Texto de la norma
Dec. No. 679-03 que designa con el nombre de Autovia Presidente Antonio Guzman, la
carretera que comienza en el cruce de Boca Chica hasta su fmal.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 679-03
CONSIDERANDO: Que el seiior Don Antonio Guzman Fernindez, fue un
ilustre ciudadano, que en toda existencia fue ejemplo de virtudes ciudadanas que han
servido de ejemplo para las pasadas, presentes y futuras generaciones del pais.
CONSIDERANDO: Que el seiior Don Antonio Guzman Fernandez,
desarrollo durante su existencia, acciones a favor de sus semejantes que por su naturaleza,
lo elevan a la categoria de gran humanista.
CONSIDERANDO: Que el seiior Don Antonio Guzman Fernandez,
accedio a la Primera Magistratura del Estado, el 16 de agosto del aiio 1978, habiendo sido
elegido democraticamente por abrumadora mayoria de votos el 16 de mayo del aiio 1978,
para el period0 comprendido entre el 16 de agosto de 1978 a1 16 de agosto de 1982.
CONSIDERANDO: Que durante el gobierno de Don Antonio Guzman
Fernandez, se sentaron las bases de la democracia plena y el desarrollo; fueron puestos en
libertad 10s presos politicos y se permitio el regreso de 10s exiliados, mediante Ley No. 1,
del Congreso Nacional, promovida por el Poder Ejecutivo, dignamente representado por el.
CONSIDERANDO: Que la forma de gobernar que ejercio Don Antonio
Guzman Fernandez en el pais, garantizo el estricto respeto y vigencia de 10s derechos
individuales que hasta la fecha de su ascenso a1 poder estaban siendo vulnerados en sus mas
elementales categorias, como son el derecho a la vida y de expresion.
CONSIDERANDO: Que el desarrollo democratico y socio-economico
llevado a cab0 por el gobierno que encabezo Don Antonio Guzman Fernandez, y la sabia
conducta asumida por el durante el conflicto belico del aiio 1965, lo elevan a un sitial en el
que se encuentran 10s mejores hombres que han dedicado sus vidas a la defensa de 10s
mejores intereses de la patria.
VISTA la Ley No. 2439, de fecha 8 de julio de 1950, sobre asignacion de
nombres, de personas vivas o muertas, a divisiones politicas, obras, edificios, vias, etc.,
modificada por la Ley No. 49, de fecha 9 de noviembre de 1966.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se designa con el nombre de “Autovia Presidente Antonio
Guzman”, la carretera que comienza en el cruce de Boca Chica hasta su final.
ARTICULO 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Obras Publicas y
Comunicaciones y a 10s Ayuntamientos correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional,
Capital de la Republica Dominicana, a 10s quince (15) dias del mes de julio del aiio dos mil
tres (2003); aiios 160 de la Independencia y 140 de la Restauracion.
HIPOLITO MEJIA
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.