Dec. No. 618-04 que deroga el Decreto No. 967-02 del 18 de diciembre del 2002.
HIPOLITO MEJIA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 618-04
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO 1.- Queda derogado el Decreto No. 967-02, de fecha 18 de diciembre del 2002.
ARTICULO 2.- Envíese al Administrador General de Bienes Nacionales, al Abogado del Estado y al Registrador de Títulos de Santo Domingo, para los fines correspondientes.
DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los siete (7) días del mes de julio del año dos mil cuatro (2004); años 161 de la Independencia y 141 de la Restauración.
HIPOLITO MEJIA
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona