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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 652-04

que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado Dominicano a varios servidores públicos

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
14 jul de 2004fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 10283-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 652-04 que concede el beneficio de la jubilación y asigna pensiones del Estado Dominicano a varios servidores públicos. HIPOLITO MEJIA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 652-04 VISTA la Ley No. 379, sobre Pensiones y Jubilaciones Civiles del Estado, de fecha 11 de diciembre de 1981; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO 1.-Se concede el beneficio de la Jubilación y se asigna una pensión del Estado a los siguientes servidores públicos: JUNTA CENTRAL ELECTORAL 1) BARDEMAL PEÑA GUILLERMO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$3,080.00 (Tres Mil Ochenta Pesos con 00/100), Mensuales. 2) CANDIDO PARRA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$2,877.65 (Dos Mil Ochocientos Setenta y Siete Pesos con 65/100), Mensuales. 3) CAONABO IDOLOMIRO LOPEZ MAÑON, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$2,313.00 (Dos Mil Trescientos Treinta y Tres Pesos con 00/100), Mensuales. 4) DANILO ANTONIO TINEO DISLA, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$3,300.00 (Tres Mil Trescientos Pesos con 00/100), Mensuales. 5) EDILIO PEREZ Y PEREZ, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$3,134.00 (Tres Mil Ciento Treinta y Cuatro Pesos con 00/100), Mensuales. 6) FLOR DE ORO ESPINAL HIDALGO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$2,039.86 (Dos Mil Treinta y Nueve Pesos con 86/100), Mensuales. 7) FRANCISCO LEONARDO GARCIA OLIVO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$16,318.88 (Dieciséis Mil Trescientos Dieciocho Pesos con 88/100), Mensuales. 8) MARIA DE LAS MERCEDES PEREZ MATEO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$3,298.58 (Tres Mil Doscientos Noventa y Ocho Pesos con 58/100), Mensuales. 9) MARIA DOLORES OGANDO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$2,313.89 (Dos Mil Trescientos Trece Pesos con 89/100), Mensuales. 10) VICTOR EURIPIDES LUCIANO FRANCISCO, Cédula de Identidad y Electoral No.[cédula], con una Pensión del Estado de RD$5,583.34 (Cinco Mil Quinientos Ochenta y Tres Pesos con 34/100), Mensuales. ARTICULO 2.- Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley de Gastos Públicos. ARTICULO 3.- Envíese a la Secretaría de Estado de Finanzas para los fines procedentes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de República Dominicana, a los catorce (14) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004), años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración. HIPOLITO MEJIA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona