, que tiene su domicilio en el municipio de Laguna Salada, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de mayo del 2003.
30.- LIGA DEPORTIVA PIMENTEL, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de noviembre del 2002.
31.- CENTRO DE MADRE LA INMACULADA PALMARITO, que tiene su domicilio en Bonao, provincia Monseñor Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de febrero del 2003.
32.- FUNDACION NACIONAL PARA ASISTENCIA SOCIAL CAMINO DE REYES (FUNASOCARE), que tiene su domicilio en Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de febrero del 2003.
33.- JUNTA DE VECINOS LAS FLORES UNIDAS, que tiene su domicilio en el municipio de Laguna Salada, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de junio del 2003.
34.- FUNDACION PRO-DESARROLLO DE LA FEDERACION DE ASOCIACIONES COMUNITARIAS Y CAMPESINAS DOMINICANA (FEDACDPRODE), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de julio del 1999 y ratificada mediante Resolución de fecha 1 de enero del 2003.
35.- JUNTA DE VECINOS DR. JOSE FRANCISCO PEÑA GOMEZ, que tiene su domicilio en el municipio de Laguna Salada, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de junio del 2003.
36.- ASOCIACION DE VENDEDORES DE LA PLAYA EL VALLE DE SAMANA, que tiene su domicilio en la provincia de Samaná, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de mayo del 2003.
37.- BLOQUE DE ASOCIACIONES DE CACAOCULTORES JUAN SANCHEZ RAMIREZ, NO.7, que tiene su domicilio en el municipio de
Cotuí, provincia Sánchez Ramírez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 23 de agosto del 2002.
38.- ASOCIACION DE BANCAS DE LOTERIA DE LA PROVINCIA VALVERDE MAO, que tiene su domicilio en la provincia Valverde Mao, R.D, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de febrero del 2003.
39.- FUNDACION DE AYUDA A LOS ENVEJECIENTES DE SANTO DOMINGO ORIENTAL (FALESCO), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de mayo del 2003.
40.- ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE GIFT SHOP DE PUERTO PLATA, que tiene su domicilio en el municipio de San Felipe de Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de febrero del 2003.
41.- FEDERACION CAMPESINA DE SAN JOSE DE OCOA, que tiene su domicilio en la provincia San José de Ocoa, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de octubre del 2002.
42.- JUNTA DE REGANTES MS. BOGAERT, que tiene su domicilio en el municipio de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de mayo del 2003.
43.- ASOCIACION DE BANCAS DE LOTERIA DE LA PROVINCIA DE SAN FRANCISCO DE MACORIS, que tiene su domicilio en San Francisco de Macorís, provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de marzo del 2003.
44.- PATRONATO DE AYUDA AL CUERPO DE BOMBEROS CIVILES DE SAN IGNACIO DE SABANETA, que tiene su domicilio en el municipio de San Ignacio de Sabaneta, provincia Santiago Rodríguez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de septiembre del 2002.
45.- SOCIEDAD ECOLOGICA CUEVAS DE BORBON, que tiene su domicilio en la provincia de San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de marzo del 2003.
46.- FUNDACION DE ORIENTACION Y AYUDA A MADRES ADOLESCENTES (FUNDOMA), que tiene su domicilio en Santo Domingo
de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de enero del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 29 de marzo del 2003.
47.- JUNTA DE REGANTES LIMON DEL YUNA, que tiene su domicilio en el municipio de Villa Riva, provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de septiembre del 2002.
48.- LOS HALCONES SOFTBALL CLUB, que tiene su domicilio en el municipio de Jaibón, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de diciembre del 2002.
49.- ASOCIACION PRIMERO DE MAYO, que tiene su domicilio en el distrito municipal de Uvilla, municipio de Tamayo, provincia Bahoruco, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de febrero del 2003.
50.- JUNTA DE VECINOS MARIA ESPERANZA, que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 31 de marzo del 2003.
51.- ASOCIACION DE REGANTES LATERAL PONTON, que tiene su domicilio en la provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 6 de diciembre del 2002.
52.- ASOCIACION DE MADRE LA BUENA FE, que tiene su domicilio en el municipio de San Fernando de Montecristi, provincia Montecristi, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de abril del 2003.
53.- PATRONATO DE ADMINISTRACION DEL HOSPITAL INTERPROVINCIAL FRONTERIZO DR. JUAN ENRIQUE KUNHARDT, que tiene su domicilio en el municipio de San Fernando de Montecristi, provincia Montecristi, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de mayo del 2003.
54.- ASOCIACION DOMINICANA DE ESPOSAS Y ESPOSOS DE LEGISLADORES, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 28 de octubre del 2000 y ratificada mediante Resolución de fecha 31 de octubre del 2002.
55.- FUNDACION ENERGIA Y PROGRESO (FUNDEP), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 28 de marzo del 2003.
56.- ASOCIACION DE TAXISTAS TURISTICOS DOMINICANO (AUNA – TAXID), que tiene su domicilio en San Francisco de Macorís, provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de junio del 2003.
57.- CLUB DE MADRES UNION Y DESARROLLO DE LA COMUNIDAD, que tiene su domicilio en Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de mayo del 2003.
58.- CONSORCIO DE SEGUIMIENTO AL CULTIVO DEL CAFÉ (COSCAFE), que tiene su domicilio en la provincia Salcedo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de mayo del 2003.
59.- FUNDACION DE AYUDA DE NIÑOS HUERFANOS, que tiene su domicilio en el municipio de Villa Tapia, provincia Salcedo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de mayo del 2003.
60.- FUNDACION MEDIA LUNA, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de mayo del 2003.
ARTICULO 2.- Se modifica el numeral 31 del Artículo 1 del Decreto No. 355-03, del 8 de abril del 2003, para que en lo adelante rija de la siguiente manera: “Se concede el beneficio de la incorporación a la FUNDACION VOCES EN LAS COSTAS (FUVOCO), que tiene su domicilio en San Francisco de Macorís, provincia Duarte, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de febrero del 2002”.
ARTICULO 3.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Artículo 4 de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario.
ARTICULO 4.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de septiembre del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.