Dec. No. 178-04 que asigna una pension del Estado Dominican0 a favor de la senora
Maria Yovannia Urena Cepeda de Medina.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 178-04
VISTA la Ley No. 379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre
Pensiones y Jubilaciones del Estado;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se le asigna una pension del Estado Dominican0 de
Quince Mil Pesos Oro con 00/100 (RD$15,000.00) mensuales, a favor de la seiiora
MARIA YOVANNIA URENA CEPEDA DE MEDINA, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No. [cédula].
ARTICULO 2.- Dicha pension sera pagada con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
ARTICULO 3.- Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s
fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dorninicana, a 10s cinco (5) dias del mes de marzo del aiio dos
mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona