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Decreto

Decreto 597-04

que crea una zona franca denominada Parque de Zona Franca Pkrez & Villalva, bajo la administracion tkcnica y operativa de Zona Franca Pkrez & Villalva, S.A

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 jul de 2004fecha
Otrostipo
G. O. 10283-BISGaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 597-04 que crea una zona franca denominada Parque de Zona Franca Pkrez & Villalva, bajo la administracion tkcnica y operativa de Zona Franca Pkrez & Villalva, S.A. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dominicana NUMERO: 597-04 CONSIDERANDO: Que las zonas francas de exportacihn han contribuido eficazmente a la reactivacihn econhmica y social de aquellas jurisdicciones donde han sido creadas y establecidas; CONSIDERANDO: Que el Articulo 19, acapite a), de la Ley No. 8-90, de fecha 15 de enero del aiio 1990, que fomenta la instalacihn de zonas francas y el crecimiento de las existentes, faculta a1 Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn para conocer, evaluar la viabilidad y recomendar a1 Poder Ejecutivo la instalacihn de las mismas. VISTA la Ley No. 8-90, de fecha 15 de enero del aiio 1990 (Ley de Zonas Francas). VISTA la resolucihn No. 93-98-P, de fecha 24 de abril del aiio 1998, emitida por el Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn. VISTO el oficio No. 1750, de fecha 4 de junio del 2004, del Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacihn. En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucihn de la Republica, dicto el siguiente D E C R E T 0: ARTICULO 1.- Se crea una zona franca que se denominara Parque de Zona Franca Perez y Villalba, que quedara bajo la administracihn tecnica y operativa de la razhn social Zona Franca Perez y Villalba, S.A. (PEVISA). PARRAFO.. La misma estara ubicada en Hainamosa, seccion Mendoza, municipio de Santo Domingo Este, provincia de Santo Domingo, dentro del ambit0 de las Parcelas Nos. 1-B-reformada 14G, 1-B-reformada 14-H, 1-B-reformada 14-1, 1-B- reformada 14-5, 1-B-reformada 14-K, 1-B-reformada 14-L, 1-B-reformada 15-A, 1-B- reformada 15-B, 1-B-reformada 15-C, 1-B-reformada 15-D, 1-B-reformada 15-E y 1-B- reformada 15-F, con una extension superficial de sesenta y dos mil noventa y dos punto ochenta (72,092.80) metros cuadrados, con 10s siguientes linderos: a1 Norte, Avenida La Pista, Z.F.1, Hainamosa; a1 Este, Zona Franca Industrial Hainamosa; a1 Sur, Zona Franca Industrial Hainamosa; y, a1 Oeste, Avenida La Pista. ARTICULO 2.- Las condiciones bajo las cuales se desarrollara y operara dicha zona franca estaran contenidas en un contrato, que debera ser firmado entre el Estado Dominicano y la razon social Zona Franca Perez & Villalba, S.A. (PEVISA). ARTICULO 3.- Se otorga Poder Especial a la Secretaria de Estado de Industria y Comercio para que, a nombre y en representacion del Estado Dominicano, suscriba con la razon social Zona Franca Perez y Villalba, S.A. (PEVISA), el contrato tendente a la regulacion de las relaciones y a1 manejo de la zona franca de exportacion a que se refiere el presente decreto. ARTICULO 4.- Enviese a1 Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportacion, para 10s fines correspondientes. DADO en la ciudad de Santo Domingo de Guzmin, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dorninicana, a 10s siete (7) dias del mes de julio del aiio dos mil cuatro (2004); aiios 161 de la Independencia y 141 de la Restauracion. HIPOLITO MEJIA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona