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Dec. No. 654-04 que asigna pensiones del Estado Dominican0 a varias personas.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 654-04
VISTA la Ley No.379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y
Jubilaciones Civiles del Estado;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la
Constitucion de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T 0:
ARTICULO 1.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez
Mil Seiscientos Cuarenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$10,647.00) mensuales, a favor del
seiior JOSE ANTONIO JIMENEZ CAMACHO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 2.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete
Mil Ochocientos Ochenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$7,885.00) mensuales, a favor del
seiior ARID10 JAVIER HILARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 3.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece
Mil Novecientos Veinte y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del
seiior JESUS ALMANZAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 4.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil
Setecientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$1,749.00) mensuales, a favor del
seiior ADOLFO BERROA DOMINGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 5.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Ochocientos Veinte y Dos Pesos con 00/100 (RD$9,822.00) mensuales, a favor
de la seiiora CARMEN HILDA RAMIREZ ARISTY, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula]
ARTICULO 6.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
ALTAGRACIA CRUZ VICTORIAN0 MERAN, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 7.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis
Mil Setecientos Once Pesos con 25/100 (RD$6,711.25) mensuales, a favor del seiior
MANUEL GERMAN PEREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 8.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce
Mil Cuatrocientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$12,420.00) mensuales, a favor del seiior
SANTOS ROSARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 9.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Catorce Mil Ciento Setenta y Un Pesos con 11/100 (RD$14,171.11) mensuales, a favor del
seiior JESUS EMILIO HERNANDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 10.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Pesos con 14/100 (RD$7,559.14) mensuales, a
favor de la seiiora ARELIS ESMIRNA LLUBERES ARZENO DE M., portadora de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 11.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior PEDRO GREGORIO BAEZ PERA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 12.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Quinientos Setenta Pesos con 00/100 (RD$3,570.00) mensuales, a favor del seiior
JULIAN GEORGE DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 13.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Once Mil Diez Pesos con 65/100 (RD$11,010.65) mensuales, a favor del seiior LUIS
TOMAS SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 14.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
de la seiiora PATRIA SANCHEZ BARET, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 15.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos con 22/100 (RD$7,886.22) mensuales, a favor
del seiior RAMON EMILIO SOLER MEJIA, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 16.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039-86) mensuales, a favor de la seiiora
CLARISA ONDINA DE LOS SANTOS PIMENTEL, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 17.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Trescientos Sesenta y Un Pesos con 42/100 (RD$5,361.42) mensuales, a favor
del seiior DOMING0 RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 18.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
de la seiiora LUISA DEL ROSARIO RODRIGUEZ GARCIA, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 19.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Quinientos Noventa Pesos con 00/100 (RD$9,590.00) mensuales, a favor del
seiior CESAR PIERALDI FELIZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 20.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Seiscientos Ochenta y Ocho Pesos con 43/100 (RD$3,668.43) mensuales, a favor de la
seiiora MIRNA IVELISSE J. RIVERA JIMENEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 21.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
de la seiiora JILDA DEL CARMEN LOPEZ SOLIS, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 22.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Novecientos Nueve Pesos con 14/100 (RD$9,909.14) mensuales, a favor del
seiior DEODILIO ANTONIO SANTANA SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 23.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
de la seiiora ANGELA ANA GENEUX REYNOSO, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 24.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior LUIS MARIA VICTORIA MOLINA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 25.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Quince Mil Setecientos Cincuenta y Nueve Pesos con 35/100 (RD$15,759.35) mensuales, a
favor de la seiiora IDALIA MDES DEL ROSARIO CABRERA R DE CURIEL, portadora
de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 26.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
JUSTINIANA FERMIN VDA. URERA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 27.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior CARLOS JOSE M. GUILLEN GUZMAN, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No. [cédula].
ARTICULO 28.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$3,886.00) mensuales, a favor de la
seiiora ANGELA GOODIN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 29.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$3,200.00) mensuales, a favor del seiior CESAR
AUGUST0 PERDOMO CANARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 30.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
CRISTOBALINA RIJO GERMAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 31.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
DAYS1 MERCEDES BLANC0 DE ALMANZAR, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 32.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
EUFEMIA MERCEDES GARCIA, portadora de la
Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 33.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor
del seiior FRANCISCO BAEZ RAMIREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 34.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Doscientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$3,280.00) mensuales, a favor del seiior
GERMAN DE LA CRUZ DURAN REGALADO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 35.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
GUARINA DE JESUS LIZ TAVERAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 36.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Quinientos y Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,557.00) mensuales, a favor
del seiior JOSE FEBLES SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 37.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior JUAN
CUEVAS DIAZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 38.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Setenta y Siete Pesos con 30/100 (RD$2,077.30) mensuales, a favor de la seiiora LUZ
ALTAGRACIA LORA DE SAINT HILAIRE, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 39.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Setenta y Siete Pesos con 30/100 (RD$2,077.30) mensuales, a favor del seiior MARIO
MENDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 40.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior PEDRO
MARIA VASQUEZ GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 41.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos 06/100 (RD$2,039.06) mensuales, a favor de la seiiora
PELAGIA DEL C. CABA GUZMAN DE SALCEDO, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 42.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos 06/100 (RD$2,039.02) mensuales, a favor del seiior RAFAEL
E. PIREYRO JAVIER, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 43.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ochenta y Ocho con Treinta y Tres Pesos 33/100 (RD$4,088.33) mensuales, a
favor del seiior RAMON ANTONIO CASADO CASTILLO, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 44.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Ochocientos Pesos 00/100 (RD$5,800.00) mensuales, a favor del seiior REGINO
ANTONIO CRESPI GOMEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 45.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ROSA NAIFE SABATER VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 46.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
VIOLETA CESPEDES MOTA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 47.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ALBIDA MARIA VILLAR MELO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 48.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ALEJANDRO FRANCISCO ABREU, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 49.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ANA CELIA ALMONTE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 50.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Novecientos Treinta y Tres Pesos con 31/100 (RD$4,933.31) mensuales, a
favor de la seiiora ANA LUISA MEDINA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 51.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ANGEL BAEZ GERONIMO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 52.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ANGEL DARIO GARCIA MESA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]
ARTICULO 53.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$3,500.00) mensuales, a favor de la seiiora ATILA
MARTE ESPINOSA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 54.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
CANDIDA DE LA ROSA GARCIA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 55.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis
Mil Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$6,400.00) mensuales, a favor de la seiiora
CECILIA CONTRERAS DE LOS SANTOS, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 56.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
CLARA EMILIA SALDIVAL MARTINEZ, portadora de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 57.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$4,200.00) mensuales, a favor del seiior
ELPIDIO ROMERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 58.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ESTELA M. GASPAR POLANCO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 59.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
EVANGELINA FERRERAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 60.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
FELICIA ANTONIA HERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 61.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,6000.00) mensuales, a favor del seiior
FELIX MEJIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 62.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
FRANCISCA RODRIGUEZ R. DE RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 63.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$3,500.00) mensuales, a favor del seiior
FRANCISCO ANTONIO THEN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 64.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Cincuenta y Cinco Pesos con 55/100 (RD$4,055.55) mensuales, a favor del
seiior GERMAN SANTOS REYNOSO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 65.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Trescientos Dieciseis Pesos con 16/100 (RD$16,316.16) mensuales, a favor del
seiior HECTOR RAFAEL ACOSTA MATEO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 66.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis
Mil Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$6,400.00) mensuales, a favor del seiior JUAN
MOTA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 67.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JUAN
RIOS VASQUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 68.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JULIO
CESAR GONZALEZ CONTIN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 69.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior
MARC0 EVANGELISTA DE LOS SANTOS PUENTE, portador de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 70.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
MARIA DE LOS ANGELES MENDEZ ARIAS, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 71.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ochenta Pesos con 33/100 (RD$4,083.33) mensuales, a favor de la seiiora
NATIVIDAD MONTERO CABRAL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 72.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
NURYS ANGELINA SANCHEZ DE MENDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 73.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Trescientos Noventa y Tres Pesos con 00/100 (RD$3,393.00) mensuales, a favor del
seiior PEDRO FRANCISCO TINE0 PEREZ, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 74.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$7,600.00) mensuales, a favor del seiior
RAMON ARCENIO BOURDIERD ROMAN, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 75.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
RAMONA ROSARIO SOSA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 76.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
VLASDILAO ALCANTARA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 77.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ZOILA ALTAGRACIA ABREU RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 78.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ALTAGRACIA A. ECHEVARRIA T. DE E., portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 79.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor de la seiiora FLAVIANA MARIA
DE LEON PEREZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 80.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA LAZALA,
portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 81.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
FELIPE PAULINO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 82.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Pesos Ochenta Pesos 00/100 (RD$3,080.00) mensuales, a favor del seiior WILLIAM
LUCIANO LUCIANO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 83.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Ciento Treinta y Dos Pesos 00/100 (RD$5,132.00) mensuales, a favor del seiior
FRANCISCO DE LA CRUZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 84.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ALEJANDRINA FRIAS DE LA CRUZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 85.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis
Mil Ochocientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$6,880.00) mensuales, a favor de la seiiora
ALBERTINA MARIA TINEO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 86.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
AMPARO ALMONTE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]
ARTICULO 87.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ANDREA ALVAREZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]
ARTICULO 88.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ANDRES MARIA MERCADO PERPIGNAN, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 89.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve Pesos con 82/100 (RD$5,859.82) mensuales, a
favor de la seiiora ANTONIA FRANCISCO REYES, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 90.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior AUGUST0
CESAR CAN0 GONZALEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 91.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
BARTOLOME ROSARIO FRANCISCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 92.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Ciento Veinte y Ocho Pesos con 00/100 (RD$7,128.00) mensuales, a favor de la
seiiora BEATRIZ RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 93.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro Pesos con 10/100 (RD$5,944.10) mensuales, a
favor de la seiiora CARMEN DINORAH CAAMARO SANCHEZ, portadora de la Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 94.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres
Mil Trescientos Sesenta Pesos con 10/100 (RD$3,360.00) mensuales, a favor de la seiiora
CELESTINA CORDER0 VALDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 95.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$4,800.00) mensuales, a favor del seiior
OSCAR VINIC10 FARFAN TORIBIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 96.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil
Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor del seiior CRISTOBAL
FRANCISCO CAPELLAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 97.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil
Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor del seiior EDUARDO
PEREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 98.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos
Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
EMILIO GONZALEZ VIDAL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 99.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior ESTEBAN
PERA FULCAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 100.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Veinte y Dos Pesos con 23/100 (RD$5,022.23) mensuales, a favor del seiior
FEDERICO BOCK FIGARO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 101.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
FRANCISCA LANTIGUA VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 102.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Diez Mil Trescientos Cincuenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$10,355.00) mensuales, a
favor del seiior FRANCISCO H. ALVAREZ SANCHEZ, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 103.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Diez Mil Catorce Pesos con 00/100 (RD$10,014.00) mensuales, a favor del seiior
FRANCISCO MANUEL GONZALEZ BIDO, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No. [cédula].
ARTICULO 104.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior GIL ABAD
EUSEBIO MOREL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 105.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
GILBERT0 ROMAN GONZALEZ, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 106.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior
HECTOR BELISARIO MEDINA SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 107.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior ISIDRO
RENATO GONZALEZ DISLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 108.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
JOAQUIN SIMON DIAZ, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 109.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
JOSE AGUSTIN JIMINIAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 110.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Ciento Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$8,140.00) mensuales, a favor del seiior
JOSE DE JESUS NUREZ ROJAS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 111.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
JOSE DEL CARMEN MORILLO PERDOMO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 112.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Novecientos Sesenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$9,962.00) mensuales, a favor
del seiior JOSE RAMON GUZMAN SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 113.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Doscientos Treinta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$3,234.00) mensuales, a favor
de la seiiora JOSEFA LORA LEIBA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 114.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
JUAN CASILLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 115.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior JUAN
ESTEBAN OLIVER0 FELIZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 116.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Ciento Quince Pesos con 00/100 (RD$3,115.00) mensuales, a favor del seiior
JUAN PEREZ TERRERO, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 117.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$5,049.00) mensuales, a favor de la
seiiora LAMIA ASJANA MAREWA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 118.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
LEONOR HERMINIA SANCHEZ HERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 119.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
LEOPOLDO TAVAREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 120.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Diez Mil Quinientos Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$10,518.00) mensuales, a favor de la
seiiora LIDIA ALTAGRACIA HERNANDEZ DE MARTINEZ, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 121.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Setecientos Doce Pesos con 00/100 (RD$8,712.00) mensuales, a favor de la
seiiora LOURDES SOCORRO PICHARDO D I M DE GONZALEZ, portadora de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 122.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor de la seiiora LUISA
ELENA DELISE PRESINAL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 123.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
MARIA ALTAGRACIA ALVARADO CUELLO, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 124.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Setecientos Veinte y Cinco Pesos con 00/100 (RD$2,625.00) mensuales, a favor
de la seiiora MARIA VENERITA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 125.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ciento Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$4,150.00) mensuales, a favor de la
seiiora MARIA MARTE GOMEZ, portadora de la
Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 126.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
MARIA RAMONA CASTILLO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 127.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$9,600.00) mensuales, a favor del seiior
MARIO ANTONIO RAMOS COLON, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 128.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Ciento Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$8,118.00) mensuales, a favor de la
seiiora MARTA RAFAELA MINAYA ISIDOR DE PAGAN, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 129.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Doscientos Setenta y Dos Pesos con 35/100 (RD$4,272.35) mensuales, a favor
de la seiiora MARTINA MARTINEZ SANTOS, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 130.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Doscientos Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$2,240.00) mensuales, a favor del
seiior MATE0 RODRIGUEZ DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 131.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior MAXIM0
REYES LUNA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 132.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Seis Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$6,500.00) mensuales, a favor del seiior
M k I M O PEGUERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 133.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$S,SOO.OO) mensuales, a favor de la seiiora
MIRIAM VANESA MOLINA C. DE ESPALLIAT, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 134.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior NELSON
EDUARDO SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 135.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Ochenta Pesos con 00/100 (RD$2,080.00) mensuales, a favor de la seiiora
NEMENCIA JOSEFINA PERDOMO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 136.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor del seiior PASCUAL MEJIA
REYES, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 137.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
RAFAEL EDUARDO ALMONTE GUICHARDO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 138.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
RAFAEL EMILIO SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 139.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Once Mil Setecientos Quince Pesos con 00/100 (RD$11,715.00) mensuales, a favor del
seiior RAMON CASTRO GERMAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 140.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
RAMONA PETRONILA VARGAS SOSA, portadora de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 141.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Setenta y Un Pesos con 00/100 (RD$7,071.00) mensuales, a favor de la seiiora
RAQUEL MERCEDES LOPEZ TAVERAS, portadora de la
Electoral No.[cédula].
Cedula de Identidad y
ARTICULO 142.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior RENE
AUGUST0 ALVAREZ VALENCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 143.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
REYNA MARGARITA VALDEZ DE ULLOA, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 144.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ROBERTO ANTONIO POLANCO, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula]
ARTICULO 145.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora
ROSA MARIA LOPEZ HERRERA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula]
ARTICULO 146.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSA RISEK
KHOURY, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 147.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
SERGIO ZABALA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 148.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior VICTOR
ANTINOE MEDRANO DOMENECH, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula]
ARTICULO 149.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
VICTOR MANUEL GONZALEZ GUERRERO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 150.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
VICTOR MARINO GALARZA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 151.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
VICTORIAN0 SANONI VIZCAINO VIZCAINO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 152.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$4,800.00) mensuales, a favor del seiior
VIDAL CALDERON BORT, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 153.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior JOSE MARIA ESPINAL ZABALA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 154.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior LUIS FRANCISCO FONTANA SEVEZ, portador de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 155.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
VICTORIA LUISA LAPERIRETTA ROBLES, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 156.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior FREDDY ENRIQUE AYBAR VILLARROEL, portador de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 157.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Ciento Cuarenta y Seis Pesos con 34/100 (RD$7,146.34) mensuales, a favor de la
seiiora OLGA VIRGINIA URIBE CORPORAN, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula]
ARTICULO 158.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior ULASDISLAO RODRIGUEZ SOLDEVILLA, portador de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 159.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior BELARMINIO ANTONIO FERNANDEZ HICIANO, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 160.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior
ANDRES GOMEZ GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 161.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Cincuenta y Siete Pesos con 78/100 (RD$13,057.78) mensuales, a favor de la
seiiora EDUVIGIS B. NUREZ REGALADO, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No. [cédula].
ARTICULO 162.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor
del seiior JUAN JOSE CRUZ MENDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 163.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Pesos con 88/100 (RD$16,000.00) mensuales, a favor de la seiiora DENNY
MERCEDES ESCOTO CESPEDES DE COMPRES, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 164.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$16,3 18.00) mensuales, a favor
del seiior ROQUE TEMISTOCLES BRETON ESTRELLA, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 165.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Trescientos Veinticinco Pesos con 56/100 (RD$4,325.56) mensuales, a favor
del seiior ROMEO ANTONIO MARTINEZ, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula]
ARTICULO 166.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Seiscientos Dieciseis Pesos con 00/100 (RD$5,616.00) mensuales, a favor de la
seiiora GLORIA BERENICE RODRIGUEZ GUZMAN, portadora de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 167.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
CARMEN PEREZ MIRANDA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 168.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
LIDIA VALDEZ CUEVAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 169.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Diez Mil Cuarenta y Siete Pesos con 74/100 (RD$10,047.74) mensuales, a favor de la
seiiora ROSA MARGARITA SANCHEZ ORTEGA, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 170.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Cuatrocientos Quince Pesos Oro con 48/100 (RD$5,415.48) mensuales, a favor
de la seiiora ISABEL MARIA PULGAR SALETA, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 171.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Veintinueve Pesos Oro con 90/100 (RD$12,029.90) mensuales, a favor de la
seiiora MARIA CLEMENCIA RANCIER NUREZ DE J., portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 172.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Once Mil Setecientos Veinticinco Pesos Oro con 00/100 (RD$11,725.00) mensuales, a
favor del seiior ANTONIO POLANCO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 173.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Siete Pesos Oro con 26/100 (RD$5,847.26) mensuales,
a favor de la seiiora ANA FRANCISCA MATA DE BALBUENA, portadora de la Cedula
de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 174.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Ciento Ochenta y Nueve Pesos Oro con 12/100 (RD$9,189.12) mensuales, a
favor del seiior RAFAEL GUSTAVO FERREIRA BAUTISTA, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula]
ARTICULO 175.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Catorce Mil Pesos Oro con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales, a favor del seiior
AMERICO JULIO PERA PERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 176.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a
favor del seiior LORENZO CUETO GUERRERO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 177.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Novecientos Ochenta y Dos Pesos Oro con 80/100 (RD$7,982.80) mensuales, a
favor del seiior ALFRED0 GOMEZ NOBOA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 178.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Novecientos Cuarenta y Tres Pesos Oro con 11/100 (RD$9,943.11) mensuales,
a favor del seiior MIGUEL ANTONIO VASQUEZ SOSA, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 179.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 06/100 (RD$2,039.06) mensuales, a favor del seiior
JOSE RODOLFO GOMEZ NAVARRO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 180.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Setecientos Setenta y Siete Pesos Oro con 34/100 (RD$12,677.34) mensuales, a
favor del seiior HERNAN SALVADOR PAULINO HERRERA, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 181.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Ciento Setenta y Tres Oro con 72/100 (RD$3,173.72) mensuales, a favor del seiior
NUBLA ZULEMA MARTE DURAN DE LA CRUZ, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 182.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
FRANCISCO RUB10 VICENS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 183.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
REYNALDO FERINARDO SILFA HERNANDEZ,, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 184.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Nueve Mil Trescientos Veinticinco Pesos con 55/100 (RD$9,325.55) mensuales, a favor del
seiior ISMAEL TAVAREZ JIMENEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 185.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Diez Mil Doscientos Veintisiete Pesos Oro con 56/100 (RD$10,227.56) mensuales, a favor
del seiior ANTONIO ENRIQUE ROSADO MORONTA, portador de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 186.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cinco Mil Ochocientos Veintisiete Pesos Oro con 34/100 (RD$5,827.34) mensuales, a
favor de la seiiora IRMA CAMELIA MORETA DE LEON, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 187.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a
favor del seiior TOMAS LEOVIGILDO MONTERO DE OLEO, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 188.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Once Mil Setecientos Nueve Pesos Oro con 00/100 (RD$11,709.00) mensuales, a favor de
la seiiora BELGICA SAENZ MENDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 189.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Novecientos Setenta Pesos Oro con 68/100 (RD$3,970.68) mensuales, a favor de
la seiiora VALENTINA PINEDA ABAD, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 190.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor de la seiiora JOSEFINA GARCIA FERNANDEZ, portadora de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 191.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
MILADYS SANTANA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 192.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
PAULINA ZABALA MORA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 193.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
MARIA DEL CARMEN ESPINAL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 194.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
MANUEL DE JESUS CUEVAS ROSARIO, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 195.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
PORFIRIO HERRERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 196.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Quinientos Setenta y dos Pesos Oro con 50/100 (RD$2,572.50) mensuales, a favor
del seiior AQUILES PANIAGUA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 197.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Cinco Pesos Oro con 20/100 (RD$4,145.20) mensuales, a
favor de la seiiora ZUNILDA ALTAGRACIA D I M HERNANDEZ, portadora de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 198.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Treinta y Ocho Pesos Oro con 80/100 (RD$4,038.80) mensuales, a favor de la
seiiora MIGUELINA ENCARNACION, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 199.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Cuatrocientos Ochenta Pesos Oro con 00/100 (RD$8,480.00) mensuales, a favor
de la seiiora ANA SILVIA M. MORILLO DE CORDERO, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 200.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Cuatrocientos Veinte Pesos Oro con 46/100 (RD$8,420.46) mensuales, a favor
de la seiiora CATALINA CUEVAS VALENTIN, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 201.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior ELI0 RAMON MELLA GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 202.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
NUVIA TERESA SEVERINO DE RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 203.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a
favor del seiior ROMAN FRANCISCO GUZMAN, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 204.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
PABLO ALBERT0 DACOSTA CUEVAS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 205.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
RHINA MARITZA CAIRO MORETA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 206.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Seis Mil Ciento Sesenta Pesos Oro con 00/100 (RD$6,160.00) mensuales, a favor de la
seiiora PERSIDA ALTAGRACIA SANCHEZ GARABITO, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 207.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Doscientos Tres Pesos Oro con 20/100 (RD$3,203.20) mensuales, a favor del
seiior CELESTINO ROSARIO ALMANZAR, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 208.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora
MATILDE ALTAGRACIA PEREZ DE VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 209.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a
favor del seiior RAMON ANTONIO RINCON PIMENTEL, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 210.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la
seiiora ERMINIA PIMENTEL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 211.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Quince Mil Trescientos Seis Pesos Oro con 66/100 (RD$15,306.66) mensuales, a favor del
seiior DANILO DE LOS SANTOS D I M BUENO, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 212.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior
JOSE JOAQUIN GARCIA POLANCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 213.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior VALERIAN0 PEGUERO DE LEON, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 214.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior FRANCISCO SUER0 ACEVEDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 215.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la
seiiora LADY UFRACIA VALDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 216.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la
seiiora GEORGINA SEVERINO SANCHEZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 217.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Trescientos Cincuenta y Seis Pesos Oro con 00/100 (RD$3,356.00) mensuales, a
favor del seiior RAFAEL DANIEL DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad
y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 218.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Doce Mil Seiscientos Setenta y Ocho Pesos Oro con 00/100 (RD$12,678.00) mensuales, a
favor del seiior PABLO LEONEL RODRIGUEZ MEDINA, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 219.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior FRANKLIN RODOLFO BERNABE CUEVAS, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 220.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la
seiiora MARIA AUSTRALIA COLON CASTILLO, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 221.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior BOLIVAR REYNOSO MELO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 222.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior RAFAEL RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 223.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior SIXTO PANIAGUA, portador de la
Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 224.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior JOSE APOLINAR COLLADO FERNANDEZ, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 225.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior FRANCISCO BLANC0 MERCADO, portador de la
Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 226.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Ciento Noventa y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$2,193.00) mensuales, a favor
del seiior INOCENCIO LORA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 227.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Mil Setecientos Cuarenta y Nueve Pesos Oro con 00/100 (RD$1,749.00) mensuales, a favor
del seiior PEDRO CONCEPCION, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 228.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Seiscientos Seis Pesos Oro con 00/100 (RD$3,606.00) mensuales, a favor de la
seiiora MARIA EUGENIA DIAZ PIMENTEL portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 229.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior TEODULO DE LEON SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral
No.[cédula].
ARTICULO 230.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos Oro con 60/100 (RD$4,188.60) mensuales, a
favor del seiior DOMING0 SORIANO MOLINUELO SOTO, portador de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 231.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la
seiiora IRMA MERCEDES LOURDES DIAZ AYBAR, portadora de la
Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 232.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del
seiior JUAN OZUNA MOJICA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 233.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior AMABLE ANTONIO GERMAN, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 234.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Tres Mil Novecientos Cincuenta y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$3,953.00) mensuales, a
favor de la seiiora SONIA MILAGROS TEJEDA SANCHEZ, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 235.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Ocho Mil Quinientos Veintiseis Pesos Oro con 00/100 (RD$8,526.00) mensuales, a favor
de la seiiora GLORIA GARCIA DE LA CRUZ, portadora de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 236.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Cien Pesos Oro con 00/100 (RD$4,100.00) mensuales, a favor del seiior
RODOLFO MONTILLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]-
ARTICULO 237.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Cuatro Mil Novecientos Veintiocho Pesos Oro con 00/100 (RD$4,928.00) mensuales, a
favor de la seiiora LIDIA MARIANA ZABALA GARCIA, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 238.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Siete Mil Quinientos Sesenta y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$7,563.00) mensuales, a
favor de la seiiora RITA FRANCISCA URERA PICHARDO, portadora de la Cedula de
Identidad y Electoral No.[cédula].
ARTICULO 239.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior JOSE DE JESUS VASQUEZ MORA, portador de la Cedula de Identidad y
Electoral No.[cédula].
ARTICULO 240.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de
Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a
favor del seiior GUSTAVO ANT. NUREZ DOMINGUEZ, portador
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