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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 654-04

QUE ASIGNA UNA PENSION DEL ESTADO DOMINICANO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jul de 2004fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10283-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

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Dec. No. 654-04 que asigna pensiones del Estado Dominican0 a varias personas. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 654-04 VISTA la Ley No.379, de fecha 11 de diciembre de 1981, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Seiscientos Cuarenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$10,647.00) mensuales, a favor del seiior JOSE ANTONIO JIMENEZ CAMACHO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 2.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Ochocientos Ochenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$7,885.00) mensuales, a favor del seiior ARID10 JAVIER HILARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 3.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Veinte y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior JESUS ALMANZAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 4.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil Setecientos Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$1,749.00) mensuales, a favor del seiior ADOLFO BERROA DOMINGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 5.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Ochocientos Veinte y Dos Pesos con 00/100 (RD$9,822.00) mensuales, a favor de la seiiora CARMEN HILDA RAMIREZ ARISTY, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 6.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora ALTAGRACIA CRUZ VICTORIAN0 MERAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 7.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Setecientos Once Pesos con 25/100 (RD$6,711.25) mensuales, a favor del seiior MANUEL GERMAN PEREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 8.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Cuatrocientos Veinte Pesos con 00/100 (RD$12,420.00) mensuales, a favor del seiior SANTOS ROSARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 9.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Catorce Mil Ciento Setenta y Un Pesos con 11/100 (RD$14,171.11) mensuales, a favor del seiior JESUS EMILIO HERNANDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 10.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Quinientos Cincuenta y Nueve Pesos con 14/100 (RD$7,559.14) mensuales, a favor de la seiiora ARELIS ESMIRNA LLUBERES ARZENO DE M., portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 11.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior PEDRO GREGORIO BAEZ PERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 12.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Quinientos Setenta Pesos con 00/100 (RD$3,570.00) mensuales, a favor del seiior JULIAN GEORGE DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 13.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Once Mil Diez Pesos con 65/100 (RD$11,010.65) mensuales, a favor del seiior LUIS TOMAS SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 14.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor de la seiiora PATRIA SANCHEZ BARET, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 15.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos con 22/100 (RD$7,886.22) mensuales, a favor del seiior RAMON EMILIO SOLER MEJIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 16.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039-86) mensuales, a favor de la seiiora CLARISA ONDINA DE LOS SANTOS PIMENTEL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 17.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Trescientos Sesenta y Un Pesos con 42/100 (RD$5,361.42) mensuales, a favor del seiior DOMING0 RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 18.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor de la seiiora LUISA DEL ROSARIO RODRIGUEZ GARCIA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 19.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Quinientos Noventa Pesos con 00/100 (RD$9,590.00) mensuales, a favor del seiior CESAR PIERALDI FELIZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 20.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Seiscientos Ochenta y Ocho Pesos con 43/100 (RD$3,668.43) mensuales, a favor de la seiiora MIRNA IVELISSE J. RIVERA JIMENEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 21.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor de la seiiora JILDA DEL CARMEN LOPEZ SOLIS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 22.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Novecientos Nueve Pesos con 14/100 (RD$9,909.14) mensuales, a favor del seiior DEODILIO ANTONIO SANTANA SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 23.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor de la seiiora ANGELA ANA GENEUX REYNOSO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 24.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior LUIS MARIA VICTORIA MOLINA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 25.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Quince Mil Setecientos Cincuenta y Nueve Pesos con 35/100 (RD$15,759.35) mensuales, a favor de la seiiora IDALIA MDES DEL ROSARIO CABRERA R DE CURIEL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 26.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora JUSTINIANA FERMIN VDA. URERA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 27.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior CARLOS JOSE M. GUILLEN GUZMAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula]. ARTICULO 28.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ochocientos Ochenta y Seis Pesos con 00/100 (RD$3,886.00) mensuales, a favor de la seiiora ANGELA GOODIN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 29.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$3,200.00) mensuales, a favor del seiior CESAR AUGUST0 PERDOMO CANARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 30.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora CRISTOBALINA RIJO GERMAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 31.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora DAYS1 MERCEDES BLANC0 DE ALMANZAR, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 32.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora EUFEMIA MERCEDES GARCIA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 33.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO BAEZ RAMIREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 34.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$3,280.00) mensuales, a favor del seiior GERMAN DE LA CRUZ DURAN REGALADO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 35.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora GUARINA DE JESUS LIZ TAVERAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 36.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Quinientos y Cincuenta y Siete Pesos con 00/100 (RD$2,557.00) mensuales, a favor del seiior JOSE FEBLES SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 37.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior JUAN CUEVAS DIAZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 38.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setenta y Siete Pesos con 30/100 (RD$2,077.30) mensuales, a favor de la seiiora LUZ ALTAGRACIA LORA DE SAINT HILAIRE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 39.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setenta y Siete Pesos con 30/100 (RD$2,077.30) mensuales, a favor del seiior MARIO MENDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 40.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior PEDRO MARIA VASQUEZ GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 41.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos 06/100 (RD$2,039.06) mensuales, a favor de la seiiora PELAGIA DEL C. CABA GUZMAN DE SALCEDO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 42.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos 06/100 (RD$2,039.02) mensuales, a favor del seiior RAFAEL E. PIREYRO JAVIER, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 43.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ochenta y Ocho con Treinta y Tres Pesos 33/100 (RD$4,088.33) mensuales, a favor del seiior RAMON ANTONIO CASADO CASTILLO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 44.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Ochocientos Pesos 00/100 (RD$5,800.00) mensuales, a favor del seiior REGINO ANTONIO CRESPI GOMEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 45.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSA NAIFE SABATER VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 46.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora VIOLETA CESPEDES MOTA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 47.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ALBIDA MARIA VILLAR MELO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 48.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ALEJANDRO FRANCISCO ABREU, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 49.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ANA CELIA ALMONTE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 50.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Novecientos Treinta y Tres Pesos con 31/100 (RD$4,933.31) mensuales, a favor de la seiiora ANA LUISA MEDINA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 51.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ANGEL BAEZ GERONIMO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 52.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ANGEL DARIO GARCIA MESA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 53.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$3,500.00) mensuales, a favor de la seiiora ATILA MARTE ESPINOSA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 54.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora CANDIDA DE LA ROSA GARCIA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 55.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$6,400.00) mensuales, a favor de la seiiora CECILIA CONTRERAS DE LOS SANTOS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 56.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora CLARA EMILIA SALDIVAL MARTINEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 57.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Doscientos Pesos con 00/100 (RD$4,200.00) mensuales, a favor del seiior ELPIDIO ROMERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 58.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ESTELA M. GASPAR POLANCO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 59.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora EVANGELINA FERRERAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 60.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora FELICIA ANTONIA HERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 61.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,6000.00) mensuales, a favor del seiior FELIX MEJIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 62.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora FRANCISCA RODRIGUEZ R. DE RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 63.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$3,500.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO ANTONIO THEN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 64.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cincuenta y Cinco Pesos con 55/100 (RD$4,055.55) mensuales, a favor del seiior GERMAN SANTOS REYNOSO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 65.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Trescientos Dieciseis Pesos con 16/100 (RD$16,316.16) mensuales, a favor del seiior HECTOR RAFAEL ACOSTA MATEO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 66.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Cuatrocientos Pesos con 00/100 (RD$6,400.00) mensuales, a favor del seiior JUAN MOTA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 67.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JUAN RIOS VASQUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 68.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JULIO CESAR GONZALEZ CONTIN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 69.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior MARC0 EVANGELISTA DE LOS SANTOS PUENTE, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 70.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA DE LOS ANGELES MENDEZ ARIAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 71.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ochenta Pesos con 33/100 (RD$4,083.33) mensuales, a favor de la seiiora NATIVIDAD MONTERO CABRAL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 72.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora NURYS ANGELINA SANCHEZ DE MENDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 73.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Trescientos Noventa y Tres Pesos con 00/100 (RD$3,393.00) mensuales, a favor del seiior PEDRO FRANCISCO TINE0 PEREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 74.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$7,600.00) mensuales, a favor del seiior RAMON ARCENIO BOURDIERD ROMAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 75.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora RAMONA ROSARIO SOSA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 76.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior VLASDILAO ALCANTARA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 77.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ZOILA ALTAGRACIA ABREU RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 78.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ALTAGRACIA A. ECHEVARRIA T. DE E., portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 79.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor de la seiiora FLAVIANA MARIA DE LEON PEREZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 80.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA LAZALA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 81.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior FELIPE PAULINO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 82.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Pesos Ochenta Pesos 00/100 (RD$3,080.00) mensuales, a favor del seiior WILLIAM LUCIANO LUCIANO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 83.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Ciento Treinta y Dos Pesos 00/100 (RD$5,132.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO DE LA CRUZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 84.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ALEJANDRINA FRIAS DE LA CRUZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 85.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Ochocientos Ochenta Pesos con 00/100 (RD$6,880.00) mensuales, a favor de la seiiora ALBERTINA MARIA TINEO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 86.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora AMPARO ALMONTE, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 87.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ANDREA ALVAREZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 88.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ANDRES MARIA MERCADO PERPIGNAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 89.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve Pesos con 82/100 (RD$5,859.82) mensuales, a favor de la seiiora ANTONIA FRANCISCO REYES, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 90.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior AUGUST0 CESAR CAN0 GONZALEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 91.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior BARTOLOME ROSARIO FRANCISCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 92.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Ciento Veinte y Ocho Pesos con 00/100 (RD$7,128.00) mensuales, a favor de la seiiora BEATRIZ RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 93.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Novecientos Cuarenta y Cuatro Pesos con 10/100 (RD$5,944.10) mensuales, a favor de la seiiora CARMEN DINORAH CAAMARO SANCHEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 94.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Trescientos Sesenta Pesos con 10/100 (RD$3,360.00) mensuales, a favor de la seiiora CELESTINA CORDER0 VALDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 95.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$4,800.00) mensuales, a favor del seiior OSCAR VINIC10 FARFAN TORIBIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 96.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor del seiior CRISTOBAL FRANCISCO CAPELLAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 97.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor del seiior EDUARDO PEREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 98.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior EMILIO GONZALEZ VIDAL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 99.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior ESTEBAN PERA FULCAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 100.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Veinte y Dos Pesos con 23/100 (RD$5,022.23) mensuales, a favor del seiior FEDERICO BOCK FIGARO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 101.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora FRANCISCA LANTIGUA VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 102.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Trescientos Cincuenta y Cinco Pesos con 00/100 (RD$10,355.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO H. ALVAREZ SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 103.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Catorce Pesos con 00/100 (RD$10,014.00) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO MANUEL GONZALEZ BIDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula]. ARTICULO 104.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior GIL ABAD EUSEBIO MOREL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 105.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior GILBERT0 ROMAN GONZALEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 106.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$5,600.00) mensuales, a favor del seiior HECTOR BELISARIO MEDINA SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 107.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior ISIDRO RENATO GONZALEZ DISLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 108.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JOAQUIN SIMON DIAZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 109.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JOSE AGUSTIN JIMINIAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 110.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Ciento Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$8,140.00) mensuales, a favor del seiior JOSE DE JESUS NUREZ ROJAS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 111.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JOSE DEL CARMEN MORILLO PERDOMO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 112.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Novecientos Sesenta y Dos Pesos con 00/100 (RD$9,962.00) mensuales, a favor del seiior JOSE RAMON GUZMAN SANCHEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 113.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Treinta y Cuatro Pesos con 00/100 (RD$3,234.00) mensuales, a favor de la seiiora JOSEFA LORA LEIBA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 114.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior JUAN CASILLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 115.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior JUAN ESTEBAN OLIVER0 FELIZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 116.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ciento Quince Pesos con 00/100 (RD$3,115.00) mensuales, a favor del seiior JUAN PEREZ TERRERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 117.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Cuarenta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$5,049.00) mensuales, a favor de la seiiora LAMIA ASJANA MAREWA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 118.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora LEONOR HERMINIA SANCHEZ HERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 119.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior LEOPOLDO TAVAREZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 120.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Quinientos Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$10,518.00) mensuales, a favor de la seiiora LIDIA ALTAGRACIA HERNANDEZ DE MARTINEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 121.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Setecientos Doce Pesos con 00/100 (RD$8,712.00) mensuales, a favor de la seiiora LOURDES SOCORRO PICHARDO D I M DE GONZALEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 122.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$1,500.00) mensuales, a favor de la seiiora LUISA ELENA DELISE PRESINAL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 123.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA ALTAGRACIA ALVARADO CUELLO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 124.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Setecientos Veinte y Cinco Pesos con 00/100 (RD$2,625.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA VENERITA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 125.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$4,150.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA MARTE GOMEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 126.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA RAMONA CASTILLO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 127.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Seiscientos Pesos con 00/100 (RD$9,600.00) mensuales, a favor del seiior MARIO ANTONIO RAMOS COLON, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 128.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Ciento Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$8,118.00) mensuales, a favor de la seiiora MARTA RAFAELA MINAYA ISIDOR DE PAGAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 129.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Doscientos Setenta y Dos Pesos con 35/100 (RD$4,272.35) mensuales, a favor de la seiiora MARTINA MARTINEZ SANTOS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 130.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Doscientos Cuarenta Pesos con 00/100 (RD$2,240.00) mensuales, a favor del seiior MATE0 RODRIGUEZ DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 131.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior MAXIM0 REYES LUNA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 132.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Quinientos Pesos con 00/100 (RD$6,500.00) mensuales, a favor del seiior M k I M O PEGUERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 133.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$S,SOO.OO) mensuales, a favor de la seiiora MIRIAM VANESA MOLINA C. DE ESPALLIAT, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 134.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior NELSON EDUARDO SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 135.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ochenta Pesos con 00/100 (RD$2,080.00) mensuales, a favor de la seiiora NEMENCIA JOSEFINA PERDOMO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 136.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Pesos con 00/100 (RD$3,000.00) mensuales, a favor del seiior PASCUAL MEJIA REYES, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 137.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior RAFAEL EDUARDO ALMONTE GUICHARDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 138.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior RAFAEL EMILIO SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 139.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Once Mil Setecientos Quince Pesos con 00/100 (RD$11,715.00) mensuales, a favor del seiior RAMON CASTRO GERMAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 140.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora RAMONA PETRONILA VARGAS SOSA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 141.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Setenta y Un Pesos con 00/100 (RD$7,071.00) mensuales, a favor de la seiiora RAQUEL MERCEDES LOPEZ TAVERAS, portadora de la Electoral No.[cédula]. Cedula de Identidad y ARTICULO 142.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior RENE AUGUST0 ALVAREZ VALENCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 143.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora REYNA MARGARITA VALDEZ DE ULLOA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 144.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ROBERTO ANTONIO POLANCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 145.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSA MARIA LOPEZ HERRERA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 146.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor de la seiiora ROSA RISEK KHOURY, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 147.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior SERGIO ZABALA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 148.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Pesos con 00/100 (RD$12,000.00) mensuales, a favor del seiior VICTOR ANTINOE MEDRANO DOMENECH, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 149.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior VICTOR MANUEL GONZALEZ GUERRERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 150.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior VICTOR MARINO GALARZA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 151.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior VICTORIAN0 SANONI VIZCAINO VIZCAINO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 152.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ochocientos Pesos con 00/100 (RD$4,800.00) mensuales, a favor del seiior VIDAL CALDERON BORT, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 153.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior JOSE MARIA ESPINAL ZABALA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 154.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior LUIS FRANCISCO FONTANA SEVEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 155.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora VICTORIA LUISA LAPERIRETTA ROBLES, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 156.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior FREDDY ENRIQUE AYBAR VILLARROEL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 157.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Ciento Cuarenta y Seis Pesos con 34/100 (RD$7,146.34) mensuales, a favor de la seiiora OLGA VIRGINIA URIBE CORPORAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 158.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior ULASDISLAO RODRIGUEZ SOLDEVILLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 159.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior BELARMINIO ANTONIO FERNANDEZ HICIANO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 160.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 00/100 (RD$2,039.00) mensuales, a favor del seiior ANDRES GOMEZ GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 161.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Cincuenta y Siete Pesos con 78/100 (RD$13,057.78) mensuales, a favor de la seiiora EDUVIGIS B. NUREZ REGALADO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No. [cédula]. ARTICULO 162.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100 (RD$16,3 18.88) mensuales, a favor del seiior JUAN JOSE CRUZ MENDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 163.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Pesos con 88/100 (RD$16,000.00) mensuales, a favor de la seiiora DENNY MERCEDES ESCOTO CESPEDES DE COMPRES, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 164.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 00/100 (RD$16,3 18.00) mensuales, a favor del seiior ROQUE TEMISTOCLES BRETON ESTRELLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 165.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Trescientos Veinticinco Pesos con 56/100 (RD$4,325.56) mensuales, a favor del seiior ROMEO ANTONIO MARTINEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 166.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Seiscientos Dieciseis Pesos con 00/100 (RD$5,616.00) mensuales, a favor de la seiiora GLORIA BERENICE RODRIGUEZ GUZMAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 167.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora CARMEN PEREZ MIRANDA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 168.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora LIDIA VALDEZ CUEVAS, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 169.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Cuarenta y Siete Pesos con 74/100 (RD$10,047.74) mensuales, a favor de la seiiora ROSA MARGARITA SANCHEZ ORTEGA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 170.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Cuatrocientos Quince Pesos Oro con 48/100 (RD$5,415.48) mensuales, a favor de la seiiora ISABEL MARIA PULGAR SALETA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 171.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Veintinueve Pesos Oro con 90/100 (RD$12,029.90) mensuales, a favor de la seiiora MARIA CLEMENCIA RANCIER NUREZ DE J., portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 172.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Once Mil Setecientos Veinticinco Pesos Oro con 00/100 (RD$11,725.00) mensuales, a favor del seiior ANTONIO POLANCO RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 173.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Ochocientos Cuarenta y Siete Pesos Oro con 26/100 (RD$5,847.26) mensuales, a favor de la seiiora ANA FRANCISCA MATA DE BALBUENA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 174.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Ciento Ochenta y Nueve Pesos Oro con 12/100 (RD$9,189.12) mensuales, a favor del seiior RAFAEL GUSTAVO FERREIRA BAUTISTA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula] ARTICULO 175.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Catorce Mil Pesos Oro con 00/100 (RD$14,000.00) mensuales, a favor del seiior AMERICO JULIO PERA PERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 176.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a favor del seiior LORENZO CUETO GUERRERO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 177.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Novecientos Ochenta y Dos Pesos Oro con 80/100 (RD$7,982.80) mensuales, a favor del seiior ALFRED0 GOMEZ NOBOA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 178.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Novecientos Cuarenta y Tres Pesos Oro con 11/100 (RD$9,943.11) mensuales, a favor del seiior MIGUEL ANTONIO VASQUEZ SOSA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 179.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 06/100 (RD$2,039.06) mensuales, a favor del seiior JOSE RODOLFO GOMEZ NAVARRO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 180.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Setecientos Setenta y Siete Pesos Oro con 34/100 (RD$12,677.34) mensuales, a favor del seiior HERNAN SALVADOR PAULINO HERRERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 181.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Ciento Setenta y Tres Oro con 72/100 (RD$3,173.72) mensuales, a favor del seiior NUBLA ZULEMA MARTE DURAN DE LA CRUZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 182.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO RUB10 VICENS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 183.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior REYNALDO FERINARDO SILFA HERNANDEZ,, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 184.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Nueve Mil Trescientos Veinticinco Pesos con 55/100 (RD$9,325.55) mensuales, a favor del seiior ISMAEL TAVAREZ JIMENEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 185.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Diez Mil Doscientos Veintisiete Pesos Oro con 56/100 (RD$10,227.56) mensuales, a favor del seiior ANTONIO ENRIQUE ROSADO MORONTA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 186.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cinco Mil Ochocientos Veintisiete Pesos Oro con 34/100 (RD$5,827.34) mensuales, a favor de la seiiora IRMA CAMELIA MORETA DE LEON, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 187.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a favor del seiior TOMAS LEOVIGILDO MONTERO DE OLEO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 188.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Once Mil Setecientos Nueve Pesos Oro con 00/100 (RD$11,709.00) mensuales, a favor de la seiiora BELGICA SAENZ MENDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 189.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Novecientos Setenta Pesos Oro con 68/100 (RD$3,970.68) mensuales, a favor de la seiiora VALENTINA PINEDA ABAD, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 190.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor de la seiiora JOSEFINA GARCIA FERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 191.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora MILADYS SANTANA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 192.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora PAULINA ZABALA MORA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 193.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora MARIA DEL CARMEN ESPINAL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 194.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior MANUEL DE JESUS CUEVAS ROSARIO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 195.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior PORFIRIO HERRERA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 196.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Quinientos Setenta y dos Pesos Oro con 50/100 (RD$2,572.50) mensuales, a favor del seiior AQUILES PANIAGUA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 197.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Cuarenta y Cinco Pesos Oro con 20/100 (RD$4,145.20) mensuales, a favor de la seiiora ZUNILDA ALTAGRACIA D I M HERNANDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 198.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Treinta y Ocho Pesos Oro con 80/100 (RD$4,038.80) mensuales, a favor de la seiiora MIGUELINA ENCARNACION, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 199.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Cuatrocientos Ochenta Pesos Oro con 00/100 (RD$8,480.00) mensuales, a favor de la seiiora ANA SILVIA M. MORILLO DE CORDERO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 200.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Cuatrocientos Veinte Pesos Oro con 46/100 (RD$8,420.46) mensuales, a favor de la seiiora CATALINA CUEVAS VALENTIN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 201.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior ELI0 RAMON MELLA GARCIA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 202.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora NUVIA TERESA SEVERINO DE RODRIGUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 203.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a favor del seiior ROMAN FRANCISCO GUZMAN, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 204.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior PABLO ALBERT0 DACOSTA CUEVAS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 205.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior RHINA MARITZA CAIRO MORETA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 206.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Seis Mil Ciento Sesenta Pesos Oro con 00/100 (RD$6,160.00) mensuales, a favor de la seiiora PERSIDA ALTAGRACIA SANCHEZ GARABITO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 207.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Doscientos Tres Pesos Oro con 20/100 (RD$3,203.20) mensuales, a favor del seiior CELESTINO ROSARIO ALMANZAR, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 208.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora MATILDE ALTAGRACIA PEREZ DE VASQUEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 209.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dieciseis Mil Trescientos Dieciocho Pesos Oro con 88/100 (RD$16,318.88) mensuales, a favor del seiior RAMON ANTONIO RINCON PIMENTEL, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 210.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora ERMINIA PIMENTEL, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 211.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Quince Mil Trescientos Seis Pesos Oro con 66/100 (RD$15,306.66) mensuales, a favor del seiior DANILO DE LOS SANTOS D I M BUENO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 212.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior JOSE JOAQUIN GARCIA POLANCO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 213.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior VALERIAN0 PEGUERO DE LEON, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 214.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO SUER0 ACEVEDO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 215.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora LADY UFRACIA VALDEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 216.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora GEORGINA SEVERINO SANCHEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 217.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Trescientos Cincuenta y Seis Pesos Oro con 00/100 (RD$3,356.00) mensuales, a favor del seiior RAFAEL DANIEL DE LOS SANTOS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 218.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Doce Mil Seiscientos Setenta y Ocho Pesos Oro con 00/100 (RD$12,678.00) mensuales, a favor del seiior PABLO LEONEL RODRIGUEZ MEDINA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 219.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior FRANKLIN RODOLFO BERNABE CUEVAS, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 220.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora MARIA AUSTRALIA COLON CASTILLO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 221.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior BOLIVAR REYNOSO MELO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 222.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior RAFAEL RODRIGUEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 223.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior SIXTO PANIAGUA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 224.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior JOSE APOLINAR COLLADO FERNANDEZ, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 225.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior FRANCISCO BLANC0 MERCADO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 226.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Ciento Noventa y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$2,193.00) mensuales, a favor del seiior INOCENCIO LORA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 227.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Mil Setecientos Cuarenta y Nueve Pesos Oro con 00/100 (RD$1,749.00) mensuales, a favor del seiior PEDRO CONCEPCION, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 228.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Seiscientos Seis Pesos Oro con 00/100 (RD$3,606.00) mensuales, a favor de la seiiora MARIA EUGENIA DIAZ PIMENTEL portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 229.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior TEODULO DE LEON SANTANA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 230.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Ciento Ochenta y Ocho Pesos Oro con 60/100 (RD$4,188.60) mensuales, a favor del seiior DOMING0 SORIANO MOLINUELO SOTO, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 231.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor de la seiiora IRMA MERCEDES LOURDES DIAZ AYBAR, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 232.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Dos Mil Treinta y Nueve Pesos Oro con 86/100 (RD$2,039.86) mensuales, a favor del seiior JUAN OZUNA MOJICA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 233.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior AMABLE ANTONIO GERMAN, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 234.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Tres Mil Novecientos Cincuenta y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$3,953.00) mensuales, a favor de la seiiora SONIA MILAGROS TEJEDA SANCHEZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 235.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Ocho Mil Quinientos Veintiseis Pesos Oro con 00/100 (RD$8,526.00) mensuales, a favor de la seiiora GLORIA GARCIA DE LA CRUZ, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 236.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Cien Pesos Oro con 00/100 (RD$4,100.00) mensuales, a favor del seiior RODOLFO MONTILLA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]- ARTICULO 237.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Cuatro Mil Novecientos Veintiocho Pesos Oro con 00/100 (RD$4,928.00) mensuales, a favor de la seiiora LIDIA MARIANA ZABALA GARCIA, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 238.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Siete Mil Quinientos Sesenta y Tres Pesos Oro con 00/100 (RD$7,563.00) mensuales, a favor de la seiiora RITA FRANCISCA URERA PICHARDO, portadora de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 239.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior JOSE DE JESUS VASQUEZ MORA, portador de la Cedula de Identidad y Electoral No.[cédula]. ARTICULO 240.- Se le concede una pension del Estado Dominicano de Trece Mil Novecientos Noventa y Dos Pesos Oro con 00/100 (RD$13,992.00) mensuales, a favor del seiior GUSTAVO ANT. NUREZ DOMINGUEZ, portador

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