Texto de la norma
Dec. No. 187-04 que concede el beneficio de la naturalizacion dominicana,
privilegiada, a la senora Maria Angklica Zavala Madero de Flores, de nacionalidad
mexicana.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 187-04
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 18
de la Ley No. 1683, del 16 de abril de 1948, sobre Naturalizacihn, el Presidente de la
Republica podra investir por Decreto con la nacionalidad dominicana, a titulo de
naturalizacihn privilegiada, a aquellos extranjeros que a su juicio Sean merecedores de la
dispensa de 10s requisitos necesarios ordinariamente para obtener la naturalizacihn
dominicana, por haber prestado servicios a la Republica.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la nacionalidad dominicana, a
titulo de naturalizacihn privilegiada, a la Seiiora Maria Angelica Zavala Madero de
Flores, de nacionalidad mexicana.
PARRAFO.. La naturalizacihn privilegiada que por el presente se otorga,
sera efectiva a partir del dia lro. de enero del aiio 2004.
ARTICULO 2.- La beneficiaria recibira la carta de naturalizacihn de
manos del Secretario de Estado de Interior y Policia, previo juramento de fidelidad a la
Republica Dorninicana ante dicho funcionario.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Interior y Policia y a
la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores, para 10s fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s nueve (9) dias del mes de marzo del aiio dos
mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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