miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 173-04

que crea el Comando de Mantenimiento y Entrenamiento de la Flota de la Marina de Guerra, con asiento en la Base Naval Las Calderas, M. de G

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 mar de 2004fecha
Otrostipo
G. O. 10272Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 173-04 que crea el Comando de Mantenimiento y Entrenamiento de la Flota de la Marina de Guerra, con asiento en la Base Naval Las Calderas, M. de G. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 173-04 CONSIDERANDO: Que la Marina de Guerra es la institución encargada de velar por la defensa de la soberanía en los diferentes espacios marítimos nacionales. CONSIDERANDO: Que los buques de la Marina de Guerra constituyen el principal elemento con que cuenta la institución para cumplir con el rol de protección de los espacios marítimos dominicanos. CONSIDERANDO: Que la Marina de Guerra se encuentra sometida a un proceso de reforma y modernización con el objetivo de elevar sus niveles de eficiencia y listeza operacional en el cumplimiento de sus misiones. CONSIDERANDO: Que este proceso de reforma y modernización ha obligado a la Marina de Guerra, a revisar el sistema de mantenimiento y entrenamiento del personal de sus unidades navales. CONSIDERANDO: Que producto de los resultados del análisis operacional al que fue sometida la institución, el Estado Dominicano ha realizado una significativa inversión económica para reestructurar la flota naval dominicana y fortalecer nuestras capacidades operacionales y así poder responder a las amenazas y misiones encomendadas para la protección de nuestros intereses marítimos. VISTA la Constitución de la República. VISTA la Ley No. 873 de fecha 31 de julio de 1978. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.- Se crea el Comando de Mantenimiento y Entrenamiento de la Flota de la Marina de Guerra, con asiento en la Base Naval Las Calderas, M. de G. ARTICULO 2.- El Comando de Mantenimiento y Entrenamiento de la Flota de la Marina de Guerra estará dirigido por un Contralmirante del Cuerpo de Comando de la Marina de Guerra, designado por el Poder Ejecutivo, por recomendación de la Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra, a través de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas. ARTICULO 3.- A partir de la firma del presente decreto, el Comando de Mantenimiento y Entrenamiento de la Flota de la Marina de Guerra será responsable de velar por el mantenimiento de las unidades a flote de la Marina de Guerra y del entrenamiento de sus tripulaciones, por lo que se le transfieren todas las atribuciones al respecto, que se encuentran contenidas en el Reglamento Orgánico de la Marina de Guerra. ARTICULO 4.- La Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra dispondrá la creación de la actividad presupuestaria correspondiente, basada en un estimado del costo real de mantenimiento, entrenamiento y equipamiento de la flota existente en la Marina de Guerra. ARTICULO 5.- La Jefatura de Estado Mayor de la Marina de Guerra será responsable de la creación de una estructura orgánica apropiada, que permita la debida administración del entrenamiento, mantenimiento y equipamiento de las unidades navales, conforme a los requerimientos y estándares que ésta defina. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco (5) días del mes de marzo del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona