Texto de la norma
Dec. No. 368-06 que concede pensiones del Estado a varios servidores publicos.
LEONEL FERNANDEZ
Presidente de la Republica Dorninicana
NUMERO: 368-06
VISTA la Ley No.379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de
fecha 11 de diciembre de 1981:
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1. Se concede el beneficio de la jubilacion y se asigna una
pension del Estado a las siguientes personas:
1. A la seiiora Faustina Polanco Altagracia, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], con una pension del Estado de dos mil seiscientos
cincuenta pesos con 00/100 (RD$2,650.00), mensuales.
2. A1 seiior Antonio Virgilio Hidalgo Mirabal, Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula], con una pension del Estado de dos mil seiscientos
cincuenta pesos con 00/100 (RD$2,650.00), mensuales.
3. A1 seiior Fidias De Leon Columba, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de veintitres mil cuatrocientos
setenta y dos pesos con 44/100 (RD$23,472.44) mensuales.
4. A la seiiora Mercedes G. Martinez Mencia, con una pension del Estado de
cinco mil pesos con 00/100 (RD$5,000.00) mensuales.
5. A la seiiora Jacinta Rijo Cedeiio, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100
(RD$10,000.00) mensuales.
6. A1 seiior Delmirito Gonzalez E., Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de diez mil pesos con 00/100
(RD$10,000.00) mensuales.
7. A1 seiior Benigno Estrella, Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una pension del Estado de cuatro mil pesos con 00/100
(RD$4,000.00) mensuales.
ARTICULO 2. Se elevan las pensiones asignadas por el Estado dominicano
alas siguientes personas:
1. A la suma de veinte mil pesos con 00/100 (RD$20,000.00) mensuales, la
pension otorgada a la seiiora Elba Nidia Altagracia Lopez Gomez, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
2. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, la
pension otorgada a la seiiora Teresa Duran Fermin, Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
3. A la suma de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00) mensuales,
la pension otorgada a1 seiior Victor Manuel Martinez Santana, Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
4. A la suma de diez mil pesos con 00/100 (RD$10,000.00) mensuales, la
pension otorgada a la seiiora Esperanza Marine Abreu de De Leon, Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 3. Se modifica el numeral 22 del Articulo 2 del Decreto 151-
06 del 25 de abril del 2006, para que diga de la siguiente manera: “Se asigna una pension
del Estado dominicano de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00), mensuales, a
favor de la seiiora Magda Cristobalina Nina de Leon.”
ARTICULO 4. Se modifica el numeral 168 del Articulo 1 del Decreto 302-
06 del 25 de abril del 2006, para que diga de la siguiente manera: “Se asigna una pension
del Estado dominicano de veinticinco mil pesos con 00/100 (RD$25,000.00), mensuales, a
favor de la seiiora Frenia Martha Baez Durin”
ARTICULO 4. Dichas pensiones seran pagadas con cargo a1 Fondo de
Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Publicos.
ARTICULO 5. Enviese a la Secretaria de Estado de Finanzas, para 10s fines
correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, capital de la
Republica Dorninicana, a 10s veintiun (21) de agosto de 2006; aiios 163 de la
Independencia y 144 de la Restauracion.
LEONEL FERNANDEZ