Dec. No. 647-03 que concede la condecoración de la Orden Heráldica Cristóbal Colón a varias personas que desarrollan la educación y cultura dominicana.
HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 647-03
CONSIDERANDO: Que el trabajo y la actitud de servicio son cualidades de los seres humanos que se cultivan y dan frutos de carácter social a la comunidad por los cuales merecen ser reconocidos.
CONSIDERANDO: Que la educación y la cultura son dos elementos invaluables para el desarrollo y las normas de convivencia humana, en las que muchas personas coadyuvan a su evolución creativa en la formación de las generaciones actuales y futuras.
CONSIDERANDO: Que es deber del Estado Dominicano reconocer la labor de los hombres y mujeres que a lo largo de su vida, con su trabajo han contribuido al desarrollo de la educación y la cultura dominicana a nivel nacional e internacional, como fundamento para el logro del respeto al ser humano con los más altos valores.
VISTA la Ley General de Educación, No. 66-97, de fecha 9 de abril del 1997.
VISTA la Ley No. 70, de fecha 16 de noviembre del 1979, que instituye la Medalla al Mérito del Maestro.
OIDA la opinión del Consejo Nacional de Educación.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.- Se reconoce la labor desarrollada en beneficio de la educación y cultura dominicana con la condecoración de la Medalla Cristóbal Colón a las siguientes personalidades:
1. Rvdo. Padre Ramón Alonso.
2. Lic. Francisco Polanco.
3. Lic. Jacobo Moquete.
4. Licda. Jacqueline Malagón.
5. Licda. Yolanda Jáquez.
6. Sra. María Natividad Guzmán Castillo.
7. Dra. Zoraida Heredia Vda. Suncar.
8. Lic. Juan Portorreal.
9. Licda. Nelly Amador.
10. Licda. Altagracia López.
11. Lic. Andrés Reyes Rodríguez.
12. Lic. Rosa Vanderhorst Severino.
13. Licda. Daysi Coco Philip.
14. Lic. José Alberto Domínguez Minier.
15. Licda. Esclarecida Núñez Almonte.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil tres (2003); años 160 de la Independencia y 140 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona