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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 675-04

QUE CREA E INTEGRA EL PATRONATO DEL "SITIO HISTORICO DE LA ISABELA"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
21 jul de 2004fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 10289Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 675-04 que crea e integra el Patronato del “Sitio Historico de La Isabela”. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 675-04 CONSIDERANDO: Que es deber del Estado dominicano dar mantenimiento adecuado a las obras de infraestructura construidas por el Gobierno Central, para lo cual ha dado excelentes resultados la creacihn de patronatos cuyas misiones especificas han sido velar por el buen funcionamiento y la conservacihn de dichas obras. CONSIDERANDO: Que es de capital importancia para el Gobierno Central tomar las medidas necesarias para la conservacihn de nuestros recursos naturales y lugares histhricos. CONSIDERANDO: Que una adecuada representacihn comunitaria puede garantizar de forma idhnea y racional el us0 de nuestro patrimonio nacional. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T O : ARTICULO 1.- Se crea el Patronato del “Sitio Historic0 de La Isabela”, el cual estara encargado de la administracihn, operacihn, mantenimiento y preservacihn de dicho lugar. ARTICULO 2.- Dicho Patronato contara con un Consejo Directivo , cuyos integrantes prestaran sus servicios a titulo honorifico. ARTICULO 3.- El Consejo Directivo del referido Patronato estara integrado por las siguientes instituciones y/o personas: Seiior Rafael Cantisano Arias Presidente Seiior Diomedes Reyes Vicepresidente Tesorero General de Brigada 63 P.N. Socorro A. Payams Obispo Nicanor Peiia Secretario Arquitecto Cesar Ivan Feris Miembro Seiiora Ginette Bournigal de Jimenez Miembro Miembro Representante de la Secretaria de Estado Obras Publicas y Comunicaciones Miembro Representante de la Oficina de Patrimonio Cultural Miembro Representante de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales Miembro Representante de la Secretaria de Estado de Educacion Representante de la Secretaria de Estado de Cultura Miembro Representante de la Secretaria de Estado de Salud Publica y Asistencia Social Miembro Sindico de Luperon Miembro Miembro Representante del Museo del Hombre Dominican0 Representante de la Asociacion de Hoteles de Puerto Plata Miembro ARTICULO 4.- El Patronato contara con un Director Ejecutivo, que sera designado por el Consejo Directivo, y estara a cargo de las funciones operativas y administrativas de dicho lugar historico. ARTICULO 5.- El Patronato podra acordar y suscribir contratos y cuantos actos Sean necesarios para el cumplimiento de las funciones puestas a su cargo, con la finalidad expresa de administrar, operar, mantener y preservar dicho lugar historico, siempre y cuando las disposiciones legales vigentes no exijan que la suscripcion de tales contratos o actos Sean autorizados previamente por el Poder Ejecutivo. ARTICULO 6.- Las atribuciones especificas del Patronato, de su Consejo Directivo y del Director Ejecutivo seran establecidas en un reglamento operativo que debera redactar el Consejo Directivo y someter a la aprobacion del Presidente de la Republica en un plazo de treinta (30) dias, contados a partir de la emision del presente decreto. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a 10s veintiun (21) dias del mes de julio del aiio dos mil cuatro (2004), aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona