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Dec. No. 759-03 que concede el beneficio de la incorporación a varias instituciones sin fines de lucro.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 759-03
VISTA la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, y sus modificaciones.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Se concede el beneficio de la incorporación a las siguientes asociaciones:
1.- MISION DE IGLESIAS EVANGELICAS PENTECOSTALES (M.I.E.P.), que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, R. D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 28 de diciembre del 2002.
2.- IGLESIA EVANGELICA CRISTO ES EL TODO DE VILLA CONSUELO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 24 de noviembre del 2002.
3.- MINISTERIO APOSTOLICO DEL NUEVO PACTO, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 8 de febrero del 2003.
4.- IGLESIA EVNGELICA LA ULTIMA COSECHA, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 8 de agosto del 2002.
5.- IGLESIA MISIONERA PENTECOSTAL MANA DE VIDA, que tiene su domicilio en Santo Domingo Este, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de febrero del 2003.
6.- CENTRO CRISTIANO EL BUEN SAMARITANO, que tiene su domicilio en Bonao, provincia Monseñor Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 17 de febrero del 2003
7.- IGLESIA PENTECOSTAL LAS MANOS LIBERTADORAS DE JESUCRISTO (IPENMALJ), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 14 de diciembre del 2002 .
8.- CENTRO NACIONAL DE DESARROLLO GERENCIAL (CENADEGE), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 4 de abril del 2003.
9.- INSTITUTO DE DESARROLLO PARA LA NIÑEZ Y LA FAMILIA, que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 22 de octubre del 2002.
10.- ASOCIACION DE INDUSTRIAS DE LA ZONA FRANCA DE EXPORTACIÓN DE ESPERANZA (AIZOFE), que tiene su domicilio en el municipio de Esperanza, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 31 de agosto del 2002.
11.- CAMARA JUNIOR VILLA DE LAS HORTENSIAS, que tiene su domicilio en Bonao, provincia Monseñor Nouel R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de Marzo del 2003 .
12.- FUNDACIÓN RED NACIONAL DE VOLUNTARIOS (RNV), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de Mayo del 2003.
13.- CAMARA JUNIOR HIGUEY, que tiene su domicilio en Higuey, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de septiembre del 2002.
14.- JUNTA DE VECINOS SANTA CLARA, que tiene su domicilio en la provincia de Montecristi, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de abril del 2003.
15.- ASOCIACION DE EGRESADOS DE LA FORMACION DUAL, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 4 de diciembre del 2002.
16.- ASOCIACION CRISTIANA DEL DESARROLLO INTEGRAL, AUXILIO A ESTUDIANTES DEL INTERIOR, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 19 de diciembre del 2002.
17.- FUNDACIÓN PARA LA PROTECCION Y CONSERVACION DEL MEDIO AMBIENTE (FUPROCOMA), que tiene su domicilio en el municipio de comendador, provincia Elías Piña , cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de Abril del 2003.
18.- ASOCIACION DE EGRESADOS FORMACIÓN MAESTROS TECNICOS, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero del 2002.
19.- ASOCIACION SINDICAL DE VOLTEOS Y AFINES, que tiene su domicilio en Montellano, provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 31 de Marzo del 2003.
20.- ASOCIACION DE BALONCESTO DE SAN PEDRO DE MACORÍS (ABASAPEMA), que tiene su domicilio en San Pedro de Macorís, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 20 de noviembre del 2002.
21.- CENTRO DE MADRES MUJERES UNIDAS SAN PEDRO APOSTOL, que tiene su domicilio en el distrito municipal de Pedro Corto, San Juan de la Maguana, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 12 de julio del 2002.
22.- PATRONATO MAEÑO DE REHABILITACION, que tiene su domicilio en el municipio de Mao, provincia Valverde, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de septiembre del 2002.
23.- ASOCIACION CLUB DE MADRES LA AMISTAD LOS TRANSFORMADORES, BONAO (CLUMATRANS), que tiene su domicilio en Bonao, provincia Monseñor Nouel, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de septiembre del 2002.
24.- FUNDACION ABRIENDO CAMINO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Gustan, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de Mayo del 1998 y ratificada mediante Resolución de fecha 25 de Marzo del 2003.
25.- MINISTERIO DE DESARROLLO PROVINCIAL (MIDEP) que tiene su domicilio en la provincia San José de Ocoa, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de septiembre del 2002.
26.- FUNDACION PRO-EDUCACION Y DESARROLLO DE LA PROVINCIA DE LA VEGA, que tiene su domicilio en la provincia de La Vega, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de abril del 2003.
27.- FUNDACION PULMONES SANOS (FPS), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 29 de abril del 2003.
28.- JUNTA DE VECINOS ENCARNACION MINAYA, que tiene su domicilio en Maimón, provincia Puerto Plata, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de diciembre del 2002.
29.- FUNDACION DE APOYO AL BIEN COMUN, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de abril del 2003.
30.- ASOCIACION DE POBLADORES SIN VIVIENDAS MANUEL MATEO, que tiene su domicilio en la provincia de Barahona, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de febrero del 2003.
31.- FUNDACION DE DESARROLLO TECNICA Y PROFESIONAL DE BOCHA CHICA (FUDETPBOCH), que tiene su domicilio en el municipio de boca Chica, provincia Santo Domingo, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 15 de diciembre del 2002.
32.- ASOCIACION DE AGRICULTORES SANTA ANA, que tiene su domicilio en la provincia Sánchez Ramírez, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 16 de febrero del 2003.
33.- CENTRO DE MADRES Y MUJERES EN DESARROLLO, que tiene su domicilio en el municipio de Oviedo, provincia Pedernales, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 13 de junio del 2002.
34.- MOVIMIENTO SOCIAL COMUNITARIO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 28 de abril del 2003.
35.- ASOCIACION DE CHOFERES DE GURABO CENTRO (ASOCHOGUCENT), que tiene su domicilio en Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea
constitutiva celebrada en fecha 22 de noviembre del 2002 y ratificada mediante Resolución de fecha 25 de enero del 2003.
36.- FUNDACION SAN FRANCISCO JACAGUA, que tiene su domicilio en Santiago de los Caballeros, provincia Santiago, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 18 de agosto del 2002.
37.- ASOCIACION DE DUEÑOS Y CHOFERES DE TRANSPORTE Y TAXIS TURISTICOS DE SABANA DE LA MAR, que tiene su domicilio en el municipio de Sabana de la Mar, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de enero del 2001 y ratificada mediante Resolución de fecha 18 de febrero del 2003.
38.- FUNDACION MARIPOSA, GERALDINE COLLADO, que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 10 de marzo del 2003.
39.- ASOCIACION DE CADDIE DE SANTO DOMINGO OESTE, que tiene su domicilio en el municipio de Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, R.D, cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 5 de septiembre del 2002.
40.- ASOCIACION DE CRIADORES DE GANADO CAPRINO LA COSTA DE AZUA (ASOCRICA), que tiene su domicilio en la provincia de Azua, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 27 de febrero del 2003.
41.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE TALLERES Y MECANICOS DE LA PROVINCIA LA ALTAGRACIA, que tiene su domicilio en Higuey, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de noviembre del 2002.
42.- ASOCIACION DE EMPRESARIO DE BAVARO-VERON-PUNTA CANA (AEBP), que tiene su domicilio en la sección de Bávaro, provincia La Altagracia, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de marzo del 2003.
43.- ORGANIZACION PARA EL DESARROLLO DE LAS MUJERES INMIGRANTES HAITIANAS Y SUS FAMILIARES (ODEMIHF), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 25 de enero del 2003.
44.- ASOCIACION DE DUEÑOS DE CAMIONES CISTERNAS DE HAINA (ASODUCHA), que tiene su domicilio en el municipio de Haina, provincia de San Cristóbal, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 11 de Abril del 2003.
45.- ASOCIACION DE MUJERES TRABAJADORAS FRONTERIZAS (ASOMUTRAFRON), que tiene su domicilio en la provincia de Pedernales, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 7 de noviembre del 2002.
46.- FUNDACION DE INVESTIGACION NATURISMO Y BOTANICA TROPICAL (FUNDINABOT), que tiene su domicilio en el municipio de San Juan de la Maguana, provincia San Juan, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 21 de enero del 2003.
47.- COMITE NACIONAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA DE LA CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL (CONADOCCI), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán,, D.N., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 2 de mayo del 2003.
48.- FUNDACION JEHOVA GIRE (JEHOVA PROVEE), que tiene su domicilio en Santo Domingo de Guzmán, D.N. cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea, constitutiva celebrada en fecha 7de abril del 2003.
49.- FIOR DI LOTO INDIA, que tiene su domicilio en la provincia de San Pedro de Macorís, R.D., cuyos estatutos fueron aprobados en asamblea constitutiva celebrada en fecha 3 de febrero del 2003.
ARTICULO 2.- Se aprueba la modificación de estatutos de la IGLESIA TABERNACULO EVENGELISTICO PENIEL EL ROSTRO DE DIOS (ITEP), INC., que tiene su domicilio en la provincia San José de Ocoa, R.D., introducidas en asamblea general extraordinaria celebrada en fecha 7 de Febrero del 2003. Dicha modificación incluyes el cambio de nombre por el de TABERNACULO DEL TODOPODEROSO.
ARTICULO 3.- Se aprueba la modificación de estatutos de la LIGA DE SOFTBALL UNIVERSO, INC., que tiene su domicilio en la provincia de San Cristóbal R.D., introducidas en asamblea general extraordinaria celebrada en fecha 7 de Abril del 2003.
ARTICULO 4.- Dichas incorporaciones y modificaciones estatutarias serán efectivas tan pronto como las indicadas asociaciones realicen el depósito y la publicación a que se refiere el Articulo 4 de la Ley No.520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario.
ARTICULO 5.- Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los doce (12) días del mes de agosto del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.