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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 544-04

QUE AUTORIZA A VARIAS COMPAÑIAS EXTRANJERAS A FIJAR DOMICILIO EN LA REPUBLICA DOMINICANA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jun de 2004fecha
Otrostipo
G. O. 10279Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 544-04 que autoriza a varias companias extranjeras a fijar domicilio en la Republica Dominicana. HIPOLITO MEJIA Presidente de la Republica Dorninicana NUMERO: 544-04 VISTAS las instrucciones que por via de la Secretaria de Estado de Interior y Policia han elevado a1 Poder Ejecutivo las sociedades comerciales que aparecen en la parte dispositivas del presente decreto. VISTO el Articulo 13 del Colegio Civil de la Republica Dominicana. En ejercicio de la atribuciones que me confiere el Articulo 55 de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente. D E C R E T 0: Articulo 1.-Se autoriza a la sociedad XEROX LATINOAMERICANA HOLDINGS, INC., sociedad organizada de conformidad con las leyes de 10s Estados Unidos de America, con su domicilio en Long Rinde Road, Stamford, 06904, Estados Unidos de America, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 2.- Se autoriza a la sociedad HACIENDAS AT MACAO BEAHC RESORT, INC., sociedad organizada de conformidad con las leyes de la Isla de Nevis, con su domicilio en la Isla Nevis, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 3.- Se autoriza a la sociedad DELOITTE FERNANDEZ SANTOS & ASOCIADOS, S. A., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de Panama, con su domicilio en la ciudad de Panama, Republica Dominicana, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 4.- Se autoriza a la sociedad MACAO BEACH RESORT, INC., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de la Isla de Nevis, con su domicilio en la Isla de Nevis, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 5.- Se autoriza a la sociedad COOPERSTOWN ENTERPRISES, S.A., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de las Islas Virgenes Britanicas, con su domicilio en Road Town Tortola, Islas Virgenes Britanicas, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 6.- Se autoriza a la sociedad JETBULE AIRWAYS CORPORATION., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de 10s Estados Unidos de America, con su domicilio en 10s Estados Unidos de America, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Articulo 7.- Se autoriza a la sociedad CASA CARIBE DEVELOPMENT., sociedad anonima constituida de conformidad con las leyes de Estados Unidos de America, con su domicilio en Delaware, Estados Unidos de America, a fijar domicilio en la Republica Dominicana. Artículo 8.- Envíese a la Secretaría de Estado de Interior y Policía para los fines correspondientes. Dado en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil cuatro (20049, años 161 de la Independencia y 142 de la Restauración. HIPÓLITO MEJÍA

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona